{"id":33380,"date":"2020-12-03T22:56:47","date_gmt":"2020-12-04T01:56:47","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=33380"},"modified":"2020-12-03T22:56:47","modified_gmt":"2020-12-04T01:56:47","slug":"implementan-un-plan-de-gestion-de-pilas-y-baterias-en-desuso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/implementan-un-plan-de-gestion-de-pilas-y-baterias-en-desuso\/","title":{"rendered":"Implementan un Plan de Gesti\u00f3n de pilas y bater\u00edas en desuso"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Con el objetivo de regular y garantizar la adecuada gesti\u00f3n ambiental, la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3, en la Decimosexta Sesi\u00f3n del per\u00edodo ordinario, la creaci\u00f3n de R\u00e9gimen de Gesti\u00f3n de Pilas y Bater\u00edas fuera de uso.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>Por otro lado, ratific\u00f3 un convenio con la Fundaci\u00f3n Amigos del Teatro del Bicentenario para el desarrollo de proyectos culturales y educativos para la comunidad art\u00edstica de San Juan.<\/p>\n<p>Asimismo, fueron aprobados dos proyectos que proponen modificaciones a las siguientes leyes: N\u00ba 1784- P que declara el estado de emergencia de la estructura e infraestructura edilicia y tecnol\u00f3gica de los servicios de seguridad que presta la Polic\u00eda de San Juan y el Servicio Penitenciario Provincial; \u00a0y la N\u00ba 1254-P que establece en el \u00e1mbito de la Provincia de San Juan, un r\u00e9gimen excepcional y temporario, de regularizaci\u00f3n de obras subrepticias en contravenci\u00f3n al C\u00f3digo de Edificaci\u00f3n. Adem\u00e1s, dieron acuerdo a un proyecto de Ley que establece la adecuaci\u00f3n legislativa de numerosas leyes por derogaci\u00f3n expresa de la Ley N\u00ba 2000-A.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, el cuerpo legislativo adhiri\u00f3 al Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N\u00ba 956-2020 para extender la vigencia del Distanciamiento Social, Preventivo Y Obligatorio, hasta las veinticuatro horas del d\u00eda 20 de diciembre de 2020.<\/p>\n<p>La sesi\u00f3n fue llevada a cabo durante la ma\u00f1ana del jueves 3 de diciembre y fue conducida de forma alternada por el presidente de la C\u00e1mara de Diputados, Roberto Gattoni, y el vicepresidente primero, diputado Eduardo Cabello. Acompa\u00f1aron en la ocasi\u00f3n, los secretarios Administrativo y Legislativo, Roberto Iglesias y Nicol\u00e1s Alvo, respectivamente.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Creaci\u00f3n de un Plan de Gesti\u00f3n de Pilas y Bater\u00edas<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Tras la explicaci\u00f3n de los argumentos brindada por el miembro informante, diputado Sim\u00f3n Ortiz, los parlamentarios otorgaron acuerdo al mensaje N\u00ba 106 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, el cual instituye el R\u00e9gimen de\u00a0 Gesti\u00f3n de Pilas y Bater\u00edas con el objeto de garantizar y regular la gesti\u00f3n ambiental de pilas y bater\u00edas fuera de uso, generadas por cualquier ente, ya sea p\u00fablico, privado, gubernamental o no gubernamental, personas humanas y jur\u00eddicas.<\/p>\n<p>Esta iniciativa constituye un Plan de Gesti\u00f3n que parte de los aspectos generales contemplados y establecidos en la Ley Nacional N\u00b0 24.051 y Ley Provincial N\u00b0 522-L. En este sentido, enfatiza y da prioridad a las operaciones de transformaci\u00f3n necesarias para su reutilizaci\u00f3n y reciclaje, o incluso su eventual uso como combustibles alternativos, comprendiendo:<\/p>\n<p>1. Las operaciones de generaci\u00f3n, recolecci\u00f3n, transporte, almacenamiento seguro, y tratamiento de reciclaje de pilas y bater\u00edas en desuso.