Se modificó la obtención o renovación del Carnet de Conducir y la Revisión Técnica Obligatoria
La Secretaría de Tránsito y Transporte del Ministerio de Gobierno de San Juan informó las siguientes modificaciones:
Carnet de Conducir
- Emisión de la primera licencia: La licencia de conducir sigue siendo realizada por el Centro Emisor de Licencia. El trámite para obtener la primera licencia debe realizarse de manera presencial en el Centro Emisor de Licencia – EMICAR -, cumpliendo con los exámenes teóricos, el control psicofísico y la prueba práctica.
- Renovación de la licencia: A partir de ahora, el trámite de renovación se puede realizar de manera online, a través de la app Mi Argentina. Los controles psicofísicos, que deben renovarse pertinentemente, pueden realizarse en cualquier empresa prestadora habilitada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. La actualización de datos psicofísicos deben realizarse cada 5 años desde la primera licencia. A partir de los 65 años, debe hacerse cada 3 años y desde los 70 años, anualmente.
- Validez de formatos: Tanto el carnet de conducir en formato físico (plástico) como el digital son válidos y legales. El conductor puede seguir solicitando la obtención del primero (plástico) si es que lo cree cómodo y conveniente. Este carnet es necesario para su uso fuera del país.
- Alcance nacional: Este trámite de renovación online puede realizarse desde cualquier punto del país, realizando el control psicofísico en cualquier entidad autorizada.
Revisión Técnica Obligatoria – RTO
- Vencimiento para autos 0 km: Los automóviles 0km tienen un plazo de 5 años antes de realizar la primera RTO.
- Centros habilitados para realización y renovación de RTO: Los controles pertinentes de la RTO pueden realizarse en cualquier taller o concesionario que cumpla con las características impuestas por la Secretaría de Transporte de la Nación, entidad encargada de emitir la autorización correspondiente.

