{"id":38297,"date":"2021-06-01T19:36:16","date_gmt":"2021-06-01T22:36:16","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=38297"},"modified":"2021-06-01T19:36:16","modified_gmt":"2021-06-01T22:36:16","slug":"definieron-el-temario-de-la-quinta-sesion-del-periodo-ordinario-de-la-camara-de-diputados-de-san-juan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/definieron-el-temario-de-la-quinta-sesion-del-periodo-ordinario-de-la-camara-de-diputados-de-san-juan\/","title":{"rendered":"Definieron el temario de la Quinta Sesi\u00f3n del per\u00edodo ordinario de la C\u00e1mara de Diputados de San Juan"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Durante la reuni\u00f3n de Labor Parlamentaria, los diputados titulares de bloque conformaron el orden del d\u00eda de la Quinta Sesi\u00f3n del per\u00edodo ordinario que ser\u00e1 llevada a cabo este jueves 3 de junio de 2021, a partir de las 9.30 horas.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>El encuentro estuvo encabezado por el vicegobernador y presidente de la C\u00e1mara de Diputados, Roberto Gattoni; y cont\u00f3 con la participaci\u00f3n del secretario Legislativo, Nicol\u00e1s Alvo; el vicepresidente segundo, diputado Carlos Platero; el vicepresidente alterno, diputado Edgardo Sancassani; los legisladores presidentes de los bloques; Producci\u00f3n\u00a0 y Trabajo, Sergio Miodowsky; bloque Bloquista, Andr\u00e9s Chanampa; bloque Del Este, Marcelo Mallea; San Juan Primero, Enrique Monta\u00f1o; bloque Actuar, Gustavo Us\u00edn; y las diputadas Florencia Pe\u00f1aloza titular del bloque ConFe Somos San Juan, y Celina Ramella, en representaci\u00f3n del bloque Justicialista.<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>Convenio con la Asociaci\u00f3n de Criadores de Psit\u00e1cidos y Ornamentales<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Con despacho favorable de las respectivas comisiones, el cuerpo legislativo deber\u00e1 tratar en el recinto un proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje n\u00ba 21, por el cual propone aprobar el convenio Marco de Cooperaci\u00f3n T\u00e9cnica, suscripto entre la Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, y la Asociaci\u00f3n de Criadores de Psit\u00e1cidos y Ornamentales.<\/p>\n<p>El objeto del presente acuerdo consiste en establecer entre las partes una relaci\u00f3n de cooperaci\u00f3n para la construcci\u00f3n de objetivos en com\u00fan, en pos de elaborar criterios y herramientas que permitan contribuir con la toma de decisiones para la conservaci\u00f3n y manejo de aves aut\u00f3ctonas, manejo de especies ex\u00f3ticas, mediante la realizaci\u00f3n de tareas de investigaci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica y actividades conjuntas y la disposici\u00f3n de los recursos humanos, materiales, tecnol\u00f3gicos y financieros de ambas partes.<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>Convenio con la Agencia Territorial San Juan<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, deber\u00e1 abordar un proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje n\u00ba 25, el cual propone ratificar el Acta celebrada entre la Agencia Territorial San Juan del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Naci\u00f3n, y el Ministerio de Gobierno de la Provincia de San Juan,<\/p>\n<p>Esta Acta tiene por objeto acordar la tenencia del bien inmueble ubicado en calle Santa Fe N\u00b0 77-79 Oeste, de propiedad del Estado Nacional, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en poder de la Provincia de San Juan, la que dispondr\u00e1 del libre uso y goce por parte de cualesquiera dependencias que conformen los cuadros de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial, revistan \u00e9stos el car\u00e1cter de centralizados, descentralizados y\/o aut\u00e1rquicos. La tenencia del inmueble la mantendr\u00e1 la Provincia de San Juan hasta que se defina la situaci\u00f3n dominial del mismo.<\/p>\n<p>El presente requerimiento encuentra fundamento en el hecho de que la Provincia de San Juan, viene detentado el uso y goce de dicho edificio desde el a\u00f1o 1963, de manera pac\u00edfica e ininterrumpida, sirviendo el mismo para la satisfacci\u00f3n de las demandas provinciales en materia laboral. En efecto, desde dicha data la Provincia ha ejecutado un sinn\u00famero de actos conservatorios sobre dicho bien, velando en todo momento por preservarlo y mantenerlo en excelentes condiciones de habitabilidad.