{"id":84098,"date":"2025-03-20T20:54:32","date_gmt":"2025-03-20T23:54:32","guid":{"rendered":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=84098"},"modified":"2025-03-21T22:53:18","modified_gmt":"2025-03-22T01:53:18","slug":"se-aprobo-por-unanimidad-la-declaracion-de-estado-de-emergencia-climatica-en-san-juan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/se-aprobo-por-unanimidad-la-declaracion-de-estado-de-emergencia-climatica-en-san-juan\/","title":{"rendered":"Se aprob\u00f3 por unanimidad la declaraci\u00f3n de Estado de Emergencia Clim\u00e1tica en San Juan"},"content":{"rendered":"<p>Por unanimidad, el cuerpo Legislativo aprob\u00f3 la Ley de Necesidad y Urgencia N\u00ba 2741-P, por la que declara el estado de emergencia clim\u00e1tica en los departamentos afectados de la provincia. Este tratamiento se dio en el marco de la Tercera Sesi\u00f3n del Periodo Extraordinario de la C\u00e1mara de Diputados de San Juan, presidida por el vicegobernador Dr. Fabi\u00e1n Mart\u00edn.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, el diputado Dr. Juan de la Cruz C\u00f3rdoba fue el encargado de hablar como miembro informante se\u00f1alando la gravedad y trascendencia que han alcanzado los recientes y reiterados factores clim\u00e1ticos que afectaron a los pobladores y productores agr\u00edcolas de algunas zonas de la provincia.<\/p>\n<p><iframe loading=\"lazy\" title=\"Diputado Juan de la Cruz C\u00f3rdoba - Declaraci\u00f3n de Emergencia Ambiental\" width=\"800\" height=\"450\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/ONZv-Vxqyuc?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" referrerpolicy=\"strict-origin-when-cross-origin\" allowfullscreen><\/iframe><\/p>\n<p>En este sentido, los legisladores, tras algunas modificaciones que introdujeron, aprobaron el siguiente texto de la Ley 2741-P:<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 1\u00b0:<\/strong>\u00a0Declarar el estado de emergencia clim\u00e1tica en los departamentos afectados de la Provincia de San Juan, a partir de la fecha de la presente Ley, por el plazo de ciento veinte (120) d\u00edas corridos, los que podr\u00e1n ser prorrogados en caso de persistir los factores clim\u00e1ticos adversos.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 2\u00b0:<\/strong>\u00a0Autorizar a los Sres. Ministros y Secretarios de Estado, dentro del l\u00edmite temporal de la declaraci\u00f3n de emergencia que se efect\u00faa en la presente y en el marco de la misma, a gestionar contrataciones y otorgar subsidios, en los t\u00e9rminos establecidos en el art. 15 de la Ley 2000-A.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 3\u00b0:<\/strong>\u00a0Declarar asimismo el estado de emergencia agropecuaria. Solicitar ante la Comisi\u00f3n Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, en los t\u00e9rminos de la Ley Nacional 26.509, la declaraci\u00f3n de emergencia agropecuaria, toda vez que los factores de origen clim\u00e1tico, por su intensidad y car\u00e1cter extraordinario, han da\u00f1ado la producci\u00f3n y la capacidad de producci\u00f3n de los departamentos de la Provincia, dificultando gravemente la evoluci\u00f3n de las actividades agropecuarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias y fiscales.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4\u00b0:<\/strong>\u00a0La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a lo establecido en los art\u00edculos 157 y 189, inciso 17 de la Constituci\u00f3n Provincial.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5\u00b0:<\/strong>\u00a0Rem\u00edtase la presente norma legal a la C\u00e1mara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el Art\u00edculo 157 de la Constituci\u00f3n Provincial<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n hicieron uso de la palabra para poner de manifiesto la situaci\u00f3n de los diferentes departamentos afectados y expresar su acompa\u00f1amiento en este punto del orden del d\u00eda los siguientes legisladores: Cristina L\u00f3pez, Alejandra Leonardo, Pedro Albagli, Leopoldo Soler, Jorge Casta\u00f1eda, Emilio Escudero, Sonia Ferreyra, Miguel Vega, Juan Carlos Quiroga Moyano, Marta Gramajo, y Mar\u00eda Rita Lascano.