{"id":7985,"date":"2017-11-29T20:47:38","date_gmt":"2017-11-29T23:47:38","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=7985"},"modified":"2017-11-29T21:34:32","modified_gmt":"2017-11-30T00:34:32","slug":"temario-de-la-decimocuarta-sesion-del-periodo-ordinario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/temario-de-la-decimocuarta-sesion-del-periodo-ordinario\/","title":{"rendered":"Temario de la Decimocuarta Sesi\u00f3n del Per\u00edodo Ordinario"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>La C\u00e1mara de Diputados de San Juan celebra el Jueves, 30 de Noviembre, la Decimocuarta y, a la saz\u00f3n, la \u00faltima del per\u00edodo ordinario de sesiones, en cuyo transcurso son abordados unos treinta temas, entre los que sin lugar a dudas sobresalen el Proyecto de Ley de Presupuesto; la Ley Impositiva Anual; la jura de los nuevos diputados provinciales \u00a0y designaci\u00f3n de jueces de C\u00e1mara en lo Civil, Comercial y Miner\u00eda; de Primera Instancia en el Sexto Juzgado del Trabajo; Defensor General y Asesor de Menores en la Segunda Circunscripci\u00f3n J\u00e1chal y Jueces de Paz en Valle F\u00e9rtil, Santa Luc\u00eda y Caucete.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>Estos temas surgieron de lo acordado en Labor Parlamentaria, cuya reuni\u00f3n fue encabezada por el vicegobernador y titular de la C\u00e1mara de Diputados, Marcelo Jorge Lima junto al secretario Legislativo, Mario Alberto Herrero y los presidentes de los bloques parlamentarios.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Jura de los nuevos diputados<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los legisladores abordan el tratamiento de la comunicaci\u00f3n de la secretar\u00eda del Tribunal Electoral de la provincia de San Juan en la que informa que conforme Resoluci\u00f3n del Tribunal Electoral del 9 de Septiembre de 2015, los candidatos oficializados por el Frente para la Victoria que reemplazan a los diputados provinciales, representante por el sistema proporcional, Dr. Jos\u00e9 Rub\u00e9n U\u00f1ac y a la representante por el departamento Albard\u00f3n, Lic. Cristina del Carmen L\u00f3pez, ambos electos senadores nacionales, son Juan Pablo Santiago Gioja, como diputado provincial por sistema de representaci\u00f3n proporcional y Jorge Palmero como diputado provincial representante del departamento Albard\u00f3n.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Aprovechamiento hidroenerg\u00e9tico El Tambolar<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los diputados considerar\u00e1n si ofrecen acuerdo al Mensaje N\u00ba 120 y proyecto de ley por el que aprueba en todas sus partes el Acta Acuerdo para la ejecuci\u00f3n de la obra Aprovechamiento hidroenerg\u00e9tico multiprop\u00f3sito El Tambolar \u2013 Etapa II, celebrado entre el gobierno de la provincia de San Juan, representado por el gobernador Dr. Sergio U\u00f1ac, por una parte y el Ministerio de Energ\u00eda y Miner\u00eda de la Naci\u00f3n, representado por el ministro Juan Jos\u00e9 Aranguren, por la otra, suscripto el 22 de Septiembre de 2017, ratificado por Decreto provincial.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Mesa de Gesti\u00f3n de la Industria Minera<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los parlamentarios deber\u00e1n considerar si ofrecen conformidad al Mensaje N\u00ba 122 y proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo por el que es aprobada el Acta Acuerdo para la conformaci\u00f3n de una Mesa de Gesti\u00f3n de la Industria Minera, celebrada el 22 de diciembre de 2016, entre el gobierno de San Juan, el Ministerio de Miner\u00eda, la C\u00e1mara Minera, el Grupo de Empresas Mineras Exploradoras de la Rep\u00fablica Argentina, la C\u00e1mara de Servicios Mineros, la Uni\u00f3n Industrial, la Asociaci\u00f3n Minera Obrera Argentina y la Confederaci\u00f3n General del Trabajo, oportunamente ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Plan Nacional de Seguridad Alimentaria<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los diputados deber\u00e1n considerar luego si dan acuerdo al Mensaje N\u00ba 123 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que aprueba en todas sus partes el convenio de ejecuci\u00f3n Plan Nacional de Seguridad Alimentaria \u2013 Abordaje Federal 2017 -2018, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Naci\u00f3n y el gobierno de San Juan.