<\/p>\n<p>2. Las operaciones de tratamiento y transformaci\u00f3n de los recursos materiales impl\u00edcitos en los dispositivos descriptos para su eventual reciclaje.<\/p>\n<p>3. Las actividades de difusi\u00f3n, concientizaci\u00f3n, educaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n a la comunidad como resultado y acci\u00f3n conjunta entre entidades gubernamentales, no gubernamentales, comerciales, empresariales, educativas, ambientalistas y entre otras.<\/p>\n<p>4. Los aspectos legales, financieros y comerciales. Su aplicaci\u00f3n en la totalidad del territorio provincial.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la normativa define que est\u00e1n comprendidos dentro del presente Plan, la recolecci\u00f3n, el tratamiento, la descontaminaci\u00f3n y la disposici\u00f3n final de las pilas y bater\u00edas enumerados a continuaci\u00f3n, sin perjuicio que se encuentren alcanzados por otras normas espec\u00edficas en materia de gesti\u00f3n de residuos:<\/p>\n<ul>\n<li>Pilas Primarias Comunes Recargables y No Recargables Tipo AA, AAA, AAAA, C, D, N, Prism\u00e1ticas 9V y Pilas Formato Bot\u00f3n;<\/li>\n<li>Pilas Secundarias: Bater\u00edas Recargables de N\u00edquel, Cadmio, Ion y\/o Litio aptas para equipamiento el\u00e9ctrico y electr\u00f3nico sencillo; espec\u00edficamente para tel\u00e9fonos celulares, computadoras port\u00e1tiles y c\u00e1maras fotogr\u00e1ficas;<\/li>\n<\/ul>\n<p>Expl\u00edcitamente aclara, el texto normativo, que quedan excluidas aquellas pilas con porcentajes inaceptables de Mercurio, Plomo y Cadmio. La gesti\u00f3n de tales formatos se rige en funci\u00f3n de lo establecido por la Ley Nacional N\u00b026.184 de Energ\u00eda El\u00e9ctrica Port\u00e1til.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n quedan excluidas de la aplicaci\u00f3n de la presente ley aquellas bater\u00edas y acumuladores de formato grande que contengan Plomo; espec\u00edficamente las utilizadas en automotores, ciclomotores, equipos electromec\u00e1nicos y el\u00e9ctricos, y similares. La gesti\u00f3n de tales tipos de residuos seguir\u00e1 siendo contemplada en funci\u00f3n de lo establecido en la Ley Nacional N\u00b0 24.051 de Residuos Peligrosos.<\/p>\n<p>Asimismo, establece que quedan excluidos los aparatos que tengan relaci\u00f3n con la protecci\u00f3n de los intereses esenciales de la seguridad del Estado, los residuos de RAEE provenientes de aparatos militares, las armas, las municiones y el material de guerra; as\u00ed como residuos de aparatos nucleares, de investigaci\u00f3n cient\u00edfica compleja o aquellos que por su funci\u00f3n espec\u00edfica hayan estado en contacto con residuos patog\u00e9nicos.<\/p>\n<p>Por otro lado, la ley crea un Registro de Centros de Acopios Transitorios CAPS de pilas y bater\u00edas, que funcionar\u00e1 en el \u00e1mbito de la Autoridad de Aplicaci\u00f3n, seg\u00fan las disposiciones que se establezcan por v\u00eda reglamentaria. Los entes p\u00fablicos y privados que participen en este Centro deben:<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0 Inscribirse en el Registro pertinente establecido por la Autoridad de Aplicaci\u00f3n para poder participar de la iniciativa como Punto de Origen.<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0 Responder y ser responsables del uso adecuado del contenedor asignado y su contenido, procurando que este \u00faltimo no sea afectado por residuos diferentes a la corriente estipulada.<\/p>\n<p>3.\u00a0\u00a0 Disponer de un espacio apropiado para el acceso p\u00fablico al contenedor asignado.<\/p>\n<p>4.\u00a0\u00a0 Informar al personal de la Autoridad de aplicaci\u00f3n en cada ocasi\u00f3n en la que el contenedor asignado deba ser vaciado de su contenido y recolectado para garantizar su uso continuo.