{"id":53283,"date":"2022-10-04T21:28:35","date_gmt":"2022-10-05T00:28:35","guid":{"rendered":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=53283"},"modified":"2022-10-07T02:00:46","modified_gmt":"2022-10-07T05:00:46","slug":"definieron-el-temario-de-la-decimotercera-sesion-durante-la-labor-parlamentaria-de-san-juan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/definieron-el-temario-de-la-decimotercera-sesion-durante-la-labor-parlamentaria-de-san-juan\/","title":{"rendered":"Definieron el temario de la Decimotercera sesi\u00f3n durante la Labor Parlamentaria de San Juan"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Los legisladores de San Juan en reuni\u00f3n de Labor Parlamentaria, en el marco de un encuentro encabezado por el vicegobernador y presidente nato de la C\u00e1mara de Diputados, Roberto Gattoni y los titulares de los bloques, en cuyo transcurso seleccionaron el temario que conformar\u00e1 el Orden del D\u00eda de la Decimotercera Sesi\u00f3n del per\u00edodo ordinario, que ser\u00e1 cumplida el pr\u00f3ximo jueves 6 de octubre, a partir de las 9.30 horas.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>En la ocasi\u00f3n, el responsable de la Casa de las Leyes estuvo flanqueado por el secretario Legislativo, Nicol\u00e1s Alvo y estuvieron presentes los vicepresidentes segundo y alterno del cuerpo, Carlos Platero y Edgardo Sancassani, respectivamente y los presidentes de los bloques Justicialista, Juan Carlos Abarca; Producci\u00f3n y Trabajo, Sergio Miodowsky; Bloquista, Andr\u00e9s Chanampa; CONFE-Somos San Juan, Florencia Pe\u00f1aloza; Lealtad Justicialista, Juan Carlos Gioja; Frente Grande-Unidad Ciudadana, Horacio Quiroga; Del Este, Marcelo Mallea; San Juan Primero, Enrique Monta\u00f1o y ACTUAR, Gustavo Us\u00edn.<\/p>\n<p>En el transcurso de la reuni\u00f3n, resolvieron incluir los siguientes temas en el Orden del D\u00eda:<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Ley sobre Vigilancia, Custodia y Seguridad<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Con despacho favorable de las respectivas comisiones, el cuerpo parlamentario debatir\u00e1 en el recinto el Mensaje N\u00b0 51 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo de la provincia por el que es subrogado el texto de la Ley N\u00b0 926-R, que regula los servicios de Vigilancia, Custodia y Seguridad y es modificado por un nuevo texto que contempla 35 art\u00edculos y uno de forma.<\/p>\n<p>En tal sentido, a partir de la Ley N\u00b0 926-R y luego de diecis\u00e9is a\u00f1os desde su concepci\u00f3n, las actividades de seguridad privada fueron increment\u00e1ndose en forma cada vez mayor y adem\u00e1s hubo una diversificaci\u00f3n de servicios que no estaban contemplados.<\/p>\n<p>Al respecto, el proyecto propone una reforma manteniendo la misma estructura, abordando modificaciones necesarias a fin de adaptar la misma a las exigencias actuales.<\/p>\n<p>Es reconocida una esfera de libertad de los ciudadanos para adoptar las medidas de seguridad que estimen convenientes, para el cuidado de su persona y sus bienes, en virtud de lo cual el desarrollo de la seguridad privada alcanz\u00f3 inter\u00e9s p\u00fablico, a trav\u00e9s del debido control del Estado, sin el cual las medidas de seguridad privada pueden redundar en riesgos a las personas, es por ello que en aras de resguardar la seguridad p\u00fablica: el Estado regule adecuadamente la seguridad privada a fin de ser \u00e9sta coadyuvante de la primera.<\/p>\n<p>A partir de un planteo de reforma de la Ley N\u00b0 926-R presentada por los integrantes de la Comisi\u00f3n Directiva de la C\u00e1mara de Empresas de Seguridad de San Juan (CAESI) y con el objetivo de actualizar y ajustar la\u00a0normativa vigente a los requerimientos y exigencias de contrataci\u00f3n de las empresas que brindan los mencionados servicios en el \u00e1mbito de la provincia de San Juan, se conform\u00f3 una comisi\u00f3n de trabajo, formada por representantes de CAESI, integrantes de la Secretar\u00eda de Seguridad, personal de la Polic\u00eda de San Juan y representantes del gremio que nuclea a los trabajadores de la seguridad, llevando a cabo la misi\u00f3n de revisar, elaborar, opinar, emitiendo opiniones sobre la actual Ley de seguridad privada, llegando a un consenso sobre los diferentes puntos planteados y logrando a trav\u00e9s del mismo el proyecto que se pone a consideraci\u00f3n.