{"id":44728,"date":"2021-12-09T21:16:26","date_gmt":"2021-12-10T00:16:26","guid":{"rendered":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=44728"},"modified":"2021-12-09T21:16:26","modified_gmt":"2021-12-10T00:16:26","slug":"crearon-el-fondo-fiduciario-de-infraestructura-fase-6-de-veladero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/crearon-el-fondo-fiduciario-de-infraestructura-fase-6-de-veladero\/","title":{"rendered":"Crearon el Fondo Fiduciario de Infraestructura Fase 6 de Veladero"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Con el objetivo de destinar los aportes para financiar el desarrollo de obras de infraestructura f\u00edsica provincial y desarrollo sustentable, incluyendo en forma no limitante, obras relativas al tema hidr\u00e1ulico, vial, de salud, educaci\u00f3n, agricultura, turismo y miner\u00eda, la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 la creaci\u00f3n del Fondo Fiduciario de Infraestructura Fase 6 de Veladero.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>Por otro lado, el cuerpo Legislativo ratific\u00f3 en la Decimosexta sesi\u00f3n del per\u00edodo ordinario diversos convenios con el objetivo de: asegurar la efectiva aplicaci\u00f3n de la Ley de Semillas y Creaciones\u00a0 Fitogen\u00e9ticas; erradicar la polilla de la Vid; implementar un mecanismo de bonificaci\u00f3n de las tasas de inter\u00e9s en los cr\u00e9ditos otorgados para el sector productivo de la provincia; brindar asistencia t\u00e9cnica, econ\u00f3mica y financiera para el \u201cPrograma de Infraestructura Nodal de Transporte P\u00fablico de Pasajeros- Implantaci\u00f3n de la Nueva Terminal de \u00d3mnibus de San Juan\u201d; implementar el Sistema de Modernizaci\u00f3n de la Red Metropolitana de Buenos Aires (RMBA) en la provincia de San Juan.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, otorg\u00f3 acuerdo a un proyecto de Ley que propone aprobar la adenda IV al convenio suscripto entre el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n y el gobierno de la provincia de San Juan. Asimismo, aprob\u00f3 un convenio marco de colaboraci\u00f3n entre el Comit\u00e9 Ejecutivo del Fondo Fiduciario PROCREAR \u2013 Programa Cr\u00e9dito Argentino del Bicentenario para la Vivienda \u00danica Familiar, y la provincia de San Juan; y otro, entre la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad y la Direcci\u00f3n Provincial de Vialidad de San Juan.<\/p>\n<p>Por otro lado, designaron al titular del Ente Provincial Regulador de la Electricidad, y eligieron a los candidatos que cubrir\u00e1n los nueve cargos vacantes en el Poder Judicial.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, declararon bien integrante del Patrimonio Cultural a la Tonada Cuyana.<\/p>\n<p>La sesi\u00f3n estuvo conducida de forma alternada por el presidente de la C\u00e1mara de Diputados, Roberto Gattoni y el vicepresidente primero, legislador Eduardo Cabello. Acompa\u00f1aron los secretarios Administrativo, Roberto Iglesias; y Legislativo, Nicol\u00e1s Alvo.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Creaci\u00f3n del \u00abFondo Fiduciario de Infraestructura Fase 6 \u2014 Veladero\u00bb<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El cuerpo parlamentario ratific\u00f3 Acta Compromiso, su Anexo A y Sub Anexo 1, celebrada el 18 de octubre de 2021 entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Juan, representado por el gobernador Sergio U\u00f1ac; el ministro de Miner\u00eda, Carlos Astudillo; y la empresa Minera Andina del Sol S.R.L, representada por el CEO de Barrick Gold Corporation y sus apoderados, Marcelo \u00c1lvarez y Mar\u00eda Fernanda Secco.<\/p>\n<p>Este asunto fue explicado por el diputado Eduardo Cabello. En su presentaci\u00f3n como miembro informante se\u00f1al\u00f3 que el proyecto plantea en el art\u00edculo segundo la creaci\u00f3n del \u00abFondo Fiduciario de Infraestructura Fase 6 &#8211; Veladero\u00bb, cuya finalidad es destinar y aplicar de manera exclusiva los aportes previstos en el art\u00edculo 5\u00b0 de la presente normativa, destinados a financiar el desarrollo de obras de infraestructura f\u00edsica provincial y desarrollo sustentable, incluyendo en forma no limitante, obras relativas al tema hidr\u00e1ulico, vial, de salud, educaci\u00f3n, agricultura, turismo y miner\u00eda, asegurando una distribuci\u00f3n equilibrada de los recursos e inversiones, seg\u00fan las necesidades de las comunidades involucradas en las zonas de influencia directas e indirectas del Proyecto Veladero, sin excluir la adquisici\u00f3n de los bienes necesarios y estudios t\u00e9cnicos, seg\u00fan el \u00e1rea de que se trate, en cada una de las \u00e1reas de inter\u00e9s que se relacionen tanto de manera mensurable como inmediata o mediata con el mismo.