{"id":38837,"date":"2021-06-18T00:26:32","date_gmt":"2021-06-18T03:26:32","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=38837"},"modified":"2021-06-18T00:44:29","modified_gmt":"2021-06-18T03:44:29","slug":"se-aprobo-la-promocion-de-donacion-de-plasma-para-pacientes-con-covid-19-en-san-juan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/se-aprobo-la-promocion-de-donacion-de-plasma-para-pacientes-con-covid-19-en-san-juan\/","title":{"rendered":"Se aprob\u00f3 la promoci\u00f3n de donaci\u00f3n de plasma para pacientes con COVID-19 en San Juan"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Esta iniciativa presentada por el diputado Prof. Andr\u00e9s Chanampa fue sancionada por unanimidad por la C\u00e1mara y consiste en adherir a la Ley Nacional N\u00b0 27.554, que promueve la donaci\u00f3n voluntaria de sangre de pacientes recuperados de COVID-19 para la obtenci\u00f3n de plasma a implementarse en los tratamientos de personas que est\u00e9n cursando la enfermedad. Tambi\u00e9n, el cuerpo legislativo aprob\u00f3 la creaci\u00f3n del Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas de la provincia de San Juan, propuesta impulsada por la legisladora Dra. Marcela Monti.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>Adem\u00e1s, los diputados y diputadas ratificaron, por un lado, una Acta Acuerdo suscrita entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Naci\u00f3n (MAyDS), y la Secretar\u00eda de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable; por otro lado, un convenio entre la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad, y el Gobierno de San Juan para la adquisici\u00f3n directa de un inmueble del departamento Sarmiento; y por \u00faltimo, un convenio, firmado entre la Secretar\u00eda de Infraestructura y Pol\u00edtica H\u00eddrica del Ministerio de Obras P\u00fablicas, y el gobierno de la provincia por mayor financiamiento para la obra \u00abAcueducto El Tambillo\u201d \u2013departamento Iglesia.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n,\u00a0 modificaron el art\u00edculo 24\u00ba bis de la Ley 1114-L, sobre el Sistema de Gesti\u00f3n Integral de Residuos S\u00f3lidos Urbanos (RSU); el art\u00edculo 14\u00ba de la Ley N\u00ba 2188-1, Ley Impositiva A\u00f1o Fiscal 2021; y el art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 832-1 sobre la Cuenta Especial denominada \u201cEdificio Poder Judicial\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, aprobaron sobre tablas un proyecto de Ley que adhiere a las medidas sanitarias por COVID-19; un comunicado oficial que informa la renuncia del juez de C\u00e1mara, abogado Oscar Roberto Oti\u00f1ano; y un proyecto de Ley que establece la suspensi\u00f3n de embargos, requerimientos de pago, y la traba de medidas cautelares de los\u00a0 sectores cr\u00edticos considerados como no esenciales incluidos en el \u00abPrograma Proteger Empleo San Juan\u00bb.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, dieron acuerdo a tres proyectos de resoluci\u00f3n referidos a una muestra fotogr\u00e1fica (diputado Andr\u00e9s Chanampa); otro al monumento \u201cSoldado Rawsino H\u00e9roe de Malvinas\u201d (diputados Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y legisladora Graciela Seva); y a una \u201cDiplomatura Superior en Educaci\u00f3n Ambiental\u201d (diputada Fernanda Paredes).<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que la sexta sesi\u00f3n, estuvo conducida por el presidente de la C\u00e1mara de Diputados, Roberto Gattoni, quien estuvo acompa\u00f1ado por los secretarios Legislativo, Nicol\u00e1s Alvo, y Administrativo, Roberto Iglesias.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Adhesi\u00f3n a Ley Nacional de donaci\u00f3n de sangre para plasma<\/strong><\/span><\/p>\n<p>A propuesta del diputado Andr\u00e9s Chanampa y con el aval de las respectivas comisiones, el cuerpo aprob\u00f3 el proyecto de ley que plantea la adhesi\u00f3n de la provincia de San Juan a lo establecido por la Ley Nacional N\u00b0 27.554, que promueve la donaci\u00f3n voluntaria de sangre para la obtenci\u00f3n de plasma de pacientes recuperados de COVID-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran, seg\u00fan los protocolos vigentes autorizados por la autoridad de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Al respecto, la autoridad de aplicaci\u00f3n ser\u00e1 la que determine el Poder Ejecutivo, encargada de aplicar la presente ley y cumplir las funciones que la misma determina.