Acuerdo Paritario Docente entre los Gremios y el Gobierno de San Juan
En la Ciudad de San Juan, el Miércoles, 15 de Abril, se reanudó la Paritaria Docente 2026, en la sala del Ministerio de Educación del Gobierno de San Juan.
En ella, participaron la Ministra de Educación, Lic. Silvia Fuentes, el Ministro de Economía, Finanzas y Hacienda, CPN Roberto Gutiérrez, el Secretario General de la Gobernación, Lic. Emilio Achem y la Secretaria General de UDAP, Lic. Patricia Quiroga, la Secretaria General de UDA, Prof. Karina Navarro, la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica, el Secretario General Prof. Daniel Quiroga y demás representantes de las partes.
Se deja constancia que la integración personal de cada Asociación Sindical no afecta ni modifica el valor de la cantidad de votos de cada una previsto en el Decreto N° 121-2007.
Se da por iniciada la sesión. La Ministro de Educación da la bienvenida a las partes. Luego se deja constancia que por un error material involuntario, se consignó incorrectamente la fecha en el último párrafo del acta anterior (Negociación Colectiva N°1, Sesión N°10), siendo la correcta «trece de abril de dos mil veintiséis». La presente rectificación no altera el contenido sustancial del acta mencionada, manteniéndose plenamente vigente en todos sus términos.
Acto seguido se inicia debate e intercambio de posturas entre las partes, surgiendo la siguiente propuesta salarial por la empleadora:
Abril
Transformar, a partir del mes de abril de dos mil veintiséis, la suma mensual de cien mil pesos ($100.000,00) propuesta en acta firmada a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil veintiséis, en una suma remunerativa comprendida dentro del código A56, trasladándose a todos los cargos del nomenclador docente. Éste item modifica los artículos 8°y 9° del Decreto 456-ME-2026 a partir del día de la fecha.
Mayo
- Incrementar para el mes de mayo de 2026 el valor Índice en 2%, con base del valor índice del mes de marzo 2026.
- Incrementar en 4 puntos el código A01 en el nomenclador docente para el mes de mayo 2026.
Junio
- Incrementar para el mes de junio de 2026 el valor índice en 3%, con base del valor índice del mes de mayo 2026.
- Implementar para el mes de junio de 2026, cláusula de revisión (gatillo) en función a la evolución de la economía, situación fiscal de la Provincia y el índice de inflación mensual publicado por INDEC.
- Incrementar la bonificación remunerativa denominada radio, resolviendo de esta manera y en forma definitiva los reclamos planteados desde el sector sindical docente, desde junio del año dos mil veintidós, quedando el mismo de la siguiente forma:
Abril
- Incrementar Radio 4 de 90% a 95%
- Incrementar Radio 5 de 110% a 115%
- Incrementar Radio 6 de 130% a 135%
- Incrementar Radio 7 de 150% a 155%
Octubre
- Incrementar Radio 4 de 95% a 100%
- Incrementar Radio 5 de 115% a 120%
- Incrementar Radio 6 de 135% a 140%
- Incrementar Radio 7 de 155% a 160%
Siendo las veintitrés horas del día quince de abril de dos mil veintiséis
Se arribó al siguiente:
ACUERDO PARITARIO
ARTÍCULO 1º.- VALOR INDICE PARA EL SALARIO DE ABRIL 2026: Fijar el valor índice, a partir de los salarios del mes de ABRIL de 2026, en 901,6123; VALOR INDICE PARA EL SALARIO DE MAYO 2026: Fijar el valor indice con un aumento del 2%, con base en el valor índice de marzo 2026, a partir de los salarios del mes de mayo de 2026, en 919,644; VALOR INDICE PARA EL SALARIO DE JUNIO 2026: Fijar el valor índice con aumento del 3%, con base en el valor índice de mayo 2026, a partir de los salarios del mes de junio de 2026, en 947,2338.
ARTÍCULO 2º.- VALOR SUELDO BÁSICO DOCENTE (A01):
A PARTIR DEL SALARIO DE ABRIL 2026: El sueldo básico (A01) del cargo testigo maestro de grado jornada simple queda determinado en $456.215,82 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS QUINCE CON 82/100) para el mes de abril del año 2026 y el valor de la hora cátedra nivel medio en $30.414,39 (TREINTA MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 39/100) y el valor de la hora cátedra nivel superior en $38.017,99 (TREINTA Y OCHO MIL DIECISIETE CON 99/100) para el mes de abril 2026.
A PARTIR DEL SALARIO DE MAYO 2026: El sueldo básico (A01) del cargo testigo maestro de grado jornada simple queda determinado en $469.018,70 (CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DIECIOCHO CON 70/100) para el mes de mayo del año 2026 y el valor de la hora cátedra nivel medio en $31.267,91 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CON 91/100) y el valor de la hora cátedra nivel superior en $ 39.084,89 (TREINTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y CUATRO CON 89/100) para el mes de mayo 2026.
A PARTIR DEL SALARIO DE JUNIO 2026: El sueldo básico (A01) del cargo testigo maestro de grado jornada simple queda determinado a PARTIR DEL SALARIO DE JUNIO 2026 en $483.089,24 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHENTA Y NUEVE CON 24/100) para el mes de junio del año 2026 y el valor de la hora cátedra nivel medio en $32.205,95 (TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCO CON 95/100) y el valor de la hora cátedra nivel superior en $40.257,44 (CUARENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 44/100) para el mes de junio 2026.