<\/p>\n<p>El presente proyecto de reforma a la Ley 926- R, mantiene, casi la misma estructura de treinta y seis art\u00edculos reunidos en catorce t\u00edtulos, en donde se abordan las modificaciones necesarias.<\/p>\n<p>Se definen actividades propias de la seguridad privada no contempladas en la ley. Se propone una terminolog\u00eda apropiada a la actividad y se ordenan las seis principales prestaciones de &#8216;servicio que las empresas desarrollan, algunas de ellas sin estar reguladas por la ley actual:<\/p>\n<p>Se contempla la vigilancia privada se limita a las actividades de seguridad, custodia y guardia de personas y bienes en lugares fijos, separ\u00e1ndose del servicio de porter\u00eda y del de vigilancia de locales bailables y de diyersi\u00f3n nocturna, los cuales son incorporados en los incisos b) y d) respectivamente, por, las caracter\u00edsticas propias de los mismos.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se define la prestaci\u00f3n de servicio de seguridad de porter\u00eda tanto de d\u00eda como de noche en la modalidad de serenos. Esta actividad ha crecido enormemente con la llegada de nuevos conjuntos habitacionales en la provincia, por lo que es de suma importancia su inclusi\u00f3n, tratamiento y regulaci\u00f3n por separado de las dem\u00e1s actividades, principalmente la actividad de los serenos.<\/p>\n<p>Se mantiene la actividad de instalaci\u00f3n de alarmas y sistemas de vigilancia, con una adecuaci\u00f3n del concepto de la prestaci\u00f3n de servicio de vigilancia por medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>Se define la prestaci\u00f3n del servicio de vigilancia de locales bailables y de diversi\u00f3n nocturna, como tambi\u00e9n de los locales destinados a eventos o fiestas ocasionales, tratando en su conjunto a las actividades recreativas o festivas.<\/p>\n<p>Se incorpora a los servicios de seguridad privada, una actividad de alto impacto en la sociedad, muy requerido por la ciudadan\u00eda y no regulado hasta el momento por la legislaci\u00f3n provincial. Las custodias personales privadas son actividades que tienen car\u00e1cter exclusivo y excluyente del resto, por lo que es necesaria su incorporaci\u00f3n en la normativa, como se propone en el proyecto de reforma.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Empleados a planta permanente<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Con despacho favorable de las comisiones intervinientes, los legisladores considerar\u00e1n en el transcurso de la sesi\u00f3n, el Mensaje N\u00b0 52 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que incorpora a planta permanente de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial de San Juan, a todas las personas que cumplan\u00a0con los requisitos exigidos por la presente Ley y su reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entre otros aspectos, establece que el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n alcanza a la Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial Centralizada, Descentralizada o Aut\u00e1rquica, cuyo personal sea designado o promovido por el Poder Ejecutivo Provincial.<\/p>\n<p>Por otra parte, no alcanza y, en consecuencia no pueden participar del proceso de selecci\u00f3n:<\/p>\n<p>1\u00b0) Las personas que cumplan funciones en el marco de Programas de Becas y\/o<\/p>\n<p>Pasant\u00edas Nacionales, Provinciales o Municipales o con financiamiento total o parcial de organismos o entidades nacionales o internacionales;<\/p>\n<p>2\u00b0) Las personas vinculadas por cualquier otra forma de contrataci\u00f3n que no sea espec\u00edficamente la regulada por la Ley N\u00b0 793-A.<\/p>\n<p>Asimismo, establece el proceso de selecci\u00f3n a efectos de establecer las personas que se encuentran en condiciones de ingresar a Planta Permanente.