<\/p>\n<p>Asimismo, el legislador Chanampa inform\u00f3 que a partir de esta normativa se crea el Registro Provincial de Pacientes Recuperados de COVID-19, donantes de plasma, el que estar\u00e1 a cargo de la autoridad de aplicaci\u00f3n de la presente ley, y se adecuar\u00e1 a lo dispuesto por la Ley N\u00ba 521- O &#8211; Ley de Sangre.<\/p>\n<p>Por otro lado, se\u00f1al\u00f3 que la informaci\u00f3n del Registro Provincial de Pacientes Recuperados de COVID19 donantes de plasma deber\u00e1 resguardarse en cumplimiento de la ley N\u00ba 25.326\u2014 Protecci\u00f3n de Datos Personales\u2014.<\/p>\n<p>\u201cEsta adhesi\u00f3n es para fomentar, concientizar la campa\u00f1a de donaci\u00f3n de plasma de las personas que se han curado de COVID-19. Y queremos se\u00f1alar que la persona que dona puede volver a donar despu\u00e9s de pasada una semana. Hacemos hincapi\u00e9 en esto porque el Instituto Provincial De Hemoterapia est\u00e1 escaso de esto\u201d, expres\u00f3 el diputado Chanampa durante su alocuci\u00f3n.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas<\/strong><\/span><\/p>\n<p>A instancias de su autora, la diputada Marcela Monti y con el despacho de las correspondientes comisiones, la C\u00e1mara otorg\u00f3 acuerdo al proyecto de ley de creaci\u00f3n del Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas de la Provincia de San Juan.<\/p>\n<p>Sobre el asunto, la legisladora Monti explic\u00f3 que \u201cla creaci\u00f3n de un nuevo marco legal abrogando la Ley 35 -A, antigua 1.639 de 1950, resulta necesaria por la reciente sanci\u00f3n de las leyes 1972 &#8211; A, de creaci\u00f3n del Colegio Profesional de Ingenieros Civiles de la Provincia de San Juan y 2.177 &#8211; A, de creaci\u00f3n del Colegio Profesional de Ingenieros Agrimensores de la Provincia de San Juan, referente a la designaci\u00f3n del nombre de la entidad, debiendo denominarse \u00abConsejo Profesional de Ingenieros Especialistas de la Provincia de San Juan\u00bb, remplazando el vocablo Agrimensores y agregando el vocablo Especialistas\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, sostuvo que \u201cse hace propicia la oportunidad para mejorar las estructuras de funcionamiento y su adecuaci\u00f3n a la nueva normativa del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, conformando sus \u00f3rganos con mayor participaci\u00f3n de las minor\u00edas, donde las especialidades se vean representadas en los \u00f3rganos de decisi\u00f3n de la entidad y establecer un sistema electoral transparente\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se\u00f1alo que \u201cse produce una adecuaci\u00f3n respecto a la designaci\u00f3n del Tribunal de Disciplina, su composici\u00f3n interna y el tiempo de sus mandatos, como tambi\u00e9n la posibilidad de apelaci\u00f3n judicial de las sanciones graves impuestas, ante el Juzgado Contencioso Administrativo provincial. Tambi\u00e9n sobre la composici\u00f3n y funcionamiento de los Revisores de Cuentas, el funcionamiento de la Asamblea, tanto Ordinaria como Extraordinaria\u201d.<\/p>\n<p>En tal sentido, el proyecto de ley tiene como finalidad que el Consejo Profesional de Ingenieros Especialistas detente el gobierno de la matr\u00edcula y la registraci\u00f3n de tareas de las personas profesionales de la ingenier\u00eda en las siguientes especialidades: Ingenier\u00eda Agropecuaria, Bio Ingenier\u00eda, Ingenier\u00eda El\u00e9ctrica, Ingenier\u00eda Electricista, Ingenier\u00eda Electricista Electr\u00f3nica, Ingenier\u00eda en Ecolog\u00eda, Ingenier\u00eda en Recursos Naturales y Medio Ambiente, Ingenier\u00eda en Seguridad Ambiental, Ingenier\u00eda en Sistemas de Informaci\u00f3n, Ingenier\u00eda Laboral, Ingenier\u00eda Mec\u00e1nica Electricista, Ingenier\u00eda en Alimentos, Ingenier\u00eda en Ecolog\u00eda, Ingenier\u00eda Electromec\u00e1nica, Ingenier\u00eda en Minas, Ingenier\u00eda Agr\u00f3noma, Ingenier\u00eda Qu\u00edmica, Ingenier\u00eda Industrial, Ingenier\u00eda Mec\u00e1nica y Electricista, Ingenier\u00eda Aeron\u00e1utica, Ingenier\u00eda Naval.