<\/p>\n<p>5.\u00a0\u00a0 Colaborar y no entorpecer las acciones m\u00ednimas de educaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n ambiental implementadas en el c\u00edrculo de recolecci\u00f3n por la Autoridad de Aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, la ley establece un R\u00e9gimen de Sanciones que ser\u00e1 aplicado en caso de que los responsables de un contenedor asignado entreguen su contenido a un operador no habilitado por la autoridad de aplicaci\u00f3n, pudiendo ocasionar perjuicios por el manejo inadecuado.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Convenio con la Fundaci\u00f3n Amigos del Teatro del Bicentenario<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, el diputado Silvio Atencio fue el encargado de brindar los fundamentos del mensaje N\u00ba 0080 y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que los legisladores decidieron ratificar el Convenio Marco de colaboraci\u00f3n y asistencia, celebrado el 24 de abril de 2020 entre el Gobierno de la Provincia de San Juan, a trav\u00e9s del Ministerio de Turismo y Cultura; y la Fundaci\u00f3n Amigos del Teatro del Bicentenario.<\/p>\n<p>Este acuerdo tiene como objetivo la cooperaci\u00f3n mutua en el desarrollo de las actividades a realizarse en el Teatro del Bicentenario, a trav\u00e9s de proyectos culturales y educativos de inter\u00e9s para la instituci\u00f3n y la comunidad art\u00edstica local.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Modificaci\u00f3n de la Ley 1784- P<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Seguidamente, el cuerpo legislativo aprob\u00f3 el mensaje N\u00ba 145 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, cuyos argumentos fueron brindados por el diputado Rodolfo Jalife. Este asunto sustituy\u00f3 los art\u00edculos 4\u00ba y 5\u00ba de la Ley N\u00ba 1784-P, los cuales quedaron redactados de la siguiente manera:<\/p>\n<p>\u201cART\u00cdCULO 4\u00b0.-\u00a0 Se establece que todo procedimiento de contrataci\u00f3n y compra que se efect\u00fae en el marco de la emergencia declarada, queda exceptuado de los requisitos o condiciones previas contempladas en las Leyes N\u00b0 128-A y 2000-A, sus decretos reglamentarios y cualquier otra norma que afecte la celeridad de los plazos contemplados. Las obras, reparaciones, compras, mantenimientos y servicios que se ejecuten a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, por su car\u00e1cter urgente e impostergable, quedan expresamente contemplados en la excepci\u00f3n prevista por el Art\u00edculo 8\u00b0 in fine, de la Ley N\u00b0 128-A.<\/p>\n<p>\u201cART\u00cdCULO 5\u00ba. &#8211; Se autoriza a la Secretar\u00eda de Seguridad y Orden P\u00fablico, como \u00f3rgano encargado de la defensa y resguardo del orden p\u00fablico, para la contrataci\u00f3n y compra de obras, provisi\u00f3n de servicios y suministros, as\u00ed como cualquier otra operaci\u00f3n necesaria para superar en forma inmediata el estado de emergencia declarado. Para ello la Secretar\u00eda de Seguridad y Orden P\u00fablico puede valerse de cualquiera de las formas de contrataci\u00f3n vigentes. Se la faculta a utilizar y hacer pleno uso de las excepciones que dispone el Art\u00edculo 12, Inciso c), d) y e) de la Ley N\u00b0 I28-A y el Art\u00edculo 16, inciso 2, Apartados b), c), d) y O, de la Ley N\u00b0 2000-A y sus decretos reglamentarios.