{"id":50507,"date":"2022-07-05T21:14:59","date_gmt":"2022-07-06T00:14:59","guid":{"rendered":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=50507"},"modified":"2022-07-09T00:23:24","modified_gmt":"2022-07-09T03:23:24","slug":"definieron-el-temario-de-la-la-septima-sesion-en-labor-parlamentaria-de-san-juan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/definieron-el-temario-de-la-la-septima-sesion-en-labor-parlamentaria-de-san-juan\/","title":{"rendered":"Definieron el temario de la la S\u00e9ptima Sesi\u00f3n en Labor Parlamentaria de San Juan"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Es uno de los asuntos que fue definido en la conformaci\u00f3n del orden del d\u00eda, durante la reuni\u00f3n de Labor Parlamentaria, para ser tratado en la S\u00e9ptima Sesi\u00f3n del per\u00edodo ordinario, el Jueves, 7 de Julio, a partir de las 9.30 horas.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>La reuni\u00f3n estuvo encabezada por el vicepresidente primero de la C\u00e1mara de Diputados, legislador Eduardo Cabello. \u00a0Acompa\u00f1\u00f3 el secretario Legislativo, Dr. Nicol\u00e1s Alvo; el vicepresidente segundo, legislador Carlos Platero; el vicepresidente alterno, diputado Dr. Edgardo Sancassani; los legisladores presidentes de los bloques, Justicialista, Juan Carlos Abarca; San Juan Primero, Enrique Monta\u00f1o; Actuar, Gustavo Us\u00edn; Frente Grande, diputado Horacio Quiroga; y PRO-Juntos por el Cambio, Enzo Cornejo.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n abordar\u00e1n los siguientes asuntos:<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Ficha Limpia<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tras el despacho favorable emitido por las comisiones de Legislaci\u00f3n y Asuntos Constitucionales &#8211; LAC &#8211; y Justicia y Seguridad, el cuerpo legislativo pondr\u00e1 a consideraci\u00f3n un proyecto de Ley que fue elaborado en base dos iniciativas presentadas, una por el diputado Andr\u00e9s Chanampa y otra por el diputado Enzo Cornejo.<\/p>\n<p>El proyecto propone, por un lado, modificar el art\u00edculo 35\u00ba de la Ley N\u00ba 815-N \u201cEstatuto de los Partidos Pol\u00edticos\u201d, el cual quedar\u00e1 redactado de la siguiente manera:<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\">\u00ab<strong>ART\u00cdCULO 35\u00ba<\/strong><\/span>.- Inhabilidades: No podr\u00e1n ser precandidatos o candidatos a cargos p\u00fablicos electivos, ni ser designados para ejercer cargos partidarios:<\/p>\n<p>1) Los excluidos del Registro Nacional y Provincial de electores como consecuencia de disposiciones legales vigentes.<\/p>\n<p>2) El personal superior y subalterno de las Fuerzas Armadas de la Naci\u00f3n en actividad o en situaci\u00f3n de retiro, cuando hayan sido llamados a prestar servicios.<\/p>\n<p>3) El personal superior y subalterno de las Fuerzas de Seguridad de la Naci\u00f3n o de la Provincia en actividad o retirados, llamados a prestar servicios.<\/p>\n<p>4) Los magistrados, miembros del Ministerio P\u00fablico y funcionarios del Poder Judicial de la Naci\u00f3n, de la Provincia y Tribunales de Faltas Provinciales o Municipales.<\/p>\n<p>5) Los que desempe\u00f1aren cargos directivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras p\u00fablicas en cualquier jurisdicci\u00f3n o de empresas privadas que exploten juegos de azar.<\/p>\n<p>6) Las personas condenadas penalmente, con sentencia ejecutoriada, por genocidio, cr\u00edmenes de lesa humanidad o cr\u00edmenes de guerra, hechos de represi\u00f3n ilegal constitutivos de graves violaciones de derechos humanos, torturas, desaparici\u00f3n forzada de personas, apropiaci\u00f3n de ni\u00f1os y otras violaciones graves de derechos humanos o cuyas conductas criminales se encuentren tipificadas en el Estatuto de Roma como cr\u00edmenes de competencia de la Corte Penal Internacional.