<\/p>\n<p>Al respecto, el texto de la ley consigna que la enumeraci\u00f3n es de car\u00e1cter enunciativa y asimismo pueden ser incorporadas otras especialidades, en funci\u00f3n de los t\u00edtulos que en adelante expida una Universidad Nacional o que correspondan a nuevas profesiones conexas con las que comprende la presente ley, que ejerzan la profesi\u00f3n en la Provincia de San Juan y que por expresas disposiciones de esta ley, deban matricularse.<\/p>\n<p>Por otra parte, deben matricularse las personas que posean t\u00edtulo de Ingenier\u00eda de alguna de las especialidades dispuestas o que fueren incorporadas con posterioridad, cuyo t\u00edtulo sea expedido por universidades extranjeras que hayan sido reconocidos o revalidados por una Universidad Nacional y que ejerzan la profesi\u00f3n en la provincia de San Juan.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Carta Acuerdo con Ambiente de la Naci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tras la explicaci\u00f3n brindada por el diputado Jos\u00e9 Luis Esteve, la C\u00e1mara aprob\u00f3 la Carta Acuerdo suscrita entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Naci\u00f3n (MAyDS), representado por su titular, Juan Cabandi\u00e9, y la Secretar\u00eda de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, representada por su titular, Domingo Ra\u00fal Tello, en fecha 7 de septiembre de 2020, ratificada por Decreto provincial.<\/p>\n<p>En este sentido, el legislador Esteve expuso, como miembro informante, que el objetivo general es \u00abDeterminar el \u00e1rea con suelos desnudos y el \u00e1rea total involucrada en la que se implementan pr\u00e1cticas de MST (pMST) identificando y relevando a los productores que implementan pMST en las provincias de Cuyo consideradas por el Proyecto\u00bb.<\/p>\n<p>Luego, sostuvo que para la realizaci\u00f3n de las actividades el proyecto destinar\u00e1 una suma fija de pesos un mill\u00f3n ochocientos noventa mil novecientos setenta y cinco ($1.800.975), conforme ANEXO III.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Modificaci\u00f3n de la Ley de Sistema de Gesti\u00f3n de Residuos S\u00f3lidos<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Despu\u00e9s, los legisladores y legisladoras modificaron el art\u00edculo 24\u00ba bis de la Ley 1114-L, sobre el Sistema de Gesti\u00f3n Integral de Residuos S\u00f3lidos Urbanos (RSU), y de adhesi\u00f3n a la Ley Nacional N\u00ba 25916, sobre Gesti\u00f3n Integral de Residuos Domiciliarios.<\/p>\n<p>En esta ocasi\u00f3n, el diputado Sim\u00f3n Ortiz fue el encargado de brindar los fundamentos del proyecto y se\u00f1al\u00f3 que \u201ctiene por objeto realizar una modificaci\u00f3n en los m\u00ednimos y m\u00e1ximos de las UT que se aplican para sancionar a los infractores de la norma, teniendo en cuenta que nos encontramos con eventuales casos de infractores personas f\u00edsicas y\/o transportistas de menor capacidad econ\u00f3mica, sumado a la modificaci\u00f3n que se hace anualmente de la Unidad Tributaria, que significa siempre un incremento en los montos\u201d.<\/p>\n<p>De esta manera, el art\u00edculo qued\u00f3 redactado de la siguiente manera:<\/p>\n<p>\u201cARTICULO 24\u00ba bis: El que incurriere en alguna violaci\u00f3n o incumplimiento de lo prescripto por la presente ley, debe ser sancionado, en forma conjunta o alternativamente, seg\u00fan lo prescripto a continuaci\u00f3n: Multa entre 500 UT y 500.000 UT. Clausura del establecimiento. Secuestro de unidades de transporte o materiales transportados. Arresto, seg\u00fan lo dispuesto en forma supletoria por la Ley N\u00b0 941-R, Cap\u00edtulo I, art\u00edculos 167,169 y 169BIS. La persona que incurra actos de vandalismo, rotura, o destrucci\u00f3n de contenedores, de presentaci\u00f3n de residuos, ser\u00e1 sancionada conjunta o alternativamente con multa entre 1.000 UT y.500.000 UT, arresto de cinco (5) a diez (10) d\u00edas.