Documentación y autorizaciones para el traslado de menores de edad
Con el objetivo de disminuir la vulnerabilidad de los menores como posibles víctimas de redes de trata de personas o intentos de sustracciones, el Ministerio de Transporte de la Nación y la CNRT implementaron las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte de pasajeros de larga distancia.
- Si el menor tiene menos de 6 años podrá viajar únicamente acompañado por un Representante Legal (alguno de sus Padres o tutor) o Tercero Autorizado.
- Los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por un Representante Legal (alguno de sus Padres o tutor), Tercero Autorizado o utilizando el servicio de Menor no Acompañado que podrán brindar las empresas.
- Los menores de entre 13 y 17 años podrán viajar solos contando con las autorizaciones requeridas.
Las autorizaciones pueden tramitarse de dos maneras:
- Presencial: Se puede realizar de manera Presencial en las boleterías de las empresas, completando el formulario que existe para tal fin.
- Previa: Se puede realizar la autorización a través de Escribanos, Juez competente, Autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras Autoridades Administrativas y Judiciales.
El vínculo filiatorio siempre debe ser acreditado
- ¿Qué documentación es necesaria para acreditar el vínculo filiatorio?
DNI / Pasaporte del menor
DNI del Representante Legal
Partida de Nacimiento o testimonio judicial de adopción
- El vínculo podrá ser acreditado mediante el DNI del menor, siempre que éste contenga el nombre de sus padres.
- Si viaja con un Tercero, DNI de la persona responsable del menor durante el viaje y autorización correspondiente.
- Se debe contar con original y fotocopia de toda la documentación presentada.
Requisitos para salir del país con menores de 18 años
- Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo con Partida de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
- Si el menor viaja con uno de sus padres, además de acreditar el vínculo con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
- Si el menor viaja solo, deberá presentar una autorización firmada por ambos padres acompañada de algún documento que acredite el vínculo (Partida de Nacimiento o DNI en donde consten los datos filiatorios de los padres).
- Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.
Observaciones: toda esta documentación debe ser presentada en original o copias debidamente certificadas.
Autorizaciones de menores:
Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes y jueces de paz.
Documentos de viaje válidos
- DNI Digital (apto para viajar a países del Mercosur y Estados asociados)
- Válidos: DNI tarjeta y libreta celeste (digitales)

No válidos: DNI escritos a mano (tapa verde, bordó, y libreta celeste), constancia de DNI en trámite y documentos deteriorados. PASAPORTE

