{"id":7684,"date":"2017-11-21T20:55:21","date_gmt":"2017-11-21T23:55:21","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=7684"},"modified":"2017-11-23T18:14:13","modified_gmt":"2017-11-23T21:14:13","slug":"proponen-modificacion-a-procedimiento-de-flagrancia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/proponen-modificacion-a-procedimiento-de-flagrancia\/","title":{"rendered":"Proponen modificaci\u00f3n a procedimiento de Flagrancia"},"content":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Diputados de San Juan celebra el Jueves, 23 de Noviembre, la Decimotercera sesi\u00f3n del Per\u00edodo Ordinario en cuyo transcurso son abordados, entre otros temas, trece proyectos de Ley, entre los que sobresale la modificaci\u00f3n al procedimiento de Flagrancia en cuanto al \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n y las medidas alternativas que pueden acordar el Ministerio P\u00fablico Fiscal y la Defensa.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que este jueves tomar\u00e1n estado parlamentario dos mensajes y proyectos de ley remitidos por el Poder Ejecutivo, por un lado, el Presupuesto provincial para el ejercicio fiscal a\u00f1o 2018 y por el otro, la ley Impositiva para el a\u00f1o fiscal 2018.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Modificaci\u00f3n a Flagrancia<\/strong><\/span><\/p>\n<p>A instancias del legislador Dr. Jos\u00e9 Rub\u00e9n U\u00f1ac, el cuerpo parlamentario debe considerar el proyecto de ley que modifica la Ley N\u00ba 1465 que regula el procedimiento de Flagrancia.<\/p>\n<p>En tal sentido, sustituye el Art\u00edculo 3\u00ba de la Ley N\u00ba 1465-O, el cual queda redactado de la siguiente forma:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 3\u00ba- \u00c1mbito de Aplicaci\u00f3n. El Procedimiento de Flagrancia es aplicable cuando se procede a la aprehensi\u00f3n en situaci\u00f3n de flagrancia del sospechoso en comisi\u00f3n o tentativa de delito doloso, cuya escala penal no supere los veinte (20) a\u00f1os de prisi\u00f3n o reclusi\u00f3n, o concurso de delitos en los que cada uno individualmente considerado, no exceda ese l\u00edmite. Quedan excluidos los delitos de competencia correccional, salvo el hurto simple y los tipificados por el Art\u00edculo 189 bis del C\u00f3digo Penal. Cuando un delito correccional no enumerado en las excepciones antes individualizadas concurse con uno de competencia de flagrancia, el delito queda bajo competencia de este sistema. Para determinar la competencia se tiene en cuenta la pena establecida por la ley para el delito consumado y las circunstancias agravantes para su calificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las acciones dependientes de instancia privada y las acciones privadas est\u00e1n excluidas del Procedimiento de Flagrancia\u201d.<\/p>\n<p>Por otra parte, en el art\u00edculo 2\u00ba, es sustituido el Art\u00edculo 16 de la Ley N\u00ba 1465-O, el cual quedar\u00e1 redactado de la siguiente forma:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 16\u00ba -Medidas alternativas. El Ministerio P\u00fablico Fiscal y la Defensa pueden acordar por la aplicaci\u00f3n de los siguientes institutos:<\/p>\n<ol>\n<li>Suspensi\u00f3n del juicio a prueba, si fuere procedente. En tal supuesto y sin m\u00e1s tr\u00e1mite, se resolver\u00e1 de conformidad a lo establecido por la ley procesal.<\/li>\n<li>Mediaci\u00f3n Penal.<\/li>\n<li>Conciliaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Juicio abreviado, procedi\u00e9ndose en lo dem\u00e1s como regula la ley procesal y remiti\u00e9ndose el legajo correspondiente al Juzgado de Ejecuci\u00f3n Penal.<\/li>\n<li>Otras v\u00edas alternativas que puedan poner fin al proceso.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El Ministerio P\u00fablico Fiscal debe exigir, como condici\u00f3n para acceder a acordar los medios alternativos normados en la presente ley, el cumplimiento de algunas de las reglas de conducta previstas en el art\u00edculo 27 bis del C\u00f3digo Penal. El incumplimiento de estas reglas es causal de revocaci\u00f3n del acuerdo logrado, debiendo continuar el proceso de flagrancia de forma inmediata. Las reglas de conducta pueden imponerse durante el plazo de entre dos (2) y cuatro (4) a\u00f1os, seg\u00fan la gravedad del delito.