<\/p>\n<p>7) Las personas condenadas por los cr\u00edmenes descriptos en el inciso anterior aun cuando la resoluci\u00f3n judicial no fuere susceptible de ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>8) Las personas condenadas penalmente con sentencia ejecutoriada, por el t\u00e9rmino de la condena, por:<\/p>\n<p>a) Delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica comprendidos en los Cap\u00edtulos VI, VII, VIII, IX, IX bis y XIII del T\u00edtulo XI del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>b) Delitos contra el orden econ\u00f3mico y financiero comprendidos en el T\u00edtulo XIII del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>c) Delitos contra las personas comprendidos en los art\u00edculos 79; 80; 89 a 92, en virtud del art\u00edculo 80, incisos 1) y 11); 95 cuando el resultado sea la muerte; 106 tercer p\u00e1rrafo del T\u00edtulo I del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>d) Delitos contra la integridad sexual comprendidos en los art\u00edculos 119, 120, 124 a 128, 130, 131 y 133 del T\u00edtulo III del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>e) Delitos contra el estado civil comprendidos en los art\u00edculos 138, 139 y 139 bis del T\u00edtulo IV del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>f) Delitos contra la libertad comprendidos en los art\u00edculos 140, 141, 142, 142 bis, 142 ter, 144 ter, 145 bis, 145 ter, 146, 147, 148 bis y 149 bis \u00faltimo apartado y 149 ter del T\u00edtulo V del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>g) Delitos contra la propiedad comprendidos en los art\u00edculos 165, 168, 170, 174 inc. 5), del T\u00edtulo VI del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>h) Delitos contra los poderes p\u00fablicos y el orden constitucional del T\u00edtulo IX del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal.\u201d<\/p>\n<p>Por otro lado, propone sustituir el art\u00edculo 38 de la Ley N\u00b0 560-E, Ley de \u00c9tica P\u00fablica, por el siguiente texto:<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\">\u00ab<strong>ART\u00cdCULO 38\u00ba.-<\/strong>\u00a0<strong>Prohibici\u00f3n de designar<\/strong>:<\/span> No podr\u00e1 ser designada para ejercer cargos pol\u00edticos, no electivos, la persona condenada penalmente con sentencia ejecutoriada, por el t\u00e9rmino de la condena, por:<\/p>\n<p>1) Delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica comprendidos en los Cap\u00edtulos VI, VII, VIII, IX, IX bis y XIII del T\u00edtulo XI del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>2) Delitos contra el orden econ\u00f3mico y financiero comprendidos en el T\u00edtulo XIII del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>3) Delitos contra las personas comprendidos en los art\u00edculos 79; 80; 89 a 92, en virtud del art\u00edculo 80, incisos 1) y 11); 95 cuando el resultado sea la muerte; 106 tercer p\u00e1rrafo del T\u00edtulo I del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>4) Delitos contra la integridad sexual comprendidos en los art\u00edculos 119, 120, 124 a 128, 130, 131 y 133 del T\u00edtulo III del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>5) Delitos contra el estado civil comprendidos en los art\u00edculos 138, 139 y 139 bis del T\u00edtulo IV del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>6) Delitos contra la libertad comprendidos en los art\u00edculos 140, 141, 142, 142 bis, 142 ter, 144 ter, 145 bis, 145 ter, 146, 147, 148 bis y 149 bis \u00faltimo apartado y 149 ter del T\u00edtulo V del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>7) Delitos contra la propiedad comprendidos en los art\u00edculos 165, 168, 170, 174 inc. 5), del T\u00edtulo VI del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal;<\/p>\n<p>8) Delitos contra los poderes p\u00fablicos y el orden constitucional del T\u00edtulo IX del Libro Segundo del C\u00f3digo Penal.\u201d<\/p>\n<p>Asimismo, sustituye el art\u00edculo 39 de la Ley antes mencionada, \u00c9tica P\u00fablica, con el siguiente texto:<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\">\u00ab<strong>ART\u00cdCULO 39\u00ba.-\u00a0Funcionario condenado<\/strong>:<\/span> Todo funcionario de rango pol\u00edtico, salvo los pasibles de Juicio Pol\u00edtico y Jurado de Enjuiciamiento, que en el ejercicio de sus funciones fuere condenado por los delitos del art\u00edculo 38 de la presente ley, cesar\u00e1 en sus funciones a partir de que la sentencia tenga fuerza ejecutoria, por considerarse tal circunstancia \u00e9tica y pol\u00edticamente incompatible con la funci\u00f3n.\u00bb<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Creaci\u00f3n del Fondo Fiduciario para viviendas<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, la Legislatura tratar\u00e1 un proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo mediante Mensaje n\u00ba17, que propone la creaci\u00f3n del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Viviendas (FODEVI), el cual tuvo despacho positivo de las comisiones de LAC, Obras y Servicios P\u00fablicos, y Hacienda y Presupuesto.