<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>Red Tulum: Estaci\u00f3n Central de Transbordo en calle Mitre<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, los legisladores y legisladoras deber\u00e1n considerar un proyecto de Ley remitido por Poder Ejecutivo, mediante el mensaje n\u00ba\u00a0 33, que propone la ratificaci\u00f3n de un convenio entre la provincia y el Ministerio de Transporte de la Naci\u00f3n, referido a la realizaci\u00f3n de las mejoras de infraestructura en el marco del Sistema de Transporte P\u00fablico de Pasajeros denominado \u201cRedTulum\u201d.\u00a0 Espec\u00edficamente el acuerdo busca la ejecuci\u00f3n del proyecto de obra \u201cEstaci\u00f3n de Transbordo de la calle Mitre\u201d que recibir\u00e1 aproximadamente 130 millones por parte de Naci\u00f3n.<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>Modificaci\u00f3n de la Ley de creaci\u00f3n del Observatorio Ambiental<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otro lado, el cuerpo parlamentario deber\u00e1 tratar el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje n\u00ba 35, que propone modificar el art\u00edculo 2\u00ba de la Ley 1800-L de creaci\u00f3n del Observatorio Ambiental, el cual establece los organismos del Estado que integran el Centro de Monitoreo, y de forma involuntaria al momento de aprobarse la Ley se omiti\u00f3 en esa integraci\u00f3n a la Secretar\u00eda de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n de la Provincia de San Juan, quien tiene una participaci\u00f3n activa en el Centro.<\/p>\n<p>Por el motivo expuesto resulta necesario sustituir el Art\u00edculo 2\u00b0 por la siguiente redacci\u00f3n:<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2.- \u00abEl Centro de Monitoreo Ambiental: a coordinado por un Consejo Directivo de Articulaci\u00f3n de organismos del Estado, conformado por la Secretar\u00eda de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el Ministerio de Infraestructura y Servicios P\u00fablicos, el Ministerio de Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico, el Ministerio de Miner\u00eda y la Secretaria de Ciencia Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n o los organismos que en el futuro los reemplacen, sin afectar las competencias de cada organismo instituidas por la normativa vigente.\u00bb<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>\u201cPrograma Casa Propia- Construir Futuro\u201d<\/strong><\/span><\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, los diputados y diputadas deber\u00e1n abordar dos proyectos de ley remitidos por el Poder Ejecutivo, mediante mensajes n\u00ba 37 y 38, los cuales proponen ratificar los convenios firmados sobre el \u201cPrograma Casa Propia- Construir Futuro\u201d, entre la Secretar\u00eda de H\u00e1bitat del Ministerio de Desarrollo Territorial y H\u00e1bitat y la provincia de San Juan.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que el mensaje n\u00ba 37\u00a0 establece que la Secretar\u00eda de H\u00e1bitat se compromete a aportar el financiamiento del Proyecto para la construcci\u00f3n de 837 nuevas viviendas en el departamento Rivadavia, por la cantidad de pesos dos mil seiscientos veintid\u00f3s millones ochocientos veintisiete mil trescientos sesenta y uno con 72\/100 ($ 2.622.827.361,72).<\/p>\n<p>Mientras que el mensaje n\u00ba 38 propone la adquisici\u00f3n e instalaci\u00f3n de 200 viviendas de construcci\u00f3n liviana de r\u00e1pida ejecuci\u00f3n en el departamento Pocito con el objeto de resolver la emergencia habitacional tras el terremoto ocurrido el 18 de enero del corriente a\u00f1o. Para ello, la Secretar\u00eda de H\u00e1bitat del Ministerio de Desarrollo Territorial y H\u00e1bitat, se compromete a aportar el financiamiento del Proyecto la cantidad de $ 80.000.000,00 (Pesos Ochenta Millones).