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que el art\u00edculo quinto establece que:<\/p>\n<p>\u201cEl patrimonio fideicomitido de este Fondo se integrar\u00e1 por:<\/p>\n<ol>\n<li>El cr\u00e9dito que el Fiduciante tiene Minera Andina del Sol S.R.L., en virtud de las obligaciones asumidas por \u00e9sta en el Acta-Compromiso, de dar cumplimiento a la contribuci\u00f3n determinada del uno con cincuenta por ciento (1,50%) del valor de facturaci\u00f3n bruta total por la venta de los metales producidos por la Mina Veladero. El monto del cr\u00e9dito cedido es aportado al Fideicomiso por el Fiduciante, debiendo ingresarlo la empresa mencionada directamente, en tiempo y forma, a este Fideicomiso P\u00fablico.<\/li>\n<li>Otros aportes que pudiera realizar el Poder Ejecutivo Provincial, conforme lo establezca el Presupuesto Anual como contribuci\u00f3n de rentas generales.<\/li>\n<li>Los fondos que, con esta finalidad pudiera destinar el Poder Ejecutivo Nacional.<\/li>\n<li>Los fondos provenientes de la colocaci\u00f3n de T\u00edtulos de Valores que emita el Fideicomiso y los pr\u00e9stamos que se obtengan de organismos multilaterales de cr\u00e9dito, entidades financieras o empresas que concurrieran al financiamiento de obras emprendidas por el Fondo.<\/li>\n<li>Las contribuciones, subsidios, legados o donaciones realizadas por personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas con destino al Fondo.<\/li>\n<li>Toda producci\u00f3n, renta, fruto, accesi\u00f3n y\/o cualquier otro derecho sobreviniente que surja en relaci\u00f3n o con motivo de la inversi\u00f3n de los activos que componen el Patrimonio Fideicomitido por el Fiduciario\u201d.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>\u201c<\/strong>Minera Andina del Sol est\u00e1 desarrollando un proyecto en la provincia de San Juan en Veladero, ubicado en el Valle del Cura en el departamento de Iglesia\u201d, record\u00f3 el diputado Cabello. Seguidamente agreg\u00f3 que \u201cel Fondo funcionar\u00e1 en el \u00e1mbito del Ministerio de Miner\u00eda, o el organismo p\u00fablico que lo remplace, y su administraci\u00f3n ser\u00e1 ejercida por un Comit\u00e9 de Administraci\u00f3n compuesto por tres miembros que ser\u00e1n designados, uno por el Gobernador de la Provincia de San Juan, otro por el Ministro de Miner\u00eda, y otro por la empresa Minera Andina del Sol S.R.L. El miembro designado por el Gobernador presidir\u00e1 el Comit\u00e9 de Administraci\u00f3n. Cada integrante del Comit\u00e9 de Administraci\u00f3n tendr\u00e1 derecho a un solo voto, y las decisiones deber\u00e1n ser tomadas por acuerdo de al menos dos miembros del mismo\u201d.<\/p>\n<p>Luego, sostuvo que la normativa establece que \u201ctodos los miembros tendr\u00e1n derecho de observar cada reuni\u00f3n del Comit\u00e9 de Administraci\u00f3n, sea regular o extraordinaria y el presidente del mismo dar\u00e1 a todos los miembros noticia previa fehaciente de por lo menos cinco d\u00edas h\u00e1biles de cada reuni\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>De esta manera, el art\u00edculo 17 de la Ley instituye las siguientes funciones por parte del Comit\u00e9 de Administraci\u00f3n:<\/p>\n<p>a) Definir las reglas y mecanismos de su funcionamiento que no se encuentren expresamente previstas en la presente, incluyendo los sistemas de administraci\u00f3n, presupuesto, contabilidad, control interno, c\u00f3digos de conducta, informaci\u00f3n, comunicaciones y auditor\u00eda, todo ello, respetando los criterios de legalidad y transparencia que permitan que la inversi\u00f3n sea correcta, legal, transparente y p\u00fablica.<\/p>\n<p>b) Determinar los alcances y programas de inversi\u00f3n a realizar en el \u00e1rea de inversi\u00f3n que cumplan con la finalidad establecida en el art\u00edculo 2\u00b0 de la presente Ley.<\/p>\n<p>c) Establecer las reglas para presupuestar todos los gastos del Fondo, sea en las obras, la contrataci\u00f3n de terceras personas como contratistas, incluyendo sin limitaci\u00f3n a los contratados para prestar servicios de consultor\u00eda y los gastos inherentes a la administraci\u00f3n del Fondo.<\/p>\n<p>d) Seleccionar las obras a realizar y\/o a financiar cuando tales obras se encuentren en ejecuci\u00f3n, y los alcances de cada una de las mismas.<\/p>\n<p>e) Fijar los tiempos de las obras.<\/p>\n<p>f) Determinar, seg\u00fan las reglas establecidas, el costo y presupuesto de las obras.<\/p>\n<p>g) Dar intervenci\u00f3n al Municipio o a los Municipios, a trav\u00e9s de quien estos designen, de manera que \u00e9ste pueda asesorar y orientar al Comit\u00e9 de Administraci\u00f3n sobre las obras a realizar.<\/p>\n<p>h) Definir los mecanismos de control interno, adem\u00e1s de los que legalmente correspondan.<\/p>\n<p>i) Aprobar los pagos a los contratistas y proveedores de bienes y servicios de las obras de infraestructura que se lleven a cabo.<\/p>\n<p>j) Definir los mecanismos internos de auditor\u00eda, revisi\u00f3n, seguimiento y control de las obras y de los aportes realizados.