ARTÍCULO 3°. ASIGNACIÓN REMUNERATIVA DECRETO N° 1380-1993 ART. 2°-«ESTADO DOCENTE» (A56):
Fijar, a partir de los haberes del mes de abril de 2026, el monto por persona liquidado bajo el código A56 en pesos $255.642,37 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 37/100) o su equivalente en horas cátedra nivel medio y superior, resultando en $14.202,35 (CATORCE MIL DOSCIENTOS DOS
CON 35/100) el valor por hora cátedra nivel medio y $17.042,82 (DIECISIETE MIL CUARENTA Y DOS CON 82/100) el valor por hora cátedra nivel superior.
Fijar, a partir de los haberes del mes de mayo de 2026, el monto por persona liquidado bajo el código A56 en pesos $ 260.755,22 (DOSCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 22/100) o su equivalente en horas cátedra nivel medio y superior, resultando en $14.486,41 (CATORCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 41/100) el valor por hora cátedra nivel medio y $17.383,69 (DIECISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 69/100) el valor por hora cátedra nivel superior.
Fijar, a partir de los haberes del mes de junio de 2026, el monto por persona liquidado bajo el código A56 en pesos $ 268.577,88 (DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON 88/100) o su equivalente en horas cátedra nivel medio y y superior, resultando en $14.921,00 (CATORCE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 00/100) el valor por hora cátedra nivel medio y $17.905,20 (DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CINCO CON 20/100) el valor por hora cátedra nivel superior.
ARTÍCULO 4º.- ASIGNACIÓN REMUNERATIVA DECRETO N° 489-2012 y modificatorias ART. 2° (E66): Fijar el monto de Decreto N° 489-2012 y modificatorias, artículo 3° (E66) «SUMA REMUNERATIVA Y BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD»

ARTÍCULO 5°.- (E60) Fijar a partir del mes de abril de 2026 el código E60 como el producto del Valor Indice del mes abril de 2026 (artículo 1°) por 50 puntos para los cargos del nomenclador docente DECRETO N° 1890/2022 y sus modificatorias DECRETOS 0197/2023 1900/2023 «SUMA REMUNERATIVA Y BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD», según escalas vigentes.
E60 Abril 2026 «Responsabilidad Funcional Docente Cargo Decreto N° 1890-2022» Remunerativo y Bonificable por Antigüedad (50 puntos Valor Índice) + (50 puntos valor índice * % de antig)
E60 mayo 2026 «Responsabilidad Funcional Docente Cargo Decreto N° 1890-2022» Remunerativo y Bonificable por Antigüedad (50 puntos * Valor Indice) + (50 puntos valor índice * % de antig)

ARTÍCULO 6°.- SALARIO DOCENTE PROVINCIAL NETO CARGO TESTIGO:
- Establecer que, a partir del mes de abril de 2026, el Gobierno de la Provincia de San Juan, garantiza un Salario Docente Provincial Neto equivalente a pesos $ 831.989,00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100), por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedra, incluido en éste el concepto Nueva Conectividad San Juan;
- Establecer que, a partir del mes de mayo 2026, el Gobierno de la Provincia de San Juan, garantiza un Salario Docente Provincial Neto equivalente a pesos $ 851.943,26 OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 26/100), por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedra, incluido en éste el concepto Nueva Conectividad San Juan;
- Establecer que, a partir del mes de junio 2026, el Gobierno de la Provincia de San Juan, garantiza un Salario Docente Provincial Neto equivalente a pesos $ 876.332,00 (OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100), por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedra, incluido en éste el concepto Nueva Conectividad San Juan;
ARTÍCULO 7°. PUNTOS DEL NOMENCLADOR DOCENTE MAYO 2026: Incrementar en 4 (CUATRO) puntos para cada cargo que figura en el nomenclador docente, vigente a abril de 2026 para ser aplicados en el mes de mayo del 2026.
ARTÍCULO 8°.- RUBRO SALARIAL RADIO DOCENTE (A04): Calcúlese la bonificación remunerativa denominada radio docente desde el mes de abril, con el siguiente valor:
- Radio 1: 40%
- Radio 2: 50%
- Radio 3: 60%
- Radio 4: 95%
- Radio 5: 115%
- Radio 6: 135%
- Radio 7: 155%.
RUBRO SALARIAL RADIO DOCENTE (A04): Calcúlese la bonificación remunerativa denominada radio docente desde el mes de octubre, con el siguiente valor:
- Radio 1: 40%
- Radio 2: 50%
- Radio 3: 60%
- Radio 4: 100%
- Radio 5: 120%
- Radio 6: 140%
- Radio 7: 160%.
ARTÍCULO 9°.- CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL: Las partes acuerdan reunirse para realizar la revisión de los incrementos de los salarios docentes del primer semestre del 2026, el día treinta de junio de dos mil veintiséis a las quince horas. Se evaluará la variación del IPC acumulado del primer semestre de 2026, a los fines de calcular el diferencial que pudiera surgir entre el dato del IPC acumulado del primer semestre de 2026 y los aumentos aplicados en la totalidad de los conceptos que conforman el salario docente. Dicho diferencial se sumará a la propuesta, salarial que se aplique a partir del mes de julio de 2026.