<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>Convenios para fortalecer el sector productivo<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, deber\u00e1n decidir si otorgan acuerdo a un proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje N\u00ba 48, que propone aprobar una serie de convenios sobre \u201cIncentivo al consumo y reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica en comercio\u201d, \u201cPr\u00e9stamos con destino a Capital de Trabajo\u201d; \u201cFinanciamiento de Capital de Trabajo- Descuentos de Cheques\u201d; y de \u201cL\u00ednea global de financiamiento de proyectos de inversi\u00f3n\u201d, firmados el 5 de abril de 2021 y sobre \u201cInversi\u00f3n productiva-Bonificaci\u00f3n de Tasa de Inter\u00e9s\u201d, suscrito el 12 de abril del corriente a\u00f1o, entre el Gobierno de San Juan, el Ministerio\u00a0 de la Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico, el Ministerio de Hacienda y Finanzas, por una parte, y por la otra, el Banco de San Juan S.A.<\/p>\n<p>Los referidos Convenios fueron celebrados en el marco de lo dispuesto en la Ley Provincial N\u00b0 I605-A; los Art\u00edculos n\u00ba 40 , inciso b) apartado 3), y n\u00ba 220 de la Ley de Ministerios N\u00b0 1101-A; el Art\u00edculo 9\u00b0 del Contrato de Vinculaci\u00f3n con el Banco de San Juan S.A., aprobado por Decreto N\u00b0 1963-MHF-2017. En raz\u00f3n de la situaci\u00f3n sanitaria de emergencia, y las medidas tomadas en virtud de la pandemia COVID 19, que generaron un fuerte impacto econ\u00f3mico y social, y con el prop\u00f3sito de implementar medidas tendientes a morigerarlo, incentivando el movimiento y reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica, la Provincia implementa una acci\u00f3n comercial destinada a impulsar el consumo, con la cooperaci\u00f3n del Banco de San Juan S.A. como Agente Financiero de la Provincia de San Juan.<\/p>\n<p>Puntualmente el Convenio \u00abIncentivo al Consumo y Reactivaci\u00f3n Econ\u00f3mica en Comercios\u00bb, tiene por objeto la implementaci\u00f3n de una acci\u00f3n promocional por la que la Provincia asumir\u00e1 un porcentaje del quince por ciento (15%) de descuento, en el precio del consumo de bienes y servicios, por las compras efectuadas por los titulares y adicionales de tarjetas de Cr\u00e9dito VISA y Master Card emitidas por el Banco San Juan, en los comercios situados y que presten servicios en la provincia de San Juan, adheridos al Banco. El monto total comprometido por la Provincia para el referido Convenio, est\u00e1 en el orden de la suma de siete millones quinientos mil pesos ($ 7.500.000,00), por mes calendario. La referida promoci\u00f3n entrar\u00e1 en vigencia a partir del d\u00eda 16\/04\/2021 y se extender\u00e1 por sesenta d\u00edas corridos, venciendo el d\u00eda 16\/06\/2021, con posibilidad de pr\u00f3rroga en iguales condiciones, de manera autom\u00e1tica, por un per\u00edodo de treinta d\u00edas m\u00e1s. A menos que cualquiera de las partes comunique a la otra su intenci\u00f3n de darlo por terminado, con al menos tres d\u00edas h\u00e1biles de antelaci\u00f3n (esto es, hasta el 11\/06\/2021).<\/p>\n<p>En cuanto al Convenio \u00abPr\u00e9stamos con Destino a Capital de Trabajo\u00bb, consiste en la implementaci\u00f3n de un mecanismo de bonificaci\u00f3n de la tasa de inter\u00e9s, a cargo de la Provincia, en los cr\u00e9ditos que sean otorgados por el Banco, de acuerdo a su capacidad prestable, en el marco de esta l\u00ednea de cr\u00e9dito, conforme a las condiciones que establece, a las personas humanas o jur\u00eddicas que cumplan la condici\u00f3n de Micro, Peque\u00f1a o Mediana Empresa. Asimismo, se acuerda que a los beneficiarios liderados o de propiedad de mujeres, se les destinar\u00e1 al menos un 20 % del monto total de la L\u00ednea de Cr\u00e9ditos, entendi\u00e9ndose por tales a aquellas que cuenten con m\u00e1s del 50% de las acciones de titularidad de mujeres o con al menos el 25% de las acciones bajo la titularidad de mujeres y al menos una mujer en un puesto de decisi\u00f3n (gerencial o directivo). El monto m\u00e1ximo de la L\u00ednea es de trescientos millones de pesos ($ 300.000.000,00), y el monto m\u00e1ximo por empresa es de cinco millones de pesos ($ 5.000.000,00); y la Provincia, asumir\u00e1 diez puntos porcentuales anuales por un plazo de doce meses.