<\/p>\n<p>k) Convenir con el Fiduciario todas las dem\u00e1s obligaciones que competen a \u00e9ste en el cumplimiento de la Administraci\u00f3n del Fondo y que no se establezcan por esta ley, su reglamentaci\u00f3n y el Contrato de Fideicomiso.<\/p>\n<p>l) Elaborar y publicar anualmente un informe detallando los proyectos realizados en el a\u00f1o inmediato anterior, conforme lo establecido en el art\u00edculo 11 de la presente Ley.\u201d<\/p>\n<p>En la oportunidad, tambi\u00e9n habl\u00f3 el diputado Enrique Monta\u00f1o quien expres\u00f3 que \u201cesta acta acuerdo es una herramienta con la que va contar el departamento de Iglesia y J\u00e1chal para solucionar temas en infraestructura h\u00eddrica, vial, salud, educaci\u00f3n, agricultura, turismo y miner\u00eda\u201d. Asimismo, hizo hincapi\u00e9 en el tema h\u00eddrico, teniendo en cuenta que la provincia de San Juan est\u00e1 atravesando una crisis bastante importante con este asunto y los departamentos norte\u00f1os no est\u00e1n ajenos a esta realidad. En este sentido, coment\u00f3 que \u201ca fines del a\u00f1o 2019 y en el a\u00f1o 2020 en el departamento se constituy\u00f3 un Comit\u00e9 de Hidrometr\u00eda que apuntaba b\u00e1sicamente a tratar los temas de la crisis h\u00eddrica y ver cu\u00e1les pod\u00edan ser las posibles soluciones. Los estudios arrojaron como dato que al pie de la cordillera, el agua que nace y abastece el departamento de Iglesia, de un 98% solo el 11% llegaba al Valle donde la gente requiere de servicios, es decir que la falta de obras o de infraestructura hac\u00eda que gran parte del agua que necesitan en los valles donde se practica la agricultura y la ganader\u00eda no llegara, por lo tanto es muy importante este fideicomiso que se ha constituido para poder hacer frente a las obras para aportar soluciones al tema h\u00eddrico\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, el parlamentario Mauro Marinero pidi\u00f3 la palabra para destacar la importancia del aporte de este Fideicomiso a la infraestructura vial. \u201cPor ejemplo hay poblaciones que a\u00fan no tienen camino pavimentado. Esto viene a fortalecer el Plan de Obras que tiene dise\u00f1ado la provincia para el 2030 e indudablemente esto va contribuir para que los departamentos como Iglesia y J\u00e1chal puedan recibir una mejor y adecuada infraestructura en todo sentido\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el diputado Jorge Barifusa sostuvo que \u201cel departamento J\u00e1chal tambi\u00e9n est\u00e1 contento debido a que vamos a poder disponer de fondos para llevar adelante obras muy necesarias sobre todo lo que son las redes de riego que son fundamentales en estos momentos de crisis como as\u00ed tambi\u00e9n otras obras. Celebramos la creaci\u00f3n de este Fideicomiso y esperamos seguir trabajando en pos de que los departamentos mineros puedan completar toda su infraestructura\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Convenio con el Instituto Nacional de Semillas<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El cuerpo legislativo ratific\u00f3 el convenio de colaboraci\u00f3n celebrado entre el Instituto Semillas, Ministerio de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca de la Naci\u00f3n y el Gobierno de la provincia de San Juan, a trav\u00e9s del Ministerio de Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico. Los argumentos de este asunto fueron presentados por el diputado Rub\u00e9n Carri\u00f3n.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, el parlamentario explic\u00f3 que el objetivo del presente acuerdo consiste en asegurar la efectiva aplicaci\u00f3n de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogen\u00e9ticas N\u00ba 20.247, su decreto reglamentario N\u00ba 2.183- 1991 y normas concordantes; y el fortalecimiento de la descentralizaci\u00f3n operativa iniciada por el Instituto Nacional de Semillas, ratificado por Decreto N\u00ba 1536-MPyED-2021m del 26 de octubre de 2021.<\/p>\n<p>Por otra parte, indic\u00f3 que el Gobierno de la provincia de San Juan, designa a la Direcci\u00f3n del Instituto Tecnol\u00f3gico y Hort\u00edcola Semillero, dependiente de la Secretar\u00eda de Agricultura, Ganader\u00eda y Agroindustria, para dar cumplimiento a las obligaciones del presente convenio. En este sentido, las partes establecer\u00e1n, en forma conjunta, estrategias, programas y proyectos a fin de procurar, dentro del \u00e1mbito de las competencias previstas en la Ley N\u00b0 20.247, la conservaci\u00f3n, la utilizaci\u00f3n sostenible y el resguardo del patrimonio gen\u00e9tico, en especial de la flora nativa y criolla y normalizar y controlar el comercio y el uso de las semillas y todo otro \u00f3rgano de propagaci\u00f3n del grupo de especies mencionadas.