<\/p>\n<p>El mismo tiene como objetivo financiar la adquisici\u00f3n de alimentos para hasta 17.527 titulares de derecho en situaci\u00f3n de vulnerabilidad social por medio de la utilizaci\u00f3n de tarjetas magn\u00e9ticas, habilitadas para la compra de alimentos en comercios adheridos a la jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Presupuesto para el Ejercicio Fiscal A\u00f1o 2018<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Luego ser\u00e1 el turno para los legisladores de considerar si ofrecen conformidad al Mensaje N\u00ba 117 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, de Presupuesto provincial para el Ejercicio Fiscal A\u00f1o 2018.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Ley Impositiva A\u00f1o 2018<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1n dirimir si dan acuerdo al Mensaje N\u00ba 118 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo provincial por el que propone el proyecto de Ley Impositiva para el A\u00f1o Fiscal 2018.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Tributario<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Luego, los legisladores deber\u00e1n considerar si ofrecen acuerdo al Mensaje N\u00ba 116 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que propone modificar el C\u00f3digo Tributario de la provincia de San Juan, Ley N\u00ba 151 \u2013I y modificatoria.<\/p>\n<p>Datos en archivo adjunto<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Convenio Multilateral<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los diputados considerar\u00e1n si ofrecen conformidad al Mensaje N\u00ba 119 y proyecto de ley remitido por el Ejecutivo por el que declara adherida la provincia de San Juan a las modificaciones introducidas al texto del Convenio Multilateral de fecha 18 de Agosto de 1977, por la Resoluci\u00f3n N\u00ba 28\/2017 de la Comisi\u00f3n Plenaria, de fecha 9 de Noviembre de 2017.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Donan inmueble a C\u00e1mara Minera y Uni\u00f3n Industrial<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los parlamentarios deber\u00e1n definir si ofrecen conformidad al Mensaje N\u00ba 107 y proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo por el que dona a la C\u00e1mara Minera y a la Uni\u00f3n Industrial de la provincia de San Juan, con destino a la construcci\u00f3n de la sede de ambas instituciones, el inmueble propiedad del Estado provincial, ubicado en avenida Espa\u00f1a N\u00ba 670 Norte, Capital, Nomenclatura Catastral N\u00ba 01-36-560-670-00-000, de una superficie de 693.180 metros cuadrados.<\/p>\n<p>La donaci\u00f3n es con cargo de construir en un plazo de cinco a\u00f1os el edificio de las instituciones y el no cumplimiento del cargo previsto configurar\u00e1 ipso facto la revocaci\u00f3n de la donaci\u00f3n.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Convenio del Parque Tur\u00edstico Deportivo<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Asimismo, deber\u00e1n definir si dan conformidad al Mensaje N\u00ba 108 y proyecto de ley remitido por el Ejecutivo por el que aprueba la Segunda Adenda al Convenio de Desarrollo del Parque Tur\u00edstico Deportivo, ratificado por Decreto 0760-MPeI- del 5 de mayo de 2016 y aprobado por Ley N\u00ba 1456-G-2016 y modificada por Adenda al Convenio ratificada por Decreto N\u00ba 0535- MI y SP-2017 y aprobada por Ley 1603-G, suscripta a los 26 d\u00edas del mes de octubre de a\u00f1o 2017, celebrada entre el gobierno de la provincia de San Juan, representado por el secretario de Obras P\u00fablicas del Ministerio de Infraestructura y Servicios P\u00fablicos, Jorge Rafael Deiana y por el secretario de Deportes de la provincia, Jorge Chica y la municipalidad de Albard\u00f3n, representada por Juan Carlos Abarca.