<\/p>\n<p>El Ministerio P\u00fablico Fiscal no puede celebrar acuerdo alguno con la defensa respecto de las medidas alternativas, cuando el hecho de que se trate se hubiere cometido con armas, sin importar en el caso de las armas de fuego, su aptitud para el disparo\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Polilla de la manzana<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Los legisladores deben considerar si ofrecen acuerdo al Mensaje N\u00ba 23 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que aprueba el Contrato de Investigaci\u00f3n N\u00ba 20623 \u201cEvaluaci\u00f3n de la t\u00e9cnica del insecto est\u00e9ril como una herramienta de control para ser aplicada en la supresi\u00f3n de la polilla de la manzana en diferentes \u00e1reas agr\u00edcolas de San Juan, Argentina\u201d, y sus respectivos anexos A, B y C, celebrado entre la provincia de San Juan y la Agencia Internacional de Energ\u00eda At\u00f3mica.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Convenio de Cooperaci\u00f3n con Francia<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El cuerpo parlamentario debe considerar si ofrece acuerdo al Mensaje N\u00ba 106 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que aprueba el convenio de cooperaci\u00f3n suscripto entre la provincia de San Juan y la Embajada de la Rep\u00fablica de Francia en la Argentina, con el objeto de desarrollar programas y actividades de capacitaci\u00f3n ling\u00fc\u00edstica en el idioma franc\u00e9s.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Sitio Hist\u00f3rico en Calingasta<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Los legisladores deben considerar luego en forma conjunta el Mensaje N\u00ba 0006 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de San Juan y Sitio Hist\u00f3rico Provincial, el \u00e1rea que abarca el Cruce de los Andes-Paso de las Llaretas-Valle Los Patos y Paso de Guana, ubicado en el departamento Calingasta y el proyecto de ley presentado por el diputado Alfredo Am\u00edn, por el que propone la creaci\u00f3n del Parque Provincial Mercedario, en el departamento Calingasta.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Imposici\u00f3n de nombre a Escuela de Ullum<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Los legisladores deben considerar si otorgan conformidad al Mensaje N\u00ba 79 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que propone imponer el nombre de Escuela de Nivel Inicial Mafalda, a la Escuela de Nivel Inicial N\u00ba 43, creada por Resoluci\u00f3n N\u00ba 3242-ME-2016, ubicada en el departamento Ullum, dependiente de la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n Inicial del Ministerio de Educaci\u00f3n de la provincia de San Juan.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Imposici\u00f3n de nombre a Escuela de Rivadavia<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, los diputados deben dirimir si ofrecen acuerdo al Mensaje N\u00ba 81 y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que propone imponer el nombre de Escuela Primaria Nuevo Cuyo, a la Escuela de Educaci\u00f3n Primaria creada por Resoluci\u00f3n N\u00ba 0935-ME-2016, ubicada en el departamento Rivadavia, dependiente de la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n Primaria del Ministerio de Educaci\u00f3n de la provincia de San Juan.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Pr\u00f3rroga de Emergencia H\u00eddrica<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Sobre tablas, el plenario considera el proyecto de Ley Interbloque, que establece la pr\u00f3rroga de la vigencia de la Ley N\u00ba 1263-L, por el t\u00e9rmino de un a\u00f1o a partir del 26 de noviembre de 2017. (por la que declara la Emergencia H\u00eddrica en todo el territorio de la provincia de San Juan).<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Pr\u00f3rroga de Emergencia Social<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n sobre tablas, deben abordar el tratamiento de esta iniciativa Interbloque que propone prorrogar desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, lo dispuesto en la Ley N\u00ba1266-P.