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Erradicaci\u00f3n de la polilla de la Vid<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 la Carta Acuerdo Complementaria N\u00ba3 en el marco del Programa Nacional de Prevenci\u00f3n y Erradicaci\u00f3n de la Polilla de la Vid y sus anexos I y II, suscriptos entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) del Ministerio de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca de la Naci\u00f3n; y el Gobierno de la provincia de San Juan, a trav\u00e9s del Ministerio de la Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico. El diputado Jos\u00e9 Luis Esteve fue el encargado de explicar los fundamentos de ese punto del orden el d\u00eda.<\/p>\n<p>Durante su alocuci\u00f3n, el legislador se\u00f1al\u00f3 que el objeto de este asunto consiste en que la Provincia de San Juan, a trav\u00e9s del Ministerio de Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico, y Agencia Calidad San Juan, realice la adquisici\u00f3n de los insumos y servicios necesarios para el control fitosanitario de Lobesia Botrana de acuerdo a las estrategias planteadas para la campa\u00f1a 2021-2022. De esta manera se busca contribuir a la disminuci\u00f3n del da\u00f1o ocasionado por la plaga de la polilla de la Vid y evitar la dispersi\u00f3n hacia el resto de las \u00e1reas productivas. Adem\u00e1s, realizar el control en funci\u00f3n de los niveles poblacionales de la misma en un manejo integrado, donde la implementaci\u00f3n de la t\u00e9cnica de confusi\u00f3n sexual es la principal herramienta de control.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Adenda al convenio con el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, el diputado Juan Carlos Gioja fundament\u00f3 este proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, que result\u00f3 aprobado por el cuerpo parlamentario.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, el legislador manifest\u00f3 que la adenda IV al convenio suscripto entre el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n y el gobierno de la provincia de San Juan, suscripta el 13 de octubre de 2021, tiene como objeto continuar otorgando asistencia financiera para los servicios de Transporte P\u00fablico Automotor Urbano, a trav\u00e9s del denominado fondo compensador.<\/p>\n<p>De esta manera qued\u00f3 establecido una pr\u00f3rroga de las Resoluciones N\u00b0 29 de fecha 28 de enero do 2021, N\u00b0 142 de fecha 13 de mayo de 2021 y N\u00b0 248 de fecha 22 de julio de 2021, todas ellas del Ministerio de Transporte, y por consiguiente de toda la metodolog\u00eda de la misma, a los efectos de poder liquidar un nuevo pago en la suma de dos mil quinientos millones pesos ($ 2.500.000.000).<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Bonificaci\u00f3n de tasas de intereses del Banco de la Naci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otra parte, la Legislatura otorg\u00f3 acuerdo al convenio firmado entre el Gobierno de la provincia de San Juan y el Banco de la Naci\u00f3n. En esta oportunidad, habl\u00f3 el diputado Rodolfo Jalife quien explic\u00f3 que el objeto de este acuerdo consiste en la implementaci\u00f3n de un mecanismo de bonificaci\u00f3n de las tasas de inter\u00e9s en los cr\u00e9ditos otorgados para el sector productivo de la provincia. Los beneficiarios ser\u00e1n empresas de las actividades: Industrial, Agro-Industrial, Agropecuaria y Comercio.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que el monto de los cr\u00e9ditos otorgados por la L\u00ednea que bonificar\u00e1 la Provincia de San Juan, ser\u00e1 de hasta la suma de mil millones pesos ($ 1.000.000.000,00), pudiendo las partes de com\u00fan acuerdo modificar y\/o ampliar los destinos detallados, debiendo hacer nota reversal en la modalidad que no afecte el costo fiscal comprometido.<\/p>\n<p>En este sentido, la Provincia de San Juan tomar\u00e1 a su cargo una bonificaci\u00f3n de ocho puntos porcentuales sobre la tasa de inter\u00e9s nominal anual que se aplique a los pr\u00e9stamos que se otorguen en el marco de la l\u00ednea, a usuarios que cuenten con el certificado de elegibilidad emitido por el ministerio de Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>Por otra parte, los cr\u00e9ditos otorgados a trav\u00e9s de la L\u00ednea ser\u00e1n objeto de bonificaci\u00f3n por parte de la provincia de San Juan sin monto m\u00e1ximo por usuario para el destino Inversiones y con un monto m\u00e1ximo para el destino Capital de Trabajo de cinco millones pesos ($ 5.000.000,00).<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>La tonada cuyana: declaraci\u00f3n de bien integrante del Patrimonio Cultural<\/strong><\/span><\/p>\n<p>M\u00e1s tarde, el Poder Legislativo declar\u00f3 bien integrante del Patrimonio Cultural y Natural de la provincia de San Juan, dentro de los alcances de la Ley Provincial N\u00ba 571- F, a la Tonada Cuyana.<\/p>\n<p>Este punto del orden del d\u00eda fue fundamentado por la diputada Graciela Seva, quien explic\u00f3 que en el art\u00edculo segundo de la normativa se designa a la Tonada Cuyana como Patrimonio Inmaterial en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 4\u00ba, inciso D, de la Ley antes mencionada, que establece lo siguiente:<\/p>\n<p>\u201cARTICULO 4\u00ba.