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Adecuaci\u00f3n legislativa de numerosas leyes por derogaci\u00f3n expresa de la Ley N\u00b0 2000-A<\/strong><\/span><\/p>\n<p>M\u00e1s tarde, la C\u00e1mara aprob\u00f3 el proyecto de Ley de autor\u00eda del diputado Rodolfo Jalife y de la diputada Celina Ramella, quien fue la encargada de exponer los argumentos de este asunto que establece una adecuaci\u00f3n legislativa mediante la modificaci\u00f3n o sustituci\u00f3n de las normas que se remiten o se refieren a la secci\u00f3n derogada de la Ley N\u00b0 55-1, y re direccionarla a la actual y vigente Ley de Contrataciones del Estado, N\u00b0 2000-A.<\/p>\n<p>En este sentido, los diputados realizaron una b\u00fasqueda en la legislaci\u00f3n vigente y detectaron que las leyes N\u00b0 138-A (art\u00edculo 1\u00b0 inciso k), N\u00b0 191-1 (art\u00edculo 5\u00b0), N\u00b0 195-1 (art\u00edculo 4\u00b0), N\u00b0 248-J (art\u00edculo 2\u00b0), N\u00b0 284-1 (art\u00edculo 6\u00b0) N\u00b0 382-1 (art\u00edculo 4\u00b0), N\u00b0 617 (art\u00edculo 4\u00b0), N\u00b0 632-R (art\u00edculo 5\u00b0), N\u00b0 656-A (art\u00edculo 1\u00b0), N\u00b0 662-Q, (art\u00edculo 1\u00b0), N\u00b0 783-P (art\u00edculo 7\u00b0), N\u00b0 801-A (inciso e del art\u00edculo 2\u00b0), N&#8217; 997-M (art\u00edculo 8\u00b0), N\u00b0 1015-0 (art\u00edculo 6\u00b0), N\u00b0 1062-M (art\u00edculo 10), N\u00b0 1099-M (art\u00edculo 10), N\u00b0 1113-M (art\u00edculo 9\u00b0), N\u00b0 1605-A (art\u00edculo 2\u00b0), N\u00b0 1784- P (art\u00edculo 5), remiten directamente o se refieren a la secci\u00f3n de la Ley N\u00b0 55-1 expresamente derogada.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Modificaciones de las Leyes N\u00ba 1254-P<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, los legisladores aprobaron un proyecto de Ley que fue fundamentado por su autora, diputada Celina Ramella, el cual sustituy\u00f3 el art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley N\u00ba 1254-P y qued\u00f3 redactado de la siguiente forma:<\/p>\n<p>\u00abART\u00cdCULO 4\u00b0.- A los fines de poder gozar del beneficio establecido en el Art\u00edculo 2\u00b0, se deben cumplir los siguientes requisitos: Para las asociaciones civiles, estar inscriptas en la Inspecci\u00f3n de Personas Jur\u00eddicas de San Juan, como tales; para las entidades sin fines de lucro, estar inscriptas en el \u00f3rgano competente y, para los establecimientos educativos de gesti\u00f3n privada, autorizados por el Ministerio de Educaci\u00f3n de la Provincia de San Juan;<\/p>\n<p>a) \u00a0Solicitar el beneficio a trav\u00e9s de un formulario de acogimiento, acompa\u00f1ando a la presentaci\u00f3n todos los documentos exigibles para la regularizaci\u00f3n de la obra en infracci\u00f3n, hasta el 31 de diciembre de 2021;<\/p>\n<p>b) \u00a0Contar con la aprobaci\u00f3n final de la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica necesaria ajustada a la normativa vigente y rubricada por el profesional habilitado, en el t\u00e9rmino de ciento ochenta (180) d\u00edas corridos, a partir de la presentaci\u00f3n de acogimiento al beneficio, el que podr\u00e1 ser prorrogado excepcionalmente y por \u00fanica vez, por la Direcci\u00f3n de Planeamiento y Desarrollo Urbano, mediante resoluci\u00f3n fundada, atendiendo a la complejidad de la obra a regularizar.\u00bb<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Derogaci\u00f3n de la Ley\u00a0 N\u00b0 1720-A<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Despu\u00e9s, el diputado Jorge Barifusa fue el encargado de brindar los argumentos del mensaje N\u00ba 140 y proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo, \u00a0que result\u00f3 aprobado por la C\u00e1mara con votos divididos ya que el bloque Producci\u00f3n y Trabajo manifest\u00f3 su intenci\u00f3n de abstenerse, la cual no fue aceptada por el cuerpo legislativo, y por ende su voto fue no positivo.<\/p>\n<p>Este asunto establece la derogaci\u00f3n de la Ley N\u00ba 1720-A, que declar\u00f3 la utilidad p\u00fablica y sujeto a expropiaci\u00f3n, los inmuebles ubicados en Avenida Espa\u00f1a y Lateral de Circunvalaci\u00f3n departamento Capital.