<\/p>\n<p>Mientras, el Convenio \u00abFinanciamiento de Capital de Trabajo- Descuentos de Cheques\u00bb, tiene por objeto la implementaci\u00f3n de un mecanismo de bonificaci\u00f3n de la tasa de inter\u00e9s, a cargo de la Provincia, en los cr\u00e9ditos que sean otorgados por el Banco a MIPYMES que desarrollen una actividad productiva en la provincia de San Juan, de acuerdo a su capacidad prestable, a trav\u00e9s del financiamiento del capital de trabajo, mediante el descuento de cheques de pago diferido de terceros, conforme a los t\u00e9rminos y condiciones que se establecen en el Convenio. La suma total de esta L\u00ednea de Cr\u00e9dito es de quinientos millones de pesos ($ 500.000.000,00) renovable. Dicho monto no podr\u00e1 superarse en ning\u00fan momento; sin embargo podr\u00e1 el Banco, en la medida que se vayan cancelando las financiaciones otorgadas, renovarlo en forma permanente durante el tiempo de vigencia de la L\u00ednea. La Provincia acuerda conceder a los beneficiarios de esta L\u00ednea, una bonificaci\u00f3n de diez puntos porcentuales en la Tasa de Inter\u00e9s aplicable a la operaci\u00f3n de descuento, la que ser\u00e1 pagada por la Provincia al Banco con los alcances y en las condiciones que se establecen en el Convenio. La fecha m\u00e1xima para descontar cheques a los beneficiarios ser\u00e1 el 31 de diciembre de 2021, la que podr\u00e1 ser prorrogada en los t\u00e9rminos dispuestos en la Cl\u00e1usula Cuarta del Convenio.<\/p>\n<p>Por el Convenio \u00abL\u00ednea Global de Financiamiento de Proyectos de Inversi\u00f3n\u00bb, se dispone la implementaci\u00f3n de una L\u00ednea de Cr\u00e9dito con la finalidad de implementar un mecanismo de bonificaci\u00f3n de la tasa de inter\u00e9s, a cargo de la Provincia, en los cr\u00e9ditos que sean otorgados por el Banco, de acuerdo a su capacidad prestable en el marco de esta l\u00ednea de cr\u00e9dito.\u00a0 Est\u00e1 destinado a las Medianas y Grandes Empresas en los t\u00e9rminos de la Resoluci\u00f3n 220\/19 de la Secretar\u00eda de Emprendedores y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa,\u00a0 que desarrollen su actividad en la Provincia de San Juan, siendo clientes del Banco o no clientes a vincularse. La finalidad de dicho Convenio es la financiaci\u00f3n de proyectos de inversi\u00f3n destinados a la ampliaci\u00f3n de la capacidad productiva o proyecten la incorporaci\u00f3n de personal, en el marco de la generaci\u00f3n de empleo y aumento de la capacidad productiva y su duraci\u00f3n es de cuarenta y ocho meses, incluyendo seis meses de gracia para el pago de capital.<\/p>\n<p>El Banco otorgar\u00e1 cr\u00e9ditos en el marco de esta L\u00ednea, por una suma de hasta quinientos millones de pesos ($500.000.000,00) y la Provincia acuerda conceder a los beneficiarios de la L\u00ednea una bonificaci\u00f3n en la Tasa de Inter\u00e9s Aplicable, consistente en la asunci\u00f3n por parte de la misma de hasta catorce puntos porcentuales, siendo ocho puntos porcentuales fijos aplicables a todos los cr\u00e9ditos, y los otros seis puntos porcentuales ser\u00e1n variables y aplicables en funci\u00f3n al incremento de la n\u00f3mina de personal del beneficiario.<\/p>\n<p>Y por \u00faltimo, el objeto del Convenio \u00abInversi\u00f3n Productiva- Bonificaci\u00f3n de Tasa de Inter\u00e9s\u00bb, es establecer un r\u00e9gimen para que la Provincia bonifique ocho puntos porcentuales anuales de la tasa de inter\u00e9s aplicable a los pr\u00e9stamos que otorgue el Banco a los beneficiarios, durante toda la vigencia de los cr\u00e9ditos. La bonificaci\u00f3n asumida por parte de la Provincia ser\u00e1 aplicable a los pr\u00e9stamos desembolsados por el Banco a favor de los beneficiarios, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Convenio, comprometi\u00e9ndose la Provincia a contar con las partidas presupuestarias necesarias y suficientes para afrontar los compromisos que adquiere a partir del Convenio, mediante el dictado de los actos legislativos y administrativos correspondientes.<\/p>\n<p>El monto total para esta L\u00ednea de Cr\u00e9ditos que compromete el Banco, asciende a la suma de cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000,00), manteniendo el an\u00e1lisis de riesgo crediticio de los beneficiarios, como asimismo quedando sujeto a la obtenci\u00f3n del subsidio de tasa del FONDEP de ocho puntos porcentuales anuales de la tasa de inter\u00e9s de los pr\u00e9stamos a los beneficiarios, durante los primeros 24 meses, adem\u00e1s del comprometido por la Provincia, de modo que la tasa de los cr\u00e9ditos quede con los subsidios descontados en catorce por ciento (14%) nominal anual durante los primeros veinticuatro meses y en veintid\u00f3s por ciento (22%) durante el resto del plazo de vigencia de los cr\u00e9ditos.