- Sin perjuicio de los bienes muebles o inmuebles, ya declarados por ley, integrantes del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia, los que se considerar\u00e1n incluidos dentro del r\u00e9gimen establecido en la presente ley, a partir de su publicaci\u00f3n, estar\u00e1n sujetos a la calificaci\u00f3n establecida en el Art\u00edculo 2\u00ba de la presente ley, los siguientes bienes, que deber\u00e1n ser declarados conforme a la categorizaci\u00f3n que sigue:<\/p>\n<p>D) PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL: Forman parte de \u00e9sta calificaci\u00f3n, las creaciones del esp\u00edritu que integran el acervo cultural de la Provincia o regi\u00f3n, an\u00f3nimas o registradas, comprendiendo las composiciones musicales, con letra o sin ella, cuentos, poemas, leyendas, adivinanzas, refranes y relatos sobre usos y costumbres tradicionales que hayan sido transmitidos consuetudinariamente\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Programa de Infraestructura nodal de Transporte P\u00fablico de Pasajeros<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Acto seguido, el diputado Jorge Barifusa explic\u00f3 los detalles del convenio firmado entre el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n y el gobierno de la provincia de San Juan. Este acuerdo fue aprobado por el Poder Legislativo y tiene como objetivo brindar asistencia t\u00e9cnica, econ\u00f3mica y financiera para el \u201cPrograma de Infraestructura Nodal de Transporte P\u00fablico de Pasajeros (PIN)- Implantaci\u00f3n de la Nueva Terminal de \u00d3mnibus de San Juan\u201d, a fin de garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios y la protecci\u00f3n de los usuarios.<\/p>\n<p>En la presentaci\u00f3n de los argumentos, el legislador Barifusa indic\u00f3 que por la Ley de Ministerios N\u00b0 22.520 se establece que le compete al Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n todo lo inherente al transporte automotor, fluvial y mar\u00edtimo y, en particular, entender en la determinaci\u00f3n de los objetivos y pol\u00edticas del transporte; ejecutar planes, programas y proyectos del \u00e1rea de su competencia; y entender en la supervisi\u00f3n, el fomento y el desarrollo t\u00e9cnico y econ\u00f3mico de los sistemas de transporte; ejercer las funciones de Autoridad de Aplicaci\u00f3n de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia; y entender en la pol\u00edtica nacional de transporte terrestre, fluvial y mar\u00edtimo, as\u00ed como en su regulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s, sostuvo que \u201cel Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n aportar\u00e1 a la provincia hasta un monto m\u00e1ximo de dos mil quinientos diecisiete millones seiscientos cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y dos con 14\/100 pesos ($ 2.517.641.452,14), para la ejecuci\u00f3n del Proyecto. Y la por su parte, la provincia deber\u00e1 incorporar en el Proyecto el Servicio de Internet sin cable (WI-FI) de forma libre y gratuita, y\/o el costo del abono que dicha prestaci\u00f3n requiera, as\u00ed mismo deber\u00e1 garantizar el mantenimiento de la conectividad en \u00f3ptimas condiciones de uso\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Convenio con el Fondo Fiduciario PROCREAR<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Seguidamente, la C\u00e1mara de Diputados ratific\u00f3 un convenio marco de colaboraci\u00f3n suscripto entre el Comit\u00e9 Ejecutivo del Fondo Fiduciario PROCREAR \u2013 Programa Cr\u00e9dito Argentino del Bicentenario para la Vivienda \u00danica Familiar, y la provincia de San Juan. En esta oportunidad, la presentaci\u00f3n de los fundamentos del proyecto estuvo a cargo de la diputada Celina Ramella.<\/p>\n<p>Durante la exposici\u00f3n, la legisladora record\u00f3 que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N\u00b0 902 de fecha 12 de junio de 2012 el Estado Nacional resolvi\u00f3 la creaci\u00f3n del Fideicomiso a los fines de facilitar el acceso a la vivienda para toda la poblaci\u00f3n. En este sentido, el Fideicomiso est\u00e1 conformado, entre otros bienes, con recursos p\u00fablicos para atender en forma integral el desarrollo de proyectos urban\u00edsticos y lotes con servicios destinados a familias e individuos. Por lo tanto, para dar cumplimiento al objeto de fondo, el Estado Nacional ha cedido diversos terrenos en el territorio nacional, con el fin de optimizar y agilizar el programa de construcci\u00f3n de viviendas dispuesto por DNU N\u00b0 902\/2012 oblig\u00e1ndose a facilitar los tr\u00e1mites necesarios y convenientes para la realizaci\u00f3n de dicho objetivo.