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, el legislador Barifusa record\u00f3 que \u201cel objeto de esta ley n\u00ba 1720-A era crear un complejo de seguridad para instalar un equipamiento de monitoreo y comunicaci\u00f3n y que adem\u00e1s se ten\u00eda previsto la construcci\u00f3n de una nueva Central de Polic\u00eda y ampliaci\u00f3n del Centro Integral de Seguridad y Emergencia 911 (CISEM)\u201d.<\/p>\n<p>Luego explic\u00f3 que el motivo de esta derogaci\u00f3n fue impulsada por la Resoluci\u00f3n N\u00ba 645-MOSP-2020, que no ratifica el Avenimiento y la Adenda respectiva suscripta entre el entonces director de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Eugenio Montes, y el Presidente de la\u00a0Asociaci\u00f3n Cooperadora Instituto de Investigaciones Mineras (ACIIM), por el cual el propietario del inmueble objeto de la expropiaci\u00f3n acepta el monto indemnizatorio, as\u00ed como la Adenda respectiva en la que se hace referencia al Convenio de pago suscripto en Autos N\u00b089492 Caratulados \u00abProvincia de San Juan c\/ACIIM sobre Ejecuci\u00f3n Hipotecaria, como asimismo se remiten las actuaciones a Fiscal\u00eda de Estado, a fin que inicie la respectiva acci\u00f3n de Declaraci\u00f3n Judicial de Nulidad, en virtud de las irregularidades detectadas.<\/p>\n<p>Seguidamente aclar\u00f3 que \u201cel Centro Seguridad antes mencionado se ha dispuesto construirlo en otro lado. Con el an\u00e1lisis del Ministerio se ha encontrado un predio cercano donde se ha erradicado una villa, dejando un lugar propicio para construir este complejo. Es decir que, esta obra contin\u00faa de pie pero va cambiar el lugar donde se va a construir\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, el diputado Sergio Miodoswky, en nombre del bloque Producci\u00f3n y Trabajo, declar\u00f3 su oposici\u00f3n a esta propuesta debido a que consideraban poco claros los argumentos brindados. En primer lugar, hab\u00edan solicitado abstenerse pero no obtuvieron el permiso por el cuerpo parlamentario y sus votos resultaron negativos.<\/p>\n<p>En contraposici\u00f3n, el diputado Juan Carlos Abarca sostuvo que \u201csi nos encontramos con irregularidades o mal uso de un lugar que fue declarado en alg\u00fan momento de utilidad p\u00fablica para luego realizar su expropiaci\u00f3n, y adem\u00e1s, encontramos un lugar contiguo que est\u00e1 muy cerca y se puede aprovechar sin costo alguno, creo que est\u00e1 muy bien fundamentado que el gobierno tenga que hacer una derogaci\u00f3n y \u00abno tenga que hacer un gasto innecesario teniendo otro terreno muy cercano\u201d.<\/p>\n<p>En la misma l\u00ednea que Abarca y Barifusa, el diputado Juan Carlos Gioja hizo una aclaraci\u00f3n \u201cla declaraci\u00f3n de utilidad p\u00fablica de un terreno no supone la obligaci\u00f3n de la compra del inmueble. La declaraci\u00f3n de utilidad p\u00fablica faculta al Poder Ejecutivo que realice las negociaciones en orden al objetivo planteado, pero de ning\u00fan modo genera una obligaci\u00f3n de adquisici\u00f3n del inmueble\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Extensi\u00f3n del Distanciamiento Social<\/strong><\/span><\/p>\n<p>M\u00e1s tarde, el cuerpo parlamentario decidi\u00f3 ratificar su adhesi\u00f3n al Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N\u00ba 956-2020 referido al Distanciamiento Social, Preventivo Y Obligatorio, el cual extiende su vigencia hasta las veinticuatro horas del d\u00eda 20 de diciembre de 2020. Este asunto fue fundamentado por la diputada Fernanda Paredes.