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Convenio Programa de Ingreso Social<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los legisladores deber\u00e1n definir si ofrecen acuerdo al Mensaje N\u00ba 113 y proyecto de ley que aprueba el convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo abordaje Ellas Hacen \u2013 Nuevo enfoque, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Naci\u00f3n y el gobierno de la provincia de San Juan, en fecha 22 de Junio de 2017, con el objeto de desarrollar actividades de capacitaci\u00f3n a trav\u00e9s de organismos gubernamentales y no gubernamentales, ratificado por Decreto provincial N\u00ba 1497 de fecha 25 de Septiembre de 2017.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Inter\u00e9s provincial electricidad de fuentes no renovables<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1n debatir los diputados si dan acuerdo al Mensaje N\u00ba 111 y proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo por el que declara de Inter\u00e9s provincial la actividad de generaci\u00f3n de electricidad a partir de fuentes de energ\u00eda primaria renovables no convencionales, especialmente la generaci\u00f3n en parques solares, e\u00f3licos y geot\u00e9rmicos.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Fuentes de energ\u00eda renovables<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>El cuerpo considerar\u00e1 si ofrece conformidad al Mensaje N\u00ba 115 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que declara de inter\u00e9s provincial la generaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica obtenida a partir del uso de fuentes de energ\u00eda renovables en el \u00e1mbito de la provincia de San Juan, contribuyendo al desarrollo sustentable, a la protecci\u00f3n del medio ambiente, al fomento de inversiones, al crecimiento econ\u00f3mico, al desarrollo del empleo, al avance tecnol\u00f3gico y a la integraci\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>A la vez considera como fuentes de energ\u00eda renovables, las definidas por la Ley Nacional N\u00ba 26.190 y sus modificatorias y tambi\u00e9n exime del pago del Impuesto de Sellos todos los actos de contratos y operaciones referidos a la construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n y adquisici\u00f3n de maquinaria y equipamiento, de los emprendimientos de generaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica obtenida a partir del aprovechamiento de fuentes renovables de energ\u00eda con radicaci\u00f3n en el territorio provincial.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Control de Vectores<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los legisladores deber\u00e1n definir si dan acuerdo al Mensaje N\u00ba 110 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que ratifica el convenio y sus anexos I y II, para la Puesta en marcha del componente de formaci\u00f3n de recurso humano vinculado al control de vectores, celebrado entre el Ministerio de Salud P\u00fablica de la Naci\u00f3n, representado por el ex ministro Daniel Gustavo Gollan y el ministerio de Salud P\u00fablica de San Juan, Oscar Balverdi, fechado el 9 de septiembre de 2015.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Grabado de autopartes de autos y motos<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>A continuaci\u00f3n, deber\u00e1n determinar si ofrecen conformidad al Mensaje N\u00ba 109 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que propone el grabado obligatorio de autopartes de automotores y motoveh\u00edculos (ciclomotores y motocicletas) nuevos y usados que se inscriban en los Registros de la Propiedad Automotor y Cr\u00e9ditos Prendarios y en los Registros de Motoveh\u00edculos, seg\u00fan corresponda, con asiento en la provincia de San Juan, deben incorporar de manera obligatoria el grabado indeleble del n\u00famero de dominio con car\u00e1cter m\u00faltiple en los t\u00e9rminos, procedimientos y condiciones que establece esta ley y su reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Convenio entre Salud P\u00fablica y Zonda<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los legisladores deber\u00e1n considerar si dan acuerdo al Mensaje N\u00ba 112 y proyecto de ley que propone aprobar el convenio marco de asistencia y cooperaci\u00f3n celebrado entre el Ministerio de Salud P\u00fablica de San Juan, representado por el ministro Castor S\u00e1nchez Hidalgo y el municipio de Zonda, representado por el intendente Miguel Atampiz, ocurrido el 17 de mayo de 2017.