<\/p>\n<p>Por otra parte, la provincia se compromete a agilizar, eficientizar y otorgar prioridad a aquellos tr\u00e1mites y\/o cualquier otro acto relativo a la construcci\u00f3n de viviendas, bajo el Programa Pro.Cre.ar. Asimismo, ofrece al Fideicomiso, a cambio de los certificados de participaci\u00f3n correspondientes, a los efectos de incorporar dichos terrenos al fondo fiduciario y los mismos sean destinados a la construcci\u00f3n de viviendas bajo el Programa PROCREAR, dos (2) inmuebles identificados como:<\/p>\n<p>Inmueble 1). &#8211; Parcela: NC N\u00b0 01-42-180-120 Plano de Mensura N\u00b0 01-16232\/84 domicilio calle Bernardino Rivadavia N\u00b0 561 OESTE &#8211; Departamento Capital<\/p>\n<p>Inmueble 2). &#8211; Parcela: NC N\u00b0 01-54-400700 Plano de Mensura N\u00b0 01-24298\/03 domicilio calle Remedios E. de San Martin esq. Arist\u00f3bulo del Valle &#8211; Departamento Capital.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Implementaci\u00f3n del Sistema de Modernizaci\u00f3n de la Red Metropolitana de Buenos Aires<\/strong><\/span><\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, los legisladores aprobaron el convenio marco para la implementaci\u00f3n del Sistema de Modernizaci\u00f3n de la Red Metropolitana de Buenos Aires (RMBA) en la provincia de San Juan, celebrado entre el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n y el Gobierno de la Provincia de San Juan, el 21 de octubre de 2021. La diputada Florencia Pe\u00f1aloza fue la encargada de explicar los fundamente de este acuerdo.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, la diputada expuso que este convenio marco tiene por objeto establecer las bases para llevar adelante las distintas actividades de cooperaci\u00f3n necesarias para la implementaci\u00f3n del Sistema de Modernizaci\u00f3n de la Red Metropolitana de Buenos Aires (RMBA) en la Provincia de San Juan, el cual fue establecido por la Resoluci\u00f3n N\u00b0 18\/19 de la Secretar\u00eda de Gesti\u00f3n de Transporte del Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n, como herramienta generadora de informaci\u00f3n, que permitir\u00e1 mejorar los mecanismos de planificaci\u00f3n, gesti\u00f3n y control de los par\u00e1metros operativos de los servicios de transportes por automotor de pasajeros de car\u00e1cter urbano y suburbano en la Provincia de San Juan.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Convenio con la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Posteriormente, los diputados aprobaron el convenio celebrado entre la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad representada por el Jefe del 90 Distrito San Juan, Jorge Rafael Deiana, ad refer\u00e9ndum del Se\u00f1or Administrador General y la Direcci\u00f3n Provincial de Vialidad de San Juan, representada por su director General, Juan Manuel Magari\u00f1os, suscripto el 5 de marzo de 2020.<\/p>\n<p>Este asunto fue explicado por el diputado Jorge Barifusa quien indic\u00f3 que establece que la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad delega en la Direcci\u00f3n Provincial de Vialidad de San Juan, y esta \u00faltima asume a su exclusivo costo y cargo, los siguientes trabajos de elaboraci\u00f3n de Estudios y Proyectos Ejecutivos, An\u00e1lisis de Evaluaci\u00f3n Econ\u00f3mica, Mensuras de afectaci\u00f3n, y de Estudios de Impacto Ambiental; respecto de las obras que se detallan:<\/p>\n<p>1)-RUTA NACIONAL N\u00b0 20, tramo: Empalme Ruta Provincial N\u00b0 270 (saudade Caucete) KM 556,36 &#8211; Empalme Ruta Nacional A014 Km 580,78 (Circunvalaci\u00f3n a San Juan); construcci\u00f3n de Autopista Urbana;<\/p>\n<p>2)- RUTA NACIONAL N\u00b0 40, tramo: Callej\u00f3n Blanco (Rio San Juan) &#8211; Campo Afuera; construcci\u00f3n de autopista Urbana (Acceso Norte);<\/p>\n<p>3)- A\/N RUTA NACIONAL A014 &#8211; Acceso Norte con Ruta Nacional N\u00b0 40, vinculaci\u00f3n con la Avenida Circunvalaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cEstas tres obras son de suma importancia y de urgencia y la provincia ha tomado la decisi\u00f3n de llevar adelante estos proyectos y ponerlos a disposici\u00f3n de Vialidad Nacional a los fines de que pueda contar r\u00e1pidamente con toda la documentaci\u00f3n necesaria. Toda la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica va estar sujeta a lo que establece Vialidad Nacional ya que ellos son los organismos que van a financiar y sobre la ruta que tienen incidencia vialidad por lo tanto se hace toda la documentaci\u00f3n en base a lo que ellos exijan\u201d, manifest\u00f3 el legislador Barifusa.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que la normativa instaura que los gastos que efect\u00fae Vialidad Provincial en el cumplimiento del objeto del presente Convenio, no ser\u00e1n reintegrables por Vialidad Nacional, ni generar\u00e1n derecho a reclamo alguno por este u otro concepto que pudiera eventualmente considerarse relacionado con este, renunciando expresamente a formularlos. Que Vialidad Provincial asume toda responsabilidad por las eventuales consecuencias inmediatas, mediatas, directas, indirectas, remotas y casuales; que pudieran originarse en los reclamos de o contra el personal afectado para cumplimentar el objeto de este convenio y\/o de terceros, vinculados o no a las tareas que se ejecuten en su jurisdicci\u00f3n o en jurisdicci\u00f3n nacional, como consecuencia del cumplimiento del acuerdo.