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Comunicaciones<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el cuerpo parlamentario otorg\u00f3 acuerdo a los siguientes proyectos de Comunicaci\u00f3n que solicita:<\/p>\n<ul>\n<li>A los Diputados Nacionales por San Juan, impulsen un proyecto de Ley que obligue a las Emisoras de Televisi\u00f3n Satelital a incluir en sus Grillas de Programaci\u00f3n, sin codificar y en forma gratuita, al menos una Se\u00f1al de Televisi\u00f3n Abierta de cada Provincia. (Diputado Jos\u00e9 Luis Esteve)<\/li>\n<li>Al Poder Ejecutivo que tramite la habilitaci\u00f3n de un puesto de Policial en la zona de San Isidro, sector del Barrio Independencia, departamento San Mart\u00edn, con el fin de brindar m\u00e1s seguridad y ante la requisitoria de los vecinos del sector. (Diputado Miguel S\u00e1nchez)<\/li>\n<li>Al Poder Ejecutivo, a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad y Orden P\u00fablico, tome las medidas necesarias a los fines de instalar cinco c\u00e1mara de video de vigilancia integradas al sistema provincial CISEM 911, en los accesos al departamento Angaco. (Diputado Marcelo Mallea)<\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Proyectos presentados<\/strong><\/span><\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, los diputados remitieron a las respectivas comisiones el siguiente proyecto de Ley que propone:<\/p>\n<ul>\n<li>Crear el Sistema Integral de Protecci\u00f3n de Maternidad Vulnerable. (diputado Enzo Cornejo)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por \u00faltimo, envi\u00f3 a las correspondientes comisiones los siguientes proyectos de Comunicaci\u00f3n que solicitan al Poder Ejecutivo que:<\/p>\n<ul>\n<li>Gestione los medios necesarios para la instalaci\u00f3n de un cajero autom\u00e1tico en la localidad de los Berros, departamento Sarmiento. (diputado Federico Hensel)<\/li>\n<li>Arbitre mediante el Banco San Juan S.A. los medios necesarios para la instalaci\u00f3n de un cajero autom\u00e1tico en la zona de Concepci\u00f3n, San Juan. (diputada Celina Ramella)<\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Saludo al personal m\u00e9dico y personas con discapacidad<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Antes de finalizar la sesi\u00f3n, el vicegobernador record\u00f3 el D\u00eda del M\u00e9dico y el D\u00eda Internacional de las Personas con Discapacidad y expres\u00f3 un cordial saludo para todos ellos. Luego, destac\u00f3 y puso en valor al personal con discapacidad que trabaja en la C\u00e1mara en el marco del programa Simetr\u00eda y Participaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para finalizar, la diputada Florencia Pe\u00f1aloza y los diputados Juan Carlos Abarca y Juan Carlos Gioja solicitaron la palabra para brindar una emotiva salutaci\u00f3n por ambas celebraciones para este d\u00eda especial.<\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con el objetivo de regular y garantizar la adecuada gesti\u00f3n ambiental, la C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3, en la Decimosexta Sesi\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":33382,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-33380","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33380","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=33380"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33380\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":33383,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33380\/revisions\/33383"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/33382"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=33380"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=33380"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=33380"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}