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Creaci\u00f3n del Certificado de Mano de Obra Formal Industrial<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, la Legislatura aprob\u00f3 sobre tablas un proyecto remitido por el Poder Ejecutivo por el cual se crea el \u00abCertificado de Mano de Obra Formal Industrial\u00bb (CEMOFI) y la implementaci\u00f3n de un r\u00e9gimen de incentivo fiscal destinado a promover el empleo industrial formal en la Provincia de San Juan. Dicho r\u00e9gimen tiene como objetivo el sostenimiento y fomentar la generaci\u00f3n de empleo registrado en el sector industrial, promoviendo la formalizaci\u00f3n laboral, el crecimiento sostenible de la actividad manufacturera y la consolidaci\u00f3n del entramado productivo provincial.<\/p>\n<p>Todo esto conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 150 de la Ley n\u00ba 2730-I, el cual establece lo siguiente:<\/p>\n<p><em>\u201cARTICULO 50.- En la actividad de producci\u00f3n de bienes (industria manufacturera), desarrollada por contribuyentes que posean su explotaci\u00f3n en actividad, ubicada o no en la Provincia de San Juan, la al\u00edcuota ser\u00e1 del uno con cincuenta cent\u00e9simos por ciento (1,50 %). Las ventas a consumidores finales no est\u00e1n incluidas en este art\u00edculo, debiendo aplic\u00e1rseles la al\u00edcuota general. Se considera consumidor final a la persona f\u00edsica o jur\u00eddica que haga uso o consumo de bienes adquiridos, ya sea en beneficio propio, o de su grupo social o familiar, en tanto dicho uso o consumo no implique una utilizaci\u00f3n posterior directa o indirecta, almacenamiento o afectaci\u00f3n a procesos de producci\u00f3n, transformaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n o prestaci\u00f3n o locaci\u00f3n de servicios a terceros. El Estado se considera consumidor final a los fines de este art\u00edculo. Facultase al Poder Ejecutivo, a trav\u00e9s de Ministerio de Econom\u00eda Finanzas y Hacienda, a establecer mecanismos de compensaci\u00f3n y\/o pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes que desarrollen la actividad de producci\u00f3n de bienes (industria manufacturera) ad refer\u00e9ndum del Poder Legislativo\u201d.<\/em><\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que la C\u00e1mara se constituy\u00f3 en comisi\u00f3n para abordar este asunto y emitir un despacho, el cual result\u00f3 aprobado con 29 votos positivos.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Declaraci\u00f3n de Repudio<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otro lado, la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 sobre tablas, con 17 votos positivos (bloque Justicialista, Frente Renovador, San Juan Vuelve, bloque Mejor Nosotros, y San Juan Te Quiero); 1 voto negativo (bloque La Libertad Avanza) y 14 abstenciones (Interbloque Cambia San Juan, bloque Bloquista, Bloque del Este), un proyecto de Declaraci\u00f3n de repudio a los hechos de represi\u00f3n ocurridos en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires.<\/p>\n<p>Si bien todos expresaron su repudio a los hechos de violencia, quienes no acompa\u00f1aron la aprobaci\u00f3n del proyecto se\u00f1alaron la necesidad de un tratamiento previo en comisiones.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, la diputada Sonia Ferreyra fue la encargada de fundamentar el asunto. Durante el debate tambi\u00e9n hablaron los diputados Fernando Patinella, Stella Caparros, Luis Rueda, Emilio Escudero, Enzo Cornejo, Fernanda Paredes, Gustavo Usin, Franco Aranda, Mario Herrero, Alejandra Leonardo, y Juan de la Cruz C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>La declaraci\u00f3n aprobada expresa lo siguiente:<\/p>\n<p><em>\u201cSu en\u00e9rgico repudio a los hechos de represi\u00f3n ocurridos en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, en perjuicio de jubilados y jubiladas que ejerc\u00edan leg\u00edtimamente su derecho a la protesta en reclamo de una jubilaci\u00f3n digna.<\/em><\/p>\n<p><em>La violencia ejercida contra personas mayores es un atentado contra sus derechos fundamentales y una afrenta a quienes, con a\u00f1os de trabajo y esfuerzo, han contribuido al desarrollo de nuestro pa\u00eds. El respeto y la protecci\u00f3n de los derechos de las personas mayores son principios irrenunciables de una sociedad justa y solidaria.<\/em><\/p>\n<p><em>Son las pol\u00edticas p\u00fablicas liberales de ajuste y recorte, en jubilaciones, pensiones, quita de medicamentos y eliminaci\u00f3n de programas de atenci\u00f3n a los mayores, entre otras, las que han llevado a miles de abuelos y abuelas a ejercer su derecho de manifestarse pac\u00edficamente, expresarse, y de peticionar a las autoridades, para reclamar por sus derechos a un Gobierno que es indiferente, e insensible con ese sector.<\/em><\/p>\n<p><em>Manifestamos nuestra profunda preocupaci\u00f3n por el accionar represivo desplegado y exigimos que se garanticen las condiciones necesarias para el ejercicio pac\u00edfico del derecho a la manifestaci\u00f3n, sin persecuciones ni agresiones.