San Juan, 18 de abril de 2026
Convocatorias

La Municipalidad de Rivadavia de San Juan se adhiere al RIGI con la Ordenanza N° 3567

Compartir en tus redes

La Municipalidad de la Ciudad de Rivadavia dispone una herramienta legal fundamental para atraer capitales de inversión en el departamento con el RIGI.

Luego, que la Cámara de Diputados de San Juan aprobara la medida hace algunas semanas atrás invitó a los municipios a acompañar la iniciativa. Rivadavia hizo lo propio a través de su cuerpo deliberativo.

La decisión departamental toma relevancia principalmente por lo ordenado en el artículo segundo por el cual se faculta al Intendente Sergio Miodowsky a otorgar exenciones fiscales a nuevos emprendimientos.

En los considerandos del proyecto se lee:

“Que esta adhesión no es meramente simbólica, sino que es un paso estratégico para que Rivadavia se convierta en un polo atractivo para las inversiones a gran escala. Con ello, buscamos fomentar la generación de empleo, el desarrollo de infraestructura y la mejora de la calidad de vida de nuestros ciudadanos. Al adherirnos al RIGI, estamos diciendo a los inversores: «Rivadavia está abierta para negocios, estamos listos para recibirlos y apoyarlos en su crecimiento».

“Esto proporciona la flexibilidad necesaria para atraer inversiones de manera efectiva, permitiendo al ejecutivo municipal negociar condiciones favorables para ambas partes. Estas exenciones son una herramienta poderosa para incentivar a los inversores, quienes a menudo evalúan la carga impositiva local antes de decidirse por una ubicación”.

“Que la aprobación de esta ordenanza representa una oportunidad única para Rivadavia de integrarse de manera activa en el régimen de incentivos que propone la ley nacional y provincial, y así posicionarse como un destino privilegiado para grandes inversiones. Este marco legal no solo beneficiará a los inversores, sino que tendrá un impacto positivo directo en la economía local, creando empleos, mejorando la infraestructura y elevando la calidad de vida de todos los habitantes de nuestro departamento.

El Intendente Sergio Miodowsky trabaja junto al gobierno provincial, articulando con el sector privado, con el fin de garantizar el bien común de sus vecinos.

Nueva ordenanza municipal

Ordenanza N°3567

Visto:

El expediente Nº126-B-24, del registro de Mesa de Entradas y Salidas de la Municipalidad; La ley provincial Nº2671-I  por la cual la Provincia de San Juan se adhiere al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), establecido por la Ley Nº 27.742, y;

Considerando:

Que el artículo 2 de la ley provincial Nº2671-I, invita a los Municipios a adherir a la ley citada.

Que el artículo 224, de la Ley Nacional Nº27.742, invita a las Provincias y Municipios, a adherir al RIGI, en todos sus términos y condiciones.

Que el artículo 225, de la ley nacional Nº27.742, establece que los municipios que se adhieran al RIGI, no podrán imponer a los VPU (Vehículos de Proyecto Único), nuevos gravámenes locales, salvo las tasas retributivas por servicios efectivamente prestados, y que su incumplimiento, será sancionado en los términos fijados por el artículo 165 de la ley citada.

Que el Sr. presidente de la Nación, ha dictado el Decreto Reglamentario Nº749/2024, de los artículos 164 a 228 del título VII- Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), de la ley Bases y Puntos de Partida para la libertad de los argentinos de la Ley Nº 27.742.

Que como estamos en presencia de un régimen jurídico nacional, que regula y reglamenta las grandes inversiones que se lleven a cabo en el país, provincia y municipios, cuya autoridad de aplicación, es el Ministerio de Economía de la Nación, con la finalidad de incentivar las mismas, y proporcionarle seguridad jurídica a los capitales que se inviertan en tales proyectos de largo plazo.

Que, en este contexto, corresponde la adhesión requerida por la provincia y la nación, debiendo quedar facultado el ejecutivo municipal, a otorgar las exenciones fiscales municipales que el caso requiera, para un eventual proyecto a desarrollarse e instalarse en el Departamento de Rivadavia, de conformidad con el artículo 83 de la Carta Orgánica Municipal.

Que esta  adhesión no es meramente simbólica, sino que es un paso estratégico para que Rivadavia se convierta en un polo atractivo para las inversiones a gran escala. Con ello, buscamos fomentar la generación de empleo, el desarrollo de infraestructura y la mejora de la calidad de vida de nuestros ciudadanos. Al adherirnos al RIGI, estamos diciendo a los inversores: «Rivadavia está abierta para negocios, estamos listos para recibirlos y apoyarlos en su crecimiento».

Que facultamos al Sr. Intendente Municipal para otorgar exenciones fiscales municipales a los emprendimientos e inversiones que se instalen en nuestro departamento bajo el marco legal del RIGI. Es importante destacar que estas exenciones no son automáticas ni indiscriminadas; están sujetas a la evaluación de cada caso particular y se otorgarán únicamente cuando se estime que las inversiones beneficiarán significativamente al desarrollo económico y social de Rivadavia.  Esto  proporciona la flexibilidad necesaria para atraer inversiones de manera efectiva, permitiendo al ejecutivo municipal negociar condiciones favorables para ambas partes. Estas exenciones son una herramienta poderosa para incentivar a los inversores, quienes a menudo evalúan la carga impositiva local antes de decidirse por una ubicación.

Que  la aprobación de esta ordenanza representa una oportunidad única para Rivadavia de integrarse de manera activa en el régimen de incentivos que propone la ley nacional y provincial, y así posicionarse como un destino privilegiado para grandes inversiones. Este marco legal no solo beneficiará a los inversores, sino que tendrá un impacto positivo directo en la economía local, creando empleos, mejorando la infraestructura y elevando la calidad de vida de todos los habitantes de nuestro departamento.

Que el Concejo Deliberante en la Sesión de fecha 30 de agosto del corriente año, sometió a tratamiento sobre tablas el proyecto y dispuso emitir la presente norma legal.

Por ello:

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Rivadavia

Sanciona:

Artículo 1º.- Adhiérase la Municipalidad de Rivadavia a la ley Provincial Nº2671-I, por medio del cual la Provincia de San Juan, se adhiere al «Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)», establecido por la Ley Nº27.742 y su reglamentación, la que forma parte de la presente como anexo.

Artículo 2º. Facultase al Sr. Intendente Municipal a otorgar las exenciones fiscales municipales que estime correspondan, a aquellos emprendimientos e inversiones, que se instalen en el Departamento de Rivadavia, bajo el régimen legal del RIGI, en los términos de la ley Provincial Nº2671-I y la Ley Nacional Nº27.742, con su respectiva reglamentación.

Artículo 3º.- Comuníquese a quien corresponda, cúmplase y fecho archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Rivadavia.

Concejo Deliberante de Rivadavia, 30 de agosto de 2024.

 

Sr. Cristian Ricardo Morales                                                             Dra. Carolina Correa

Co  Vice-Presidente 1º                                                                                    Presidente

Concejo Deliberante                                                                         Concejo Deliberante de la

Municipalidad de Rivadavia                                                      Municipalidad  de Rivadavia