<\/p>\n<p>A la vez, propone suspender los procesos de ejecuci\u00f3n por cobro de honorarios desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Pr\u00f3rroga de Emergencia Servicios Seguridad<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por \u00faltimo, los legisladores sobre tablas consideran este proyecto de ley Interbloque que propone prorrogar desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, la declaraci\u00f3n de Estado de Emergencia P\u00fablica en todo el \u00e1mbito de la provincia de San Juan y la declaraci\u00f3n de Estado de Emergencia de los Servicios de Seguridad que prestan la Polic\u00eda de San Juan y el Servicio Penitenciario Provincial, dispuesto por las Leyes N\u00ba 783-P y 969-P.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Prevenci\u00f3n para adultos mayores<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, es el turno del tratamiento conjunto de una iniciativa de ley presentada por el Bloque Compromiso con San Juan y otra del bloque Justicialista, de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n integral contra los abusos y maltratos a adultos mayores<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Tribunal de Cuentas<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El cuerpo debe considerar en primer t\u00e9rmino la nota de la titular de la Vocal\u00eda IV del Tribunal de Cuentas de la provincia, CPN Mar\u00eda Laura Yanz\u00f3n, por la que eleva dictamen en referencia a la presentaci\u00f3n efectuada de la Cuenta General del a\u00f1o 2014 del Tribunal de Cuentas.<\/p>\n<p>Acto seguido, debe hacer lo propio con la nota de la titular de la Vocal\u00eda IV del Tribunal de Cuentas de la provincia, CPN Mar\u00eda Laura Yanz\u00f3n, por la que eleva dictamen en referencia a la presentaci\u00f3n efectuada de la Cuenta General del a\u00f1o 2015 del Tribunal de Cuentas.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Renuncia de diputados<\/strong><\/span><\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, el cuerpo parlamentario debe considerar la nota de la diputada Cristina del Carmen L\u00f3pez, por la que presenta su renuncia al cargo de diputada provincial en representaci\u00f3n del departamento Albard\u00f3n, por haber sido electa senadora nacional.<\/p>\n<p>En id\u00e9ntico sentido, debe ser debatida la nota del diputado Dr. Jos\u00e9 Rub\u00e9n U\u00f1ac, por la que presenta su renuncia al cargo de diputado provincial por haber sido electo senador nacional.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Proyectos de Resoluci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, el plenario debe considerar y resolver si declara de Inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #800080\"><strong>Deportivo, Social y Cultural<\/strong> <\/span>el torneo Future Argentina Copa F12, que ser\u00e1 realizado desde el 2 al 9 de diciembre de 2017, en la sede del San Juan Lawn Tenis y subsede Club Banco Hispano. (diputado Gustavo Us\u00edn)<\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #800080\"><strong>Proyectos que son girados a las comisiones<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otra parte, son remitidos a estudio y an\u00e1lisis de las respectivas comisiones, el siguiente\u00a0 proyecto de Ley que propone:<\/p>\n<ul>\n<li><strong><span style=\"color: #800080\">Imponer el nombre<\/span><\/strong> de Escuela de Educaci\u00f3n Especial Jos\u00e9 de Cupertino, a la Escuela de Educaci\u00f3n Especial M\u00faltiple del departamento Rivadavia. (diputado Sergio Miodowsky);<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asimismo, son girado a estudio de las comisiones, el siguiente proyecto de resoluci\u00f3n que propone declarar de Inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #800080\"><strong>Cultural, Art\u00edstico y Social<\/strong><\/span> el Ballet de los Andes de Rivadavia. (diputado Sergio Miodowsky).<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Diputados de San Juan celebra el Jueves, 23 de Noviembre, la Decimotercera sesi\u00f3n del Per\u00edodo Ordinario en<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":2203,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-7684","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7684","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7684"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7684\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2203"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7684"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7684"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7684"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}