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Adhesi\u00f3n a Ley complementaria de Ley de ART<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Por iniciativa de la diputada Susana Laciar ser\u00e1 considerado el proyecto de ley que propone que la provincia de San Juan adhiera a las disposiciones contenidas en el T\u00edtulo I de la ley Nacional N\u00ba 27.348, complementaria de la Ley Nacional N\u00ba 24.557 sobre riesgos del trabajo, quedando delegadas expresamente a la jurisdicci\u00f3n administrativa nacional las competencias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los art\u00edculos 1\u00ba, 2\u00ba y 3\u00ba, de la norma precitada.<\/p>\n<p>Asimismo entre otros temas encomienda al Poder Ejecutivo provincial a celebrar convenios de colaboraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a los fines que las comisiones m\u00e9dicas jurisdiccionales incluidas en el art\u00edculo 51 de la Ley Nacional N\u00ba 24.241 act\u00faen en el \u00e1mbito de la provincia de San Juan como instancia pre-jurisdicional, cumpliendo con los lineamientos de gesti\u00f3n que fija el presente art\u00edculo.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>D\u00eda de las Iglesias Evang\u00e9licas<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>A propuesta del legislador Eduardo Cabello, el cuerpo deber\u00e1 considerar el proyecto de ley por el que instituye en la provincia de San Juan el 31 de octubre de cada a\u00f1o como \u201cD\u00eda de las Iglesias Evang\u00e9licas\u201d, en conmemoraci\u00f3n del 500 aniversario de la Reforma Protestante.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Exenci\u00f3n de impuestos para f\u00e1brica de paneles solares<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Luego los parlamentarios deber\u00e1n abordar el tratamiento del proyecto de ley iniciativa del diputado Pablo Garc\u00eda Nieto que propone la modificaci\u00f3n de los art\u00edculos 1\u00ba y 4\u00ba, de la Ley N\u00ba 1175 \u2013 I, de exenci\u00f3n del pago de impuestos, canon, tasa o contribuci\u00f3n provincial para el funcionamiento de la f\u00e1brica de paneles solares fotovoltaicos.<\/p>\n<p>En tal sentido, el art\u00edculo se\u00f1ala que es modificado el art\u00edculo 1\u00ba de la Ley N\u00ba 1175 \u2013 I, que quedar\u00e1 redactado de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba: Ex\u00edmase del pago de todo impuesto, canon, tasa o contribuci\u00f3n de jurisdicci\u00f3n provincial, creados o a crearse, que tengan como hecho imponible la construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n, adquisici\u00f3n de maquinaria y equipamiento, y todos aquellos servicios directos e indirectos necesarios para el funcionamiento de la f\u00e1brica integrada de lingotes de silicio grado solar, obleas y celdas de silicio cristalino y paneles solares fotovoltaicos. La presente exenci\u00f3n alcanzar\u00e1 tambi\u00e9n a todos los actos, contratos u operaciones vinculados o que se deriven de los hechos imponibles mencionados en el p\u00e1rrafo anterior.<\/p>\n<p>Mientras que el art\u00edculo segundo, modifica el art\u00edculo 4\u00ba de la Ley 1175 \u2013 I, que quedar\u00e1 redactado de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba: Inv\u00edtase al municipio de Pocito a establecer reg\u00edmenes de exenciones equivalentes a las contempladas en la presente ley, para las tasas, contribuciones e impuestos de su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el Art\u00edculo 3\u00ba manifiesta que \u201clas presentes modificaciones tendr\u00e1n vigencia a partir del 8 de enero de 2016, fecha de publicaci\u00f3n de la Ley N\u00ba 1387 &#8211;\u00a0 A en la que se aprueba el acta de entendimiento para la donaci\u00f3n de terrenos en el departamento Pocito a la Empresa Energ\u00eda Provincial Sociedad del Estado para la construcci\u00f3n de la f\u00e1brica integrada de lingotes de silicio grado solar, obleas y celdas de silicio cristalino y paneles fotovoltaicos\u201d.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Modifican art\u00edculos de ley que regula casas de \u00f3ptica<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>A propuesta de los legisladores Amanda D\u00edas y Pablo Garc\u00eda Nieto, el plenario deber\u00e1 considerar las modificaciones a los art\u00edculos 3\u00ba, 7\u00ba, 12\u00ba, 20\u00ba, 26\u00ba, 28\u00ba y 36\u00ba de la Ley N\u00ba 1589-Q, que regula el funcionamiento de las casas de \u00f3ptica de la provincia.