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Designaci\u00f3n del presidente del E.P.R.E.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Posteriormente, en el marco del Acuerdo Legislativo N\u00ba 0001 enviado por el Poder Ejecutivo, el cuerpo parlamentario resolvi\u00f3 designar al ingeniero Oscar Antonio Trad Ranea, al cargo de presidente del Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (E.P.R.E.), cuya duraci\u00f3n ser\u00e1 por seis a\u00f1os.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Designaci\u00f3n de cargos en el Poder Judicial<\/strong><\/span><\/p>\n<p>M\u00e1s tarde, la C\u00e1mara de Diputados de San Juan defini\u00f3 los candidatos a ocupar los nueves cargos vacantes del Poder Judicial. Estos se corresponden a: un cargo de Juez de C\u00e1mara para el Tribunal de Impugnaci\u00f3n (Art. 30 Ley N\u00b0 358-E); un cargo de Juez de Primera Instancia (Fuero Laboral); dos cargos de Juez de Primera Instancia en el Fuero Penal para el Colegio de Jueces (art. 58 Ley 358-E); dos cargos de Juez Paz Letrado (Departamentos J\u00e1chal y 25 de Mayo); y tres cargos de Defensor de Pobres y Ausentes (art. 34 Ley 633-E). A continuaci\u00f3n, se detalla cada elecci\u00f3n:<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Juez de C\u00e1mara para el Tribunal de Impugnaci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>En primer lugar, la diputada Celina Ramella present\u00f3 la terna para el cargo de Juez de C\u00e1mara para el Tribunal de Impugnaci\u00f3n constituida por: Echegaray Fernando Ram\u00f3n; Herrero Sergio Omar Y Lima Mar\u00eda Natali.<\/p>\n<p>Seguidamente, postul\u00f3 para el cargo al abogado\u00a0<strong>FERNANDO ECHEGARAY<\/strong>, cuya moci\u00f3n fue aprobada por el cuerpo con 36 votos positivos.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>\u00abJuez de Primera Instancia\u00bb (Fuero Laboral)<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, la diputada Florencia Pe\u00f1aloza present\u00f3 la terna para el cargo de Juez de Primera Instancia conformada por Caballero, Humberto Gonzalo; Juarez Prieto, Ricardo Mariano; Pazcel, Rosalinda Del Valle.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, postul\u00f3 al abogado\u00a0<strong>HUMBERTO GONZALO CABALLERO<\/strong>, quien result\u00f3 electo para este cargo con 27 votos positivos. Cabe se\u00f1alar que el diputado Carlos Platero realiz\u00f3 una moci\u00f3n a favor del abogado Ricardo Mariano Ju\u00e1rez Prieto, la cual obtuvo solo 8 votos positivos.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Dos cargos de \u00abJuez de Primera Instancia\u00bb en el Fuero Penal para el Colegio de Jueces (art. 58 Ley 358-E)<\/strong><\/span><\/p>\n<p>La primera terna conformada por Barbera, Eugenio Maximiliano; Garc\u00eda Castrill\u00f3n, Juan Manuel; Y Leveque, Sandra fue presentada por la diputada Marcela Monti. En la oportunidad, postul\u00f3 como candidato para ocupar el cargo al abogado\u00a0<strong>EUGENIO MAXIMILIANO BARBERA<\/strong>, quien result\u00f3 electo con 27 votos positivos. Por su parte, el legislador Enzo Cornejo hizo moci\u00f3n en favor de la postulaci\u00f3n de la abogada Sandra Leveque, que obtuvo solo 8 votos positivos.<\/p>\n<p>La segunda terna integrada por Farr\u00e1n, Mar\u00eda Del Valle; Figuerola, Rodolfo Javier; Panetta Soppelsa, Mario Alejandro; fue presentada por la legisladora Fernanda Paredes quien realiz\u00f3 la moci\u00f3n para que el abogado\u00a0<strong>RODOLFO JAVIER FIGUEROLA\u00a0<\/strong>ocupara uno de los cargos vacantes de Juez de Primera Instancia. El postulante result\u00f3 electo con 34 votos positivos del cuerpo parlamentario.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Dos cargos de \u00abJuez de Paz Letrado\u00bb (Departamentos J\u00e1chal y 25 de Mayo)<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Para el cargo de Juez de Paz Letrado, departamento J\u00e1chal, cuya terna estaba constituida por Cortez, Jorge Abel; Chiffel, Gabriela Melisa; Y Pe\u00f1afort, Mart\u00edn Enrique; el diputado Jorge Barifusa postul\u00f3 como candidato al abogado\u00a0<strong>MART\u00cdN ENRIQUE PE\u00d1AFORT<\/strong>, quien result\u00f3 electo con 26 votos positivos. Cabe se\u00f1alar que el legislador Juan Manuel Roca present\u00f3 moci\u00f3n en favor de la abogada Gabriela Melisa Chiffel, quien solo obtuvo 8 votos positivos.<\/p>\n<p>Por otro lado, para el cargo de Juez de Paz Letrado, departamento 25 de Mayo, cuya terna estaba conformada por G\u00f3mez, Miguel \u00c1ngel; Henr\u00edquez G\u00f3mez, Daniela Bel\u00e9n; Y Rodr\u00edguez, Graciela Amalia; el diputado Jos\u00e9 Luis Esteve realiz\u00f3 una moci\u00f3n en favor de la abogada\u00a0<strong>GRACIELA AMALIA RODR\u00cdGUEZ,<\/strong>\u00a0quien result\u00f3 electa con 27 votos positivos. En esta instancia, el diputado Sergio Miodowsky present\u00f3 una moci\u00f3n a favor del abogado Miguel \u00c1ngel G\u00f3mez quien obtuvo 7 votos positivos del cuerpo legislativo.