<\/p>\n<p>Sobre el particular, son condiciones para poder participar del Proceso de\u00a0Selecci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Haber tenido un contrato bajo el r\u00e9gimen establecido en la Ley Provincial N\u00b0793-A. La contrataci\u00f3n debe haber estado vigente al 31 de diciembre de 2018 y entre el 01 de enero de 2019 y la fecha de sanci\u00f3n de la presente Ley, contar con al menos veinticuatro (24) meses de contrataci\u00f3n, consecutivos o alternados;<\/li>\n<li>No estar en condiciones de acceder a alguno de los beneficios jubilatorios;<\/li>\n<li>Haber demostrado experiencia, conocimiento y eficiencia para el trabajo, situaci\u00f3n que deber\u00e1 ser certificada por la Autoridad donde desempe\u00f1\u00f3 los servicios de colaboraci\u00f3n;<\/li>\n<li>Haber alcanzado educaci\u00f3n formal seg\u00fan corresponda a cada carrera y agrupamiento al que aspire ingresar, conforme lo dispuesto en las leyes que rigen los distintos estatutos y escalafones de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial y lo que establezca la reglamentaci\u00f3n de la presente Ley;<\/li>\n<li>Aprobar la capacitaci\u00f3n que, por reglamentaci\u00f3n, se establezca con relaci\u00f3n directa a cada cargo a cubrir;<\/li>\n<li>No encontrarse incurso en algunas de las causales previstas en el Art\u00edculo 17\u00b0 de la Ley N\u00b0 142-A y de las que establezcan otros escalafones aplicables para los respectivos ingresos;<\/li>\n<li>Acreditar aptitud psico-f\u00edsica certificada por la Direcci\u00f3n de Control y Reconocimientos M\u00e9dicos del Ministerio de Salud P\u00fablica;<\/li>\n<li>Cumplir con la -totalidad de los requisitos administrativos que se especifica en la presente Ley y los que se establezcan en la reglamentaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Convenio con el Ministerio de Desarrollo Productivo<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n con despacho positivo, el plenario deber\u00e1 considerar el Mensaje N\u00b0 54 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que deber\u00e1n dar acuerdo a la aprobaci\u00f3n del Acta de Implementaci\u00f3n e Intenci\u00f3n, suscripta entre la Secretaria de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo representado por el entonces titular Mat\u00edas Kulfas y el Gobierno de San Juan, representado por el gobernador Sergio Mauricio U\u00f1ac.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Programa de Erradicaci\u00f3n de la Polilla de la Vid<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otra parte, con despacho favorable de las respectivas comisiones los legisladores deber\u00e1n considerar el Mensaje N\u00b0 56 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que deber\u00e1n otorgar acuerdo a la aprobaci\u00f3n de la \u00abCarta Acuerdo Complementaria N\u00b0 4 (Ley N\u00b0 27.233), en el Marco del Programa Nacional de Prevenci\u00f3n y Erradicaci\u00f3n de la Polilla de la Vid (Lobesia Botrana) y Anexos I y II\u00bb, suscripta el d\u00eda 30 de Junio de 2022, entre el Servicio Nacional de\u00a0Sanidad y Calidad Agroalimentafia, SENASA, representada por la presidente\u00a0Diana Mar\u00eda Guill\u00e9n y el Gobierno de San Juan, representado por el ministro de Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico de la Provincia de San Juan, Emilio Ariel Lucero.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Subsidio a municipios por m\u00e1s de 200 millones de pesos<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, con despacho positivo de las comisiones, los legisladores considerar\u00e1n el Mensaje N\u00b0 58 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que es otorgado un subsidio por la suma de Pesos Doscientos Dos Millones ($ 202.000.000,00), a los Municipios de la provincia, a distribuir seg\u00fan Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente Ley.<\/p>\n<p>Por otra parte, es facultado el Poder Ejecutivo para que, a trav\u00e9s del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias que fueren necesarias, a fin del cumplimiento de lo dispuesto en el art\u00edculo 1\u00b0, en el Ejercicio Fiscal 2022.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Proyectos de Resoluci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Con despacho positivo de las comisiones correspondientes, los legisladores deber\u00e1n considerar los siguientes proyectos de Resoluci\u00f3n que proponen declarar de Inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li>Cultural el \u00abArt Shopping Paris 2022, a desarrollarse en la semana Internacional del Arte Contempor\u00e1neo los d\u00edas 21, 22, y 23 de Octubre en El Carrousel del Museo del Louvre\u00bb, en el que participar\u00e1 la ciudadana sanjuanina Guadalupe Daneri, DM 25.649.112. (diputada Celina Ramella);<\/li>\n<li>Cient\u00edfico, Tecnol\u00f3gico