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Expropiaci\u00f3n Pampa El Leoncito<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>A instancias del legislador Alfredo Am\u00edn, el cuerpo parlamentario deber\u00e1 considerar si declara de utilidad p\u00fablica y sujeto a expropiaci\u00f3n el inmueble ubicado en la localidad de Barreal, departamento Calingasta, conocido como la Pampa El Leoncito.<\/p>\n<p>En este sentido, declara de utilidad p\u00fablica y sujeto a expropiaci\u00f3n, conforme a la Ley General de Expropiaciones N\u00ba 1000-A, el inmueble identificado como parcela N\u00ba 4 del plano de mensura N\u00ba 16-2394-2013, con nomenclatura catastral N\u00ba 16-20313445, con una superficie, seg\u00fan mensura: de mil ciento cincuenta y ocho hect\u00e1reas (1158 ha) cinco mil ochocientos sesenta y cuatro metros cuadrados con setenta cent\u00e9simas (5864,70 m2) y, seg\u00fan t\u00edtulo de: mil ciento cuarenta y siete hect\u00e1reas (1147 ha) tres mil setecientos ochenta y ocho metros cuadrados con 94 cent\u00e9simas (3788,94 m2).<\/p>\n<p>Se\u00f1ala el proyecto de ley, en el art\u00edculo 2\u00ba, que el inmueble ser\u00e1 destinado a la colonizaci\u00f3n de tierras en los t\u00e9rminos del Art\u00edculo 115\u00ba de la Constituci\u00f3n Provincial y desarrollo de la explotaci\u00f3n sustentable de actividades tur\u00edsticas y deportivas como as\u00ed tambi\u00e9n su revalorizaci\u00f3n hist\u00f3rica, cultural, patrimonial y como lugar de atracci\u00f3n educativa y cultural principales e indispensables del lugar y por su proximidad a la localidad de Barreal, a fin de dar cumplimiento a las pol\u00edticas de Estado, que requiere la realizaci\u00f3n de obras y la prestaci\u00f3n de servicios conforme a las necesidades p\u00fablicas colectivas urgentes y de atenci\u00f3n perentoria e impostergable.<\/p>\n<p>Indica adem\u00e1s que deber\u00e1n proceder al cumplimiento del objetivo previsto en el art\u00edculo 2\u00ba, a cuyos fines resulta imprescindible contar con la posesi\u00f3n y el dominio del inmueble afectado, disp\u00f3nese que el eventual juicio de expropiaci\u00f3n tramitar\u00e1 por las reglas del proceso judicial urgente, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N\u00ba 1000-A.4<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Juez de Paz de Valle F\u00e9rtil y Defensor de J\u00e1chal<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1n considerar la comunicaci\u00f3n de la Corte de Justicia en la que da cuenta de las vacantes de Juez de Paz Letrado del departamento Valle F\u00e9rtil y Defensor General y Asesor de Menores de la Segunda Circunscripci\u00f3n \u2013 J\u00e1chal y comunica las ternas elaboradas por el Consejo de la Magistratura.<\/p>\n<p>Sobre el particular, para el cargo vacante de Juez de Paz Letrado del departamento Valle F\u00e9rtil, la terna est\u00e1 integrada por los abogados Erica Beatriz Costa Barros; Carlos Adri\u00e1n Cuevas y Luis Mar\u00eda Jos\u00e9 Mulleady Quiroga.<\/p>\n<p>En tanto que para el cargo vacante de Defensor General y Asesor de Menores de la Segunda Circunscripci\u00f3n Judicial \u2013 J\u00e1chal, la terna est\u00e1 compuesta por los abogados Jorge Augusto Aguiar; Franklin Ra\u00fal S\u00e1nchez y Juan Antonio Sardi\u00f1a.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Juez de Paz de Santa Luc\u00eda<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los legisladores abordar\u00e1n a continuaci\u00f3n la comunicaci\u00f3n de la Corte de Justicia en la que informa la vacante del cargo de Juez de Paz Letrado del departamento Santa Luc\u00eda y remite la terna elaborada por el Consejo de la Magistratura.<\/p>\n<p>Al respecto, para el cargo vacante de Juez de Paz del departamento Santa Luc\u00eda, la terna est\u00e1 conformada por los abogados Vilma Emilce Balmaceda; Anal\u00eda Beatriz Garc\u00e9s y Ver\u00f3nica Alejandra Montero.