Los docentes recibieron otra propuesta salarial del Gobierno de San Juan
El Martes, 22 de Abril de 2025, a las 17:30 hs.; nuevamente se reunió el Gobierno de San Juan con los Gremios Docentes YDAP, UDA y AMET en el Ministerio de Educación.
Se reunieron la Ministro de Educación, Lic. Silvia Fuentes,el Ministro de Economía, Finanzas y Hacienda, CPN Roberto Gutiérrez, el Secretario General de la Gobernación Lic. Emilio Achem y demás funcionarios los Secretarios Generales de UDAP, Lic. Patricia Quiroga, de UDA, Pof. Karina Navarro, de AMET, Prof. Daniel Quiroga, y demás integrantes gremiales
Se da por iniciada la sesión. Las partes manifiestan que la fecha de sesión, consignada en acta anterior que dice «12 de febrero», queda salvada por fecha «15 de abril». La Ministro de Educación da la bienvenida a las partes y acto seguido cede la palabra al Ministro de Economía, quien expone de manera precisa y concreta en términos numéricos, la disminución de la recaudación provincial. Lo cual repercute de manera directa en los esfuerzos que viene haciendo desde el comienzo de la gestión éste Gobierno, para mejorar los salarios docentes y en general.
Luego toma la palabra la parte sindical, quien rechaza la propuesta salarial del Gobierno plasmada en acta anterior. Por haber sido considerada insuficiente por sus bases y órganos estatutarios, los cuales establecieron que se requiere una propuesta superadora.
Acto seguido comienza un largo debate que deviene en la siguiente propuesta por parte del Gobierno consistente en:
- Incrementar el valor Índice, para abril 2025, aplicando el coeficiente de variación del Índice I.P.C, (INDICE de Precios al Consumidor) publicado por INDEC, del mes anterior.
- Incrementar el valor Índice, para mayo 2025, aplicando el coeficiente de variación del índice I.P.C, Índice de Precios al Consumidor) publicado por INDEC, del mes anterior.
- Incrementar el valor Índice, para junio 2025, aplicando el coeficiente de variación del índice I.P.C, Índice de Precios al Consumidor) publicado por INDEC, del mes anterior.
- Incrementar el valor índice, para julio 2025, aplicando el coeficiente de variación del índice I.P.C,(Índice de Precios al Consumidor) publicado por INDEC, del mes anterior.
- Aumentar 5 puntos en el nomenclador docente a partir del sueldo de mayo.
- Aumentar 5 puntos en el nomenclador docente a partir del sueldo de junio.
- Aumentar 10 puntos en el nomenclador docente a partir del sueldo de julio.
Recepcionada la misma,, las entidades sindicales concuerdan pasar a un cuarto intermedio para un análisis en detalle de la misma y acto seguido deciden su aceptación en conjunto. No obstante, la parte sindical cuestionar y dejar en duda la veracidad de los índices inflacionarios actuales nacionales del Indec.
Las partes acuerden volver a reunirse en el día 4 de agosto a las 16:30 hs.
La parte sindical por otra parte, reitera la solicitud de que se le imprima celeridad a los expedientes de pago atrasados y también solicita que el nomenclador de cargos docentes nuevo, con las incorporaciones y correcciones a los decretos 1890/22, 197/23 у 1900/23, se implemente a la brevedad.
A lo cual la parte gubernamental manifiesta que después de muchos años, este gobierno ha aceptado trabajar conjuntamente con los gremios en la revisión de esta normativa, que requiere muchas correcciones y revisiones por inconsistencias que han sido generadas por gestiones anteriores, y que, en tal sentido, se han mantenido hasta la fecha más de 6 reuniones, logrando avances significativos, y que así se seguirá haciendo, el tiempo necesario, hasta acordar un sistema legal conforme a las necesidades actuales.
Siendo las 03:00 hs del Miércoles, 23 de abril,
Se arribó al siguiente:
- ARTÍCULO 1°; VALOR ÍNDICE PARA EL SALARIO DE ABRIL: Fijar el valor índice, a partir de los salarios del mes de abril de 2025, en 728,6250; para el mes de mayo de 2025, el valor índice de abril más el porcentaje de variación del IPC de abril publicado por INDEC, para el mes de junio de 2025, el valor índice de mayo más el porcentaje de variación del IPC de mayo publicado por INDEC y para el mes de julio de 2025, el valor indice de junio más el porcentaje de variación del IPC de junio publicado por INDEC.
- ARTÍCULO 2°; VALOR SUELDO BÁSICO DOCENTE (A01) A PARTIR DEL SALARIO DE ABRIL 2025: El sueldo básico (A01) del cargo testigo maestro de grado jornada simple queda determinado en $336.624,75 para el mes de abril de 2025 y el valor de la hora cátedra nivel medio en $ 22.441,65 y el valor de la hora cátedra nivel superior en $ 28.052,06 para abril.
- ART. 2°-ARTÍCULO 3º; ASIGNACIÓN REMUNERATIVA DECRETO N° 1380-1993 «ESTADO DOCENTE» (A56): Fijar, a partir de los haberes del mes de abril de 2025, el monto por persona liquidado bajo el código A56 en pesos CIENTO VEINTICINCO MIL SETESCIENTOS OCHENTA CON 09/100 ($ 125.780,09) o su equivalente en horas cátedra nivel medio y superior, resultando en SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 78/100 ($6.987,78) el valor por hora cátedra nivel medio y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 34/100 ($ 8.385,34) el valor por hora cátedra nivel superior.
- ARTÍCULO 4°; ASIGNACIÓN REMUNERATIVA DECRETO N° 489-2012 y modificatorias -ART. 2° (E66): Fijar el monto de Decreto N° 489-2012 y modificatorias, artículo 3° (E66) «SUMA REMUNERATIVA Y BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD» en el mes de abril:
ARTÍCULO 5°; (E60) Fijar para el mes de abril el código E60 como el producto del Valor Indice del mes abril 2025 (artículo 1) por 39 puntos para los cargos del nomenclador docente DECRETO N° 1890/20220197/2023 1900/2023 y sus modificatorias «SUMA REMUNERATIVA Y BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD», según escalas vigentes.
E60 «Responsabilidad Funcional Docente Cargo Decreto N° 1890-2022».
- Remunerativo y Bonificable por Antigüedad
- (39 puntos Valor Indice) + (39 puntos valor índice % de antigüedad)
ARTÍCULO 6°: SALARIO DOCENTE PROVINCIAL NETO CARGO TESTIGO: Establecer que, a partir del mes de abril de 2025, el Gobierno de la Provincia de San Juan, garantiza un Salario Docente Provincial Neto equivalente a pesos QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 46/100 ($577.727,46), por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedra, incluido en éste el concepto Nueva Conectividad San Juan. A los fines de las horas cátedra, se considera la proporción de 12 horas cátedra para Ma educación superior y 15 horas cátedra para la educación secundaria.
ARTÍCULO 7°; PUNTOS DEL NOMENCLADOR DOCENTE MAYO 2025: Incrementar en 5 (CINCO) puntos para cada cargo que figura en el nomenclador docente, vigente a abril para ser aplicados en el mes de mayo del 2025. Incrementar en 5 (CINCO) puntos para cada cargo que figura en el nomenclador docente, vigente a mayo para ser aplicados en el mes de junio del 2025. Incrementar en 10 (DIEZ) puntos para cada cargo que figura en el nomenclador docente, vigente a junio para ser aplicados en el mes de julio del 2025