y Social, la IX Exposici\u00f3n Internacional \u00abSan Juan, factor de desarrollo de la Miner\u00eda Argentina\u00bb, que se realizar\u00e1 en el Costanera Complejo Ferial, Chimbas, provincia de San Juan desde el d\u00eda 12 hasta el d\u00eda 14 de octubre de 2022. (diputada Celina Ramella);<\/li>\n<li>Cient\u00edfico, Educativo y Social, el Congreso \u00abLas Infancias puestas bajo la lupa\u00bb, organizado por la \u00abRed Pikler\u00bb San Juan y Fundaci\u00f3n Constancia y Acci\u00f3n \u00abFUNCA\u00bb, a realizarse en la provincia de San Juan, desde el d\u00eda 13 hasta el d\u00eda 15 de octubre de 2022. (diputada Celina Ramella), y<\/li>\n<li>Social y Estrat\u00e9gico para el desarrollo local, la ampliaci\u00f3n de la red para provisi\u00f3n del servicio de gas a los vecinos de ruta 40 y Sarmiento, en el departamento de Albard\u00f3n. (diputado Juan Carlos Abarca).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por otra parte, tambi\u00e9n con despacho favorable surge una iniciativa Interbloque que propone declarar \u201cel benepl\u00e1cito al Proyecto de Ley por el que se declara Patrimonio\u00a0Inmaterial de la Naci\u00f3n, al ritual y pr\u00e1cticas que se celebran anualmente en el\u00a0Paraje de la Difunta Correa en la provincia de San Juan\u00bb.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Proyectos de Comunicaci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n con despacho favorable de las comisiones respectivas, ser\u00e1n analizados los siguientes proyectos de Comunicaci\u00f3n que proponen requerir al Poder Ejecutivo que:<\/p>\n<ul>\n<li>desarrolle las acciones necesarias para la construcci\u00f3n del Puente en la ruta provincial N\u00b0 60, a la altura del r\u00edo La Traves\u00eda, conocido como R\u00edo Seco, en el departamento Ullum (diputado Alfredo Sim\u00f3n Ortiz);<\/li>\n<li>realice la gesti\u00f3n necesaria ante las autoridades del Banco San Juan S.A. a los efectos que se instale y pongan en funcionamiento a la brevedad cajeros autom\u00e1ticos en los distritos de Iglesia, Las Flores, Tudcum, Angualasto en el departamento Iglesia. (diputado Mauro Marinero);<\/li>\n<li>ante la implementaci\u00f3n del R\u00e9gimen de Segmentaci\u00f3n Energ\u00e9tica para todo el territorio nacional, ver\u00eda con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a trav\u00e9s de las dependencias burocr\u00e1ticas pertinentes, trabaje en la b\u00fasqueda de alternativas factibles de aplicaci\u00f3n, tendientes a atenuar el impacto tarifario que recaer\u00e1 sobre los consumos de energ\u00eda el\u00e9ctrica de las Uniones Vecinales Distribuidoras de Agua Potable, nucleadas en la Federaci\u00f3n de Uniones Vecinales Distribuidoras de Agua Potable (F.U.V.A.P.), y se remita igual petitorio a las autoridades nacionales correspondientes, para que en uso de sus facultades . (diputado Jorge Barifusa);<\/li>\n<li>concrete las obras de urbanizaci\u00f3n de la traza de calle Manuel Lemos en el tramo comprendido entre calle Agust\u00edn G\u00f3mez (Calle 5) y calle Casta\u00f1o del departamento Rawson. \u00a0(diputados Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y Graciela Seva);<\/li>\n<li>informe de gastos realizados en distintas actividades realizadas durante el a\u00f1o 2022 en distintos lugares de la provincia. (Interbloque Con Vos).<\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<p>Publicado el Martes, 04 de Octubre de 2022<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los legisladores de San Juan en reuni\u00f3n de Labor Parlamentaria, en el marco de un encuentro encabezado por el vicegobernador<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":53326,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-53283","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53283","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53283"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53283\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":53327,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53283\/revisions\/53327"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/53326"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53283"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53283"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53283"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}