{"id":38855,"date":"2021-06-18T14:52:59","date_gmt":"2021-06-18T17:52:59","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=38855"},"modified":"2021-06-18T14:52:59","modified_gmt":"2021-06-18T17:52:59","slug":"la-sentencia-de-la-camara-es-un-aval-a-lo-que-habia-actuado-el-consejo-superior","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/la-sentencia-de-la-camara-es-un-aval-a-lo-que-habia-actuado-el-consejo-superior\/","title":{"rendered":"\u201cLa sentencia de la C\u00e1mara es un aval a lo que hab\u00eda actuado el Consejo Superior\u201d"},"content":{"rendered":"<p>Luego de que la C\u00e1mara Federal de Mendoza se expresara a favor de levantar la suspensi\u00f3n de las elecciones en la UNSJ, esta casa de altos estudios realiz\u00f3 una conferencia de prensa en su Edificio Central de calles Mitre y Jujuy.<\/p>\n<p>En esa oportunidad, el rector Dr. Oscar Nasisi expres\u00f3 que \u00abestamos muy contentos, muy satisfechos con la resoluci\u00f3n o sentencia de la C\u00e1mara porque es un aval a lo que hab\u00eda actuado el Consejo Superior en ese momento y la manera en que nosotros lo hab\u00edamos percibido, pensado e ideado y, de esta manera, nos dice que est\u00e1bamos en el camino correcto\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEsta tarde hay una sesi\u00f3n del Consejo Superior para modificar las fechas del calendario electoral y reiniciar el proceso electoral tal y como estaba previsto, de tal manera de que se puedan elegir las nuevas autoridades y \u00e9stas asumir en el menor tiempo posible la nueva conducci\u00f3n de la Universidad\u201d, se\u00f1al\u00f3 el Rector, quien adem\u00e1s agradeci\u00f3 al cuerpo de abogados y abogadas de esta Universidad, por quienes tuvo lugar la respuesta de la UNSJ hacia la C\u00e1mara Federal de Mendoza.<\/p>\n<p>El director del Departamento de Ciencias Jur\u00eddicas de la Facultad de Ciencias Sociales de la UNSJ, Luis Conrado Su\u00e1rez Jofr\u00e9, explic\u00f3 en la misma conferencia que la C\u00e1mara \u201cse ha pronunciado sobre el fondo de la cuesti\u00f3n y ha rechazado el recurso directo interpuesto por la profesora Morvillo; sin perjuicio de otros argumentos que miembros del equipo de abogados puedan llegar a desarrollar, creo que hay una adhesi\u00f3n por parte de la C\u00e1mara a una lectura din\u00e1mica, no p\u00e9trea, de la Ley Nacional de Educaci\u00f3n Superior. La C\u00e1mara entiende que no basta la letra de la ley sino el esp\u00edritu y esa interpretaci\u00f3n din\u00e1mica va carg\u00e1ndose de los hechos y acuerdos pol\u00edticos democr\u00e1ticos, y fundamentalmente la carga que tiene el Convenio Colectivo de Trabajo y la actuaci\u00f3n de las paritarias en orden a la ampliaci\u00f3n de derechos y a la participaci\u00f3n de los docentes regulares en los procesos destinados a proveer al autogobierno de la universidad argentina, de todas las universidades\u201d.<\/p>\n<p>Su\u00e1rez Jofr\u00e9 tambi\u00e9n indic\u00f3 que hay una expresi\u00f3n espec\u00edfica en el fallo de la C\u00e1mara \u201cen relaci\u00f3n a la relevancia del Ministerio de Educaci\u00f3n en orden a la modificaci\u00f3n realizada por la UNSJ en su Estatuto, esto es importante destacar porque la profesora M\u00f3nica Morvillo hab\u00eda planteado que el Ministerio de Educaci\u00f3n no hab\u00eda podido realizar un contralor; bueno, eso ha despejado totalmente las dudas y va por el ejercicio completo de los derechos de los docentes regularizados\u201d.<\/p>\n<p>A su tiempo, el abogado de la UNSJ Federico Sanna resalt\u00f3 que en la respuesta de esta Universidad a la C\u00e1mara (efectuada el lunes pasado), los letrados expresaron que \u201cla interpretaci\u00f3n de la se\u00f1ora Morvillo pod\u00eda llevar al absurdo de que un docente regularizado conforme al Art\u00edculo 73 del Convenio Colectivo de Trabajo\u00a0no adquiriese en toda su carrera plenitud en los derechos pol\u00edticos y, de acuerdo a esa interpretaci\u00f3n, deber\u00eda\u00a0renunciar a su cargo, es decir que no s\u00f3lo deb\u00eda perder estabilidad, sino que perdiese el v\u00ednculo laboral con la universidad y reci\u00e9n ah\u00ed el cargo se podr\u00eda concursar. Ah\u00ed la C\u00e1mara ha sido contundente al decir que no se podr\u00eda llegar a esa situaci\u00f3n. La Ley de Educaci\u00f3n Superior es de 1995 y es posterior a la Reforma Constitucional de 1994, por ende, incluso una interpretaci\u00f3n originalista de esa Ley de Educaci\u00f3n nunca pudo dejar de tener en cuenta los instrumentos de derechos humanos jerarquizados por la Constituyente de 1994\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luego de que la C\u00e1mara Federal de Mendoza se expresara a favor de levantar la suspensi\u00f3n de las elecciones en<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":38857,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-38855","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38855","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=38855"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38855\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":38858,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38855\/revisions\/38858"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/38857"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=38855"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=38855"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=38855"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}