<\/p>\n<p>Asimismo, la Provincia reconoce que el Banco deber\u00e1 obtener a su entera satisfacci\u00f3n el otorgamiento de las garant\u00edas que considere suficientes como condici\u00f3n precedente al desembolso de cada cr\u00e9dito. Ser\u00e1n beneficiarios de esta L\u00ednea de Cr\u00e9ditos las personas humanas o jur\u00eddicas que cumplan la condici\u00f3n de Micro, Peque\u00f1a o Mediana Empresa, en los t\u00e9rminos de la resoluci\u00f3n n\u00ba 220\/19 de la Secretar\u00eda de Emprendedores y de la Peque\u00f1a y Mediana Empresa, que cuenten con certificado MiPyME vigente y que desarrollen su actividad en la provincia de San Juan en los sectores Agroindustrial, Industrial y de Servicios aceptados por el FONDEP (los \u00abBeneficiarios\u00bb), y excluyendo aquellos que el FONDEP excluye.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, se acuerda que a los beneficiarios que sean liderados o de propiedad de mujeres, se les destinar\u00e1 al menos un veinte por ciento (20 %) del monto total de la L\u00ednea de Cr\u00e9ditos. A tal fin, se entender\u00e1 por este tipo de beneficiarios a aquellas MiPyMES que cuenten con m\u00e1s del cincuenta por ciento (50%) del paquete accionario bajo la titularidad de mujeres o con al menos el veinticinco por ciento (25%) del paquete accionario bajo la titularidad de mujeres y al menos una mujer en un puesto de decisi\u00f3n (gerencial o directivo) productiva; y su duraci\u00f3n es de cuarenta y ocho (48) meses, incluyendo seis meses de gracia para el pago de capital. El plazo de los pr\u00e9stamos ser\u00e1 de cuarenta y ocho meses, incluido el periodo de gracia de seis meses para capital, y sin plazo de gracia para intereses.<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>Instituir el D\u00eda Provincial de la Prevenci\u00f3n S\u00edsmica<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el cuerpo parlamentario abordar\u00e1 el proyecto de Ley de autor\u00eda del diputado Gast\u00f3n Berenguer que propone establecer el d\u00eda 15 de enero de cada a\u00f1o como el \u00abD\u00eda Provincial de la Prevenci\u00f3n S\u00edsmica en la Provincia de San Juan\u00bb.\u00a0 Asimismo, la norma dispone convocar a las instituciones gubernamentales y no gubernamentales a desarrollar para esa fecha actividades de concientizaci\u00f3n s\u00edsmica en pos de prevenir la p\u00e9rdida de vidas ante un terremoto.<\/p>\n<p><span style=\"color: #339966;\"><strong>Declarar de inter\u00e9s el Plan Fines Adaptado<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por \u00faltimo, deber\u00e1 tratar un proyecto presentado por los legisladores Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y la diputada Graciela Seva, el cual propone declarar de inter\u00e9s Provincial, Social, Educativo y Cultural el Plan Fines Adaptado, para personas con discapacidad que se dicta en el departamento de Rawson en el marco del convenio celebrado entre Municipio de Rawson y la Biblioteca Popular Sur y el Ministerio de Educaci\u00f3n de la provincia.<\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante la reuni\u00f3n de Labor Parlamentaria, los diputados titulares de bloque conformaron el orden del d\u00eda de la Quinta Sesi\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":38299,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-38297","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38297","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=38297"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38297\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":38300,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38297\/revisions\/38300"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/38299"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=38297"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=38297"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=38297"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}