<\/em><\/p>\n<p><em>Existe un claro avasallamiento del Gobierno Nacional, no solo sobre la sociedad civil sino un ataque sistem\u00e1tico a las instituciones utilizando la violencia, la represi\u00f3n y la amenaza como una herramienta para silenciar a los sectores disidentes como los jubilados; algo totalmente inaceptable en un Estado de Derecho<\/em><\/p>\n<p><em>Por ello, instamos al Gobierno Nacional a adoptar las medidas necesarias para garantizar una jubilaci\u00f3n digna, acorde con el costo de vida y en reconocimiento del aporte que las y los jubilados han realizado durante toda su vida laboral.\u201d<\/em><\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Renuncia al cargo de Fiscal de Primera Instancia<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tras los fundamentos aportados por la diputada Marcela Quiroga, la Legislatura acept\u00f3 la renuncia de la Dra. Beatriz Josefina Gil al cargo de Fiscal de Primera Instancia que actualmente desempe\u00f1a, para acogerse a los beneficios jubilatorios de la Ley N\u00b024018 y sus modificatorias, en raz\u00f3n de haber cumplimentado oportunamente con los recaudos exigidos por la Ley 1064-S.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Resoluciones<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El cuerpo Legislativo resolvi\u00f3 declara de inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li><strong><span style=\"color: #800080;\">Social, tur\u00edstico y cultural<\/span> <\/strong>el \u201c2\u00ba Raid Latinoamericano de Hermandad\u201d, que se lleva a cabo el d\u00eda 23 de marzo de 2025 en la provincia de San Juan. (Interbloque Cambia San Juan)<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #800080;\">Institucional y educativo,<\/span><\/strong> la IX Jornada Regional de Estudiantes de Ingenier\u00eda Civil (JOREIC)- Regi\u00f3n Oeste- San Juan 2025, organizada por la Asociaci\u00f3n Nacional de Estudiantes de Ingenier\u00eda Civil (ANEIC ARGENTINA) y que se realiza los d\u00edas 22, 23 y 24 de mayo en la provincia de San Juan. (Interbloque Cambia San Juan)<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #800080;\">Educativo y cultural,<\/span><\/strong> el seminario: S\u00edmbolos Patrios y Log\u00edstica Protocolar, Jornadas organizadas por Asociaci\u00f3n Sanjuanina de Ceremonialistas, que se llevan a cabo el 21 de marzo en el Centro de Convenciones Guillermo Barrena Guzm\u00e1n. (Interbloque Cambia San Juan)<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #800080;\">Deportivo, social y cultural,<\/span> <\/strong>los festejos por el 90\u00ba aniversario de la Uni\u00f3n Vecinal de Trinidad (UVT). (Interbloque Cambia San Juan)<\/li>\n<\/ul>\n<figure id=\"attachment_37951\" aria-describedby=\"caption-attachment-37951\" style=\"width: 800px\" class=\"wp-caption alignnone\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-37951\" src=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO.jpg\" alt=\"\" width=\"800\" height=\"515\" srcset=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO.jpg 800w, https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO-300x193.jpg 300w, https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO-768x494.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 800px) 100vw, 800px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-37951\" class=\"wp-caption-text\">Legislatura Provincial de San Juan, Rep\u00fablica Argentina<\/figcaption><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por unanimidad, el cuerpo Legislativo aprob\u00f3 la Ley de Necesidad y Urgencia N\u00ba 2741-P, por la que declara el estado<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":84101,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[10,7],"tags":[],"class_list":["post-84098","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opiniones","category-videos"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/84098","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=84098"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/84098\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":84103,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/84098\/revisions\/84103"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/84101"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=84098"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=84098"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=84098"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}