\u00bb Cuando, quien incurriere en la violaci\u00f3n o incumplimiento, fuere responsable de organismos p\u00fablicos, se debe aplicar una multa entre 1.000 UT y 500.000 UT\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Adquisici\u00f3n de un inmueble para la ejecuci\u00f3n de la Ruta Nacional 40<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otro lado, el cuerpo legislativo ratific\u00f3 un acuerdo suscripto el 12 de marzo de 2021, entre la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad, y el Gobierno de San Juan para la adquisici\u00f3n directa de un inmueble del departamento Sarmiento.<\/p>\n<p>En esta oportunidad, habl\u00f3 el diputado Federico Hensel como miembro informante y sostuvo que el acuerdo consiste en la adquisici\u00f3n de un inmueble del departamento Sarmiento que tiene como destino a la ejecuci\u00f3n de la Obra: Autopista Ruta Nacional N\u00b0 40\u2014 Tramo: Limite Interprovincial Mendoza- San Juan Intersecci\u00f3n Acceso Sur y RP N\u00b0 179 \u2014 Secci\u00f3n II: Tres Esquinas \u2014 Intersecci\u00f3n RN N\u00b0 40 y RP N\u00b0 295 (Acceso a Cochagual).<\/p>\n<p>Seguidamente, indic\u00f3 que la Direcci\u00f3n Nacional de Vialidad abonar\u00e1 al propietario del inmueble, en concepto de total y \u00fanica indemnizaci\u00f3n por parte de la porci\u00f3n afectada, la suma de pesos un mill\u00f3n treinta y dos mil trescientos cincuenta ($ 1.032.350); compuesto por la suma de pesos novecientos treinta y ocho mil quinientos ($ 938.500), conforme la Tasaci\u00f3n emitida por el Tribunal de Tasaciones de la Naci\u00f3n, m\u00e1s la suma de noventa y tres mil ochocientos cincuenta pesos ($ 93.850) conforme el diez por ciento (10%) que establece el art\u00edculo 13 de la Ley N\u00b021.499.<\/p>\n<p>En este sentido el propietario se aviene a transferir en propiedad a la Direcci\u00f3n, que acepta de conformidad, una fracci\u00f3n de 2ha 4.537,98 m2con todo lo plantado y asentado en el mismo, seg\u00fan \u00e1ngulos, medidas y linderos indicados en el proyecto de Plano de Mensura de Afectaci\u00f3n con destino a la ejecuci\u00f3n de la Obra.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Mayor financiamiento para el acueducto \u201cEl Tambillo\u201d<\/strong><\/span><\/p>\n<p>M\u00e1s tarde, los diputados y diputadas aprobaron el convenio por mayor financiamiento para la ejecuci\u00f3n de la obra \u00abAcueducto El Tambillo \u2013 Rodeo, departamento Iglesia, firmado el 29 de marzo de 2021, entre la Secretar\u00eda de Infraestructura y Pol\u00edtica H\u00eddrica del Ministerio de Obras P\u00fablicas, y el gobierno de la provincia.<\/p>\n<p>La fundamentaci\u00f3n de este asunto del orden del d\u00eda fue brindada por el legislador Juan Carlos Abarca, quien se\u00f1al\u00f3 que este es la octava redeterminaci\u00f3n de precios de la obra por el incremento comprendido entre los periodos enero 2020 y junio 2020, el cual corresponde a un 7.43% conforme a los informes t\u00e9cnicos realizados.<\/p>\n<p>Cabe recordar que las partes intervinientes suscribieron un Convenio de Cooperaci\u00f3n y Financiaci\u00f3n el 11 de septiembre de 2018 por la suma de pesos trescientos cincuenta y cuatro millones ciento sesenta y nueve mil trescientos cincuenta y cinco con sesenta y un centavos ($ 354.169.355,61).<\/p>\n<p>Con este nuevo acuerdo, la Secretar\u00eda de Infraestructura y Pol\u00edtica H\u00eddrica del Ministerio de Obras P\u00fablicas se compromete a ampliar el monto de financiamiento del acueducto por pesos cincuenta y tres millones setenta y cuatro mil cincuenta cuatro con noventa y cuatro centavos ($ 53.074.054,94). Por lo que el monto total del financiamiento para la obra de referencia asciende a la suma de pesos mil cincuenta y nueve millones setecientos veinti\u00fan mil treinta y ocho con cuarenta y dos centavos ($ 1.059.721.038,42).