<\/p>\n<p>Este asunto tiene por objeto financiar, bajo cualquier modalidad, la ejecuci\u00f3n de obras y emprendimientos habitacionales en la provincia de San Juan, as\u00ed como promover la participaci\u00f3n privada en la construcci\u00f3n, mantenimiento, operaci\u00f3n y financiamiento de las obras p\u00fablicas autorizadas por la presente Ley.<\/p>\n<p>En este sentido, el proyecto establece que los recursos que se asignen al FODEVI deben destinarse a:<\/p>\n<p>1\u00b0) La construcci\u00f3n de viviendas y desarrollo integral de proyectos urban\u00edsticos e inmobiliarios para el acceso a la vivienda, de conformidad con las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso y las que determine el Comit\u00e9 Ejecutivo que se realizan con el objeto de mejorar y facilitar el acceso a la vivienda.<\/p>\n<p>2\u00b0) El otorgamiento de cr\u00e9ditos hipotecarios para la adquisici\u00f3n o construcci\u00f3n de viviendas de conformidad con las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso y las que determine el Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p>\n<p>3\u00b0) La realizaci\u00f3n de aportes o contribuciones a fideicomisos para obras de construcci\u00f3n de viviendas y desarrollo integral de proyectos urban\u00edsticos e inmobiliarios en el territorio de la Provincia de San Juan.<\/p>\n<p>4\u00b0) La realizaci\u00f3n de actos de administraci\u00f3n que produzcan recursos al FODEVI, como la locaci\u00f3n, usufructo, concesi\u00f3n, fideicomisos o ser afectados como garant\u00eda en los t\u00e9rminos y condiciones legales aplicables y con autorizaci\u00f3n del Comit\u00e9 Ejecutivo. Asimismo, y en garant\u00eda de las obligaciones a su cargo, el FODEVI puede constituir o mantener un fondo que act\u00fae como reserva de dichas obligaciones en las condiciones que establezca el Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p>\n<p>5\u00b0) Otros destinos relacionados con el acceso a la vivienda que determine el Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Convenio con el Instituto Nacional de Asociativismo y Econom\u00eda Social<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Despu\u00e9s, los diputados y diputadas deliberar\u00e1n sobre un proyecto de Ley del Poder Ejecutivo, mediante Mensaje N\u00ba 25, el cual propone ratificar un convenio celebrado entre el Instituto Nacional de Asociativismo y Econom\u00eda Social (INAES), y el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoci\u00f3n Social de nuestra provincia. Este asunto fue abordado en las comisiones de LAC, Familia y Desarrollo Humano, y Hacienda y Presupuesto.<\/p>\n<p>El objeto de este acuerdo consiste en brindar apoyo econ\u00f3mico para el desarrollo y ejecuci\u00f3n de los diferentes programas y proyectos, promover la regulaci\u00f3n de las entidades, profundizar propuestas de cooperativismo y autogesti\u00f3n, fortalecer el acceso de instancia de capacitaci\u00f3n, fomentar la compra p\u00fablica de producci\u00f3n y o servicios provistos por empresas sociales que sin este fondo no cuentan con los recursos necesarios para hacer frente a los costos operativos de insumos y tiempos de pago estatal, avanzar en el fortalecimiento de la producci\u00f3n social, solidaria y popular de la provincia.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Colaboraci\u00f3n mutua entre Salud P\u00fablica y la Universidad Nacional Arturo Jauretche<\/strong><\/span><\/p>\n<p>M\u00e1s tarde, el cuerpo parlamentario abordar\u00e1 un proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje n\u00ba28, con despacho favorable de las comisiones de LAC y Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y T\u00e9cnica. El asunto propone aprobar un convenio Marco de Cooperaci\u00f3n T\u00e9cnica y Fortalecimiento firmado el 1 de diciembre del 2021 entre el Ministerio de Salud P\u00fablica de la Provincia de San Juan y la Universidad Nacional Arturo Jauretche (UN\u00c1J).<\/p>\n<p>El objeto de este acuerdo es llevar a cabo la promoci\u00f3n de acciones conjuntas realizando aportes comunes en raz\u00f3n de su naturaleza acad\u00e9mica, cient\u00edfica, cultural y\/o emprendedora, seg\u00fan corresponda, tendientes a crear lazos de cooperaci\u00f3n y complementaci\u00f3n, con el objetivo de promover la colaboraci\u00f3n y realizar actividades, fortalecimiento en \u00e1reas de inter\u00e9s com\u00fan.