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Jueces de C\u00e1mara Civil, Sexto Laboral y de Paz de Caucete<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Los diputados deber\u00e1n considerar luego la comunicaci\u00f3n remitida por la Corte de Justicia donde comunica cargos vacantes a Juez de Paz Letrado (Caucete), Juez del Sexto Juzgado Laboral y Juez de C\u00e1mara Civil y env\u00eda las ternas elaboradas por el Consejo de la Magistratura.<\/p>\n<p>En este sentido, para el cargo vacante de Juez de C\u00e1mara, de la C\u00e1mara Civil, Comercial y Miner\u00eda la terna est\u00e1 integrada por los abogados Elena B. De\u00a0 la Torre de Yanz\u00f3n; Sergio Orlando Rodr\u00edguez y Fernando Vargas.<\/p>\n<p>En el caso del cargo vacante de Juez de Primera Instancia del Sexto Juzgado del Trabajo, la terna est\u00e1 conformada por Mariela Claudia Ber\u00f3n; Mart\u00edn Enrique Pe\u00f1afort y Ana Guillermina Podest\u00e1 de Oro Videla.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, para el cargo vacante de Juez de Paz Letrado del Juzgado de Paz del departamento Caucete, los ternados son los abogados Ricardo An\u00edbal Orellano; Silvina Luciana Salv\u00e1 Mendoza y Ramiro Mart\u00edn S\u00e1nchez Mestre.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #800080\"><strong>Proyectos de Resoluci\u00f3n<\/strong><\/span><\/h3>\n<p>Asimismo, los legisladores deber\u00e1n resolver si aprueban los siguientes proyectos de Resoluci\u00f3n que proponen declarar de Inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #800080\"><strong>Cultural y Tur\u00edstico<\/strong><\/span> a las Fiestas Patronales en honor a Santa B\u00e1rbara, que tendr\u00e1n lugar del 1 al 10 de diciembre del corriente a\u00f1o en el departamento Pocito. (diputado Marcela Monti);<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #800080\">Social y Cultural<\/span><\/strong> a la III Jornada Anual \u201cEl Psicoan\u00e1lisis en la ciudad, trayectos, articulaciones y productos\u201d, que organiza el Centro de Investigaci\u00f3n y Docencia San Juan del Instituto Oscar Masota, que ser\u00e1 llevado a cabo el 7 de diciembre de 2017 en la provincia de San Juan. (diputada Marcela Monti);<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #800080\">Deportivo, Social y Tur\u00edstico<\/span><\/strong> el evento deportivo de Trail Running, denominado \u201cCielo Nocturno\u201d El Cruce Trail, a realizarse el 2 de diciembre de 2017, con partida en el departamento Rivadavia (camping de Rivadavia y Parque Faun\u00edstico) y la llegada en el complejo Punta Tabasco, departamento Ullum. (diputado Leonardo Gioja);<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #800080\">Deportivo y Social<\/span><\/strong> la Fiesta Provincial del F\u00fatbol que ser\u00e1 llevada a cabo el 16 de diciembre del corriente a\u00f1o en la provincia de San Juan. (diputado Eduardo Banega);<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por otra parte, la legisladora Romina Solera propone declarar como Fiesta Provincial, la que es realizada en forma anual en el departamento Ullum, denominada en adelante Fiesta Provincial de Ullum y su espejo. A la vez, solicita que sea incluida en el calendario festivo provincial durante el mes de febrero.<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #800080\">En Archivo Ajunto se encuentra el Proyecto de Ley de Presupuesto y la Modificatoria C\u00f3digo Tributario<\/span><\/strong><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2017\/11\/PROYECTO-DE-LEY-DE-PRESUPUESTO-2018.pdf\">PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO 2018<\/a><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2017\/11\/MODIFICATORIA-CODIGO-TRIBUTARIO.pdf\">MODIFICATORIA CODIGO TRIBUTARIO<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Diputados de San Juan celebra el Jueves, 30 de Noviembre, la Decimocuarta y, a la saz\u00f3n, la<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":7988,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-7985","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7985","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7985"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7985\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7988"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7985"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7985"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7985"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}