<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Corte de Justicia \u2013 modifican art\u00edculo de Ley Impositiva 2021<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, el cuerpo parlamentario otorg\u00f3 acuerdo a un proyecto de Ley remitido por la Corte de Justicia en el marco del uso de la atribuci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 207\u00ba, inciso 8\u00ba de la Constituci\u00f3n provincial. La diputada Celina Ramella, como miembro informante, explic\u00f3 que el objetivo de este asunto consiste en la modificaci\u00f3n del art\u00edculo 14\u00ba de la Ley N\u00ba 2188-1, Ley Impositiva A\u00f1o Fiscal 2021, con la finalidad de que se determine un nuevo objeto para la cuenta especial denominada \u00abCuenta Especial Corte de Justicia\u00bb, que se encuentra registrada en el Banco de San Juan.<\/p>\n<p>Luego, sostuvo que \u201cconforme a los nuevos sistemas tecnol\u00f3gicos que posibilitan un mejor servicio resulta necesario readecuar la finalidad de los montos dinerarios existentes y que se perciben en concepto de sobretasa de 9 Unidades Tributarias por pago de cada uno de los formularios y por cada uno de los servicios que preste el Registro Inmobiliario y Archivo de Tribunales La Corte de Justicia se encuentra avocada a la tarea concreta de implementaci\u00f3n de nuevos sistemas de gesti\u00f3n de procesos y de herramientas tecnol\u00f3gicas que ameritan la modernizaci\u00f3n de todas las oficinas judiciales que prestan servicios esenciales a la comunidad y, para ello requiere disponer de los fondos que existen e ingresan a la precitada Cuenta\u201d.<\/p>\n<p>De esta manera, el art\u00edculo 14\u00ba de la ley 2788-1, qued\u00f3 redactado de la siguiente forma:<\/p>\n<p>\u00abSe pagar\u00e1 una sobretasa de nueve Unidades Tributarias (U. T. 9), por cada uno de los formularios y por cada uno de los servicios que preste el Registro General Inmobiliario y Archivo de los Tribunales destinados a la adquisici\u00f3n, construcci\u00f3n, alquiler, equipamiento, refacci\u00f3n estructural y tecnol\u00f3gica del Registro Inmobiliario y de los dem\u00e1s organismos judiciales que la Corte de Justicia disponga, acorde a lo establecido por la Ley N\u00b0 17.801; el producido de este recurso, se depositar\u00e1 en una cuenta especial a la orden de la Corte de Justicia de la Provincia que se denominar\u00e1 Cuenta Ley N\u00b0 17.801-Corte de Justicia\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Readecuaci\u00f3n de los fondos de la Cuenta Especial \u00abEdificio Poder Judicial\u00bb<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, la C\u00e1mara aprob\u00f3 otro proyecto de Ley presentado por la Corte de Justicia que propone la modificaci\u00f3n del art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 832-1.<\/p>\n<p>En esta oportunidad, la legisladora Florencia Pe\u00f1aloza fue la encargada de brindar los fundamentos como miembro informante y manifest\u00f3 que \u201cesta reforma legislativa tiene como finalidad la readecuaci\u00f3n del objeto bajo el cual habr\u00e1 de destinarse los fondos existentes en la cuenta especial \u00abEdificio Poder Judicial\u00bb en raz\u00f3n de que en momento hist\u00f3rico en que fue creada no se contempl\u00f3 el proceso actual de modernizaci\u00f3n estructural del Poder Judicial que hoy se est\u00e1 llevando a cabo\u201d.<\/p>\n<p>De esta manera, el art\u00edculo modificado qued\u00f3 redactado de la siguiente forma:<\/p>\n<p>\u00abArt\u00edculo 3\u00ba.- Los fondos de la Cuenta Especial \u00abEdificio Poder Judicial\u00bb, ser\u00e1n destinados a atender los costos que demande la adquisici\u00f3n, construcci\u00f3n, alquiler, equipamiento, refacci\u00f3n estructural y tecnol\u00f3gica de cualquier organismo del Poder Judicial de la Provincia de San Juan, y todo otro gasto que se relacione directamente con dicha finalidad\u00bb.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Adhesi\u00f3n a medidas sanitarias por COVID-19<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Sobre tablas, los legisladores otorgaron acuerdo al Mensaje N\u00ba 63 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que informa acerca de la Ley de Necesidad y Urgencia N\u00ba 2249-P, por la que adhiere al DECNU 2021-381-APN-PTE, sobre medidas adicionales de prevenci\u00f3n destinadas a mitigar la pandemia, aplicadas desde el 12 y hasta el 25 de junio de 2021 inclusive. Este asunto fue fundamentado por el diputado Gustavo Rodr\u00edguez.