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Modificaci\u00f3n de la Ley 1019-A<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Posteriormente, los legisladores y legisladoras abordar\u00e1n un proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje n\u00ba 29, el cual propone modificar el art\u00edculo primero de la Ley 1019-A, por la que se retrotrae el dominio privado del Estado Provincial, un inmueble ubicado en el departamento de Rivadavia donado al Autom\u00f3vil Club Argentina. Este punto del orden del d\u00eda obtuvo despacho de las comisiones de LAC y Obras y Servicios P\u00fablicos.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Pr\u00f3rroga de la emergencia de la infraestructura de los servicios de seguridad<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Seguidamente, la C\u00e1mara de Diputados pondr\u00e1 a consideraci\u00f3n un proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante Mensaje N\u00ba 30, el cual propone sustituir el art\u00edculo 2\u00ba de la Ley 1784-P para retrotraer al Dominio Privado del Estado Provincial, el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral N\u00b0 02-20-430750. Esta reforma resulta necesaria al existir discordancia entre las diversas normas dictadas sobre la materia (Leyes N\u00b0 3633; 3934; 7966; 8111 y 1019-A), ya que aluden al inmueble en cuesti\u00f3n como Fracci\u00f3n \u00abAl\u00bb del Plano de Mensura N\u00b0 02-1133-69, con Nomenclatura Catastral N\u00b0 02-20-520750, siendo conecto que se refiera al inmueble identificado como: \u00abLote A del Plano de Mensura N\u00b0 02-1133-69, con nomenclatura Catastral N\u00b0 02-20-530750, departamento Rivadavia, Titular de Dominio: Autom\u00f3vil Club Argentino.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que la correcta individualizaci\u00f3n del inmueble en la ley que dispone retrotraer el dominio, es necesaria para que Fiscal\u00eda de Estado interponga eficazmente la acci\u00f3n judicial de revocaci\u00f3n de la donaci\u00f3n oportunamente efectuada por el Estado Provincial al Autom\u00f3vil Club Argentino, a cuyo nombre figura actualmente inscripto.<\/p>\n<p>Este proyecto de Ley obtuvo despacho favorable de las comisiones de LAC, Justicia y Seguridad, y Hacienda y Presupuesto.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Declaraci\u00f3n de inter\u00e9s de la Revista \u201cRawsinito\u201d<\/strong><\/span><\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, el cuerpo legislativo considerar\u00e1 un proyecto de Resoluci\u00f3n de autor\u00eda de los diputados Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y Graciela Seva que obtuvo despacho favorable de la comisi\u00f3n de Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y T\u00e9cnica. El asunto propone declarar de inter\u00e9s \u201cSocial, Educativo, y Cultural\u201d, la producci\u00f3n de la revista infantil departamental \u201cRawsinito\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Instalaci\u00f3n de una delegaci\u00f3n de PAMI en Albard\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por \u00faltimo, tras despacho positivo de la comisi\u00f3n de Peticiones y Poderes; Obras y Servicios P\u00fablicos; Salud y Deporte, la Legislatura tratar\u00e1 un proyecto de Comunicaci\u00f3n presentado por el diputado Juan Carlos Abarca, que solicita la instalaci\u00f3n de una delegaci\u00f3n del Programa de Asistencia M\u00e9dica Integral (PAMI), en el departamento Albard\u00f3n.<\/p>\n<p>Publicado el Martes, 05 de Julio de 2022<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es uno de los asuntos que fue definido en la conformaci\u00f3n del orden del d\u00eda, durante la reuni\u00f3n de Labor<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":37951,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-50507","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50507","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50507"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50507\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":50511,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50507\/revisions\/50511"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/37951"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50507"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50507"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50507"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}