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Tres cargos de \u00abDefensor de Pobres y Ausentes\u00bb (art. 34 Ley 633-E)<\/strong><\/span><\/p>\n<p>La primera terna estuvo conformada por Anzorena, Fabiana Beatriz; Posleman Cumella, Estela Irene; y Trigo Lucero, Hugo Ariel. En la ocasi\u00f3n, el diputado Gast\u00f3n Berenguer present\u00f3 la moci\u00f3n a favor del abogado\u00a0<strong>HUGO ARIEL TRIGO LUCERO<\/strong>, que result\u00f3 aprobada por 29 votos positivos; mientras que la postulaci\u00f3n de Estela Irene Posleman Umella, realizada por el legislador Carlos Jaime Quiroga, solo obtuvo 7 votos positivos.<\/p>\n<p>La segunda terna para el cargo de Defensor de Pobres y Ausentes estuvo conformada por Altamira Galeone, Mar\u00eda Laura; Espinosa, Ramiro Manuel; y Salas, Ivana Del Carmen. En esta instancia, el diputado Andr\u00e9s Chanampa postul\u00f3 a la abogada<strong>\u00a0MAR\u00cdA LAURA ALTAMIRA GALEONE<\/strong>, cuya moci\u00f3n obtuvo 34 votos positivos.<\/p>\n<p>Para la tercer terna, estuvo integrada por Do\u00f1a S\u00e1nchez, Mar\u00eda Luciana;\u00a0 L\u00f3pez Marti, Sergio Favio; y Mergo, Hugo Alfredo. En esta ocasi\u00f3n, la diputada Nancy Pic\u00f3n postul\u00f3 para ocupar el presente cargo al abogado Hugo Alfredo Mergo, quien result\u00f3 electo con 31 votos positivos del cuerpo legislativo.<\/p>\n<p><span style=\"color: #666699;\"><strong>Resoluciones<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otro lado, los legisladores declararon de inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li>Social, Tur\u00edstico y Educativo, la realizaci\u00f3n de la 2\u00ba Edici\u00f3n Expo &#8211; Motor 2021&#8243; (exposici\u00f3n automotriz de nivel interprovincial). (Diputado Sergio Miodowsky- Bloque Producci\u00f3n y Trabajo)<\/li>\n<li>Social, Cultural y Tur\u00edstico los eventos a realizarse el 10 de diciembre en la Plaza Carlos Gardel del Departamento de Rivadavia, en conmemoraci\u00f3n del \u00abD\u00eda Nacional del Tango\u00bb. (Diputado Sergio Miodowsky- Bloque Producci\u00f3n y Trabajo)<\/li>\n<li>Hist\u00f3rico, Social y Cultural los actos a realizarse en conmemoraci\u00f3n al 108\u00ba aniversario de la creaci\u00f3n del Departamento Chimbas. (Diputado Andr\u00e9s Chanampa-Bloque Bloquista)<\/li>\n<li>Cultural, Educativo, y Tur\u00edstico a la \u201cSegunda Bienal Nacional de Dibujo-San Juan 2021\u201d a exhibirse en el Museo Provincial de Bellas Artes Franklin Rawson, a partir del d\u00eda 17 de diciembre del corriente a\u00f1o. (Diputado Horacio Quiroga- Bloque Frente Grande)<\/li>\n<li>Cultural, y Educativo a la \u201cSegunda convocatoria del Premio Franklin Rawson a las Artes Visuales 2021\u201d a exhibirse en el Museo Provincial de Bellas Artes Franklin Rawson a partir del d\u00eda 17 de diciembre del corriente a\u00f1o hasta marzo del 2022.\u00a0 (Diputado Horacio Quiroga- Bloque Frente Grande)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para finalizar, el diputado Horacio Quiroga dedic\u00f3 unas palabras en alusi\u00f3n al D\u00eda Internacional de los Derechos Humanos a celebrarse este 10 de diciembre en conmemoraci\u00f3n a que en 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopt\u00f3 la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos (DUDH).<\/p>\n<\/div>\n<p><iframe loading=\"lazy\" title=\"Transmisi\u00f3n en VIVO desde C\u00e1mara de Diputados de San Juan\" width=\"800\" height=\"450\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/SOSUPBGmWD4?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture\" allowfullscreen><\/iframe><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con el objetivo de destinar los aportes para financiar el desarrollo de obras de infraestructura f\u00edsica provincial y desarrollo sustentable,<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":44730,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"video","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1,7],"tags":[],"class_list":["post-44728","post","type-post","status-publish","format-video","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas","category-videos","post_format-post-format-video"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/44728","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=44728"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/44728\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":44731,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/44728\/revisions\/44731"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/44730"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=44728"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=44728"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=44728"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}