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Renuncia de un Juez de C\u00e1mara<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n sobre tablas, los parlamentarios trataron la comunicaci\u00f3n oficial remitida por el Poder Judicial y aceptaron la renuncia al cargo de Juez de C\u00e1mara del abogado Oscar Roberto Oti\u00f1ano. En esta ocasi\u00f3n, el diputado Juan Carlos Abarca fue el encargado de brindar los fundamentos como miembro informante.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Suspensi\u00f3n de embargos y requerimientos de pago a sectores cr\u00edticos<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, consideraron sobre tablas, un proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N\u00b0 64, por el que se suspenden, hasta el 31 de Octubre de 2021, los requerimientos de pago, embargos y la traba de medidas cautelares, en los procesos de Ejecuci\u00f3n Fiscal en tr\u00e1mite y los que se inicien durante su vigencia, contra sectores cr\u00edticos considerados como no esenciales incluidos en el \u00abPrograma Proteger Empleo San Juan\u00bb.<\/p>\n<p>El diputado Rodolfo Jalife explic\u00f3 los motivos de dicho asunto y se\u00f1al\u00f3 que la Direcci\u00f3n General de Rentas remitir\u00e1 a la Fiscal\u00eda de Estado el listado de los contribuyentes comprendidos y de las cuentas asociadas, sin perjuicio de que los beneficiarios podr\u00e1n hacer valer la suspensi\u00f3n en el juicio respectivo o solicit\u00e1ndolo en la Direcci\u00f3n General de Rentas y\/o Fiscal\u00eda de Estado.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Resoluciones<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por \u00faltimo, los legisladores aprobaron los siguientes proyectos de Resoluci\u00f3n que proponen declarar de Inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li>Social y Cultural la muestra fotogr\u00e1fica \u00abIngravitto\u00bb, a cargo del fot\u00f3grafo profesional Mariano de Vecchis que se expone de manera itinerante en diferentes establecimientos de la provincia de San Juan. (diputado Andr\u00e9s Chanampa)<\/li>\n<li>Hist\u00f3rico, Social y Cultural el monumento escult\u00f3rico \u00abSoldado Rawsino H\u00e9roe de Malvinas\u00bb, emplazado en Boulevard de calle Superiora y Magallanes, barrio 2 de Abril, departamento Rawson, al cumplirse treinta y nueve a\u00f1os del bautismo de fuego y del hundimiento del Crucero A.R.A. General Belgrano (diputados Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y legisladora Graciela Seva).<\/li>\n<li>Social, Ambiental, Educativo y Cultural el Post\u00edtulo: \u201cDiplomatura Superior en Educaci\u00f3n Ambiental\u201d para los docentes del Nivel de Educaci\u00f3n Primaria y el Nivel de Educaci\u00f3n Secundaria Orientada y Art\u00edstica, organizado en forma conjunta por el Ministerio de Educaci\u00f3n y la Secretar\u00eda de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 0036-ME-2021, que se implementar\u00e1 a partir de junio del a\u00f1o 2021. (Diputada Fernanda Paredes)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Antes de finalizar la sesi\u00f3n, el diputado Juan Carlos Abarca transmiti\u00f3 un afectuoso saludo a todos los compa\u00f1eros legislativos por el D\u00eda del Padre y tambi\u00e9n record\u00f3 el D\u00eda de la Bandera\u00a0 a celebrarse ambos este domingo 20 de junio.<\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esta iniciativa presentada por el diputado Prof. Andr\u00e9s Chanampa fue sancionada por unanimidad por la C\u00e1mara y consiste en adherir<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":38839,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-38837","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38837","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=38837"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38837\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":38840,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38837\/revisions\/38840"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/38839"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=38837"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=38837"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=38837"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}