{"id":32122,"date":"2020-10-22T17:29:45","date_gmt":"2020-10-22T20:29:45","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=32122"},"modified":"2020-10-22T17:29:45","modified_gmt":"2020-10-22T20:29:45","slug":"se-oficializo-rebajas-en-impuestos-que-impactan-en-la-factura-electrica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/se-oficializo-rebajas-en-impuestos-que-impactan-en-la-factura-electrica\/","title":{"rendered":"Se oficializ\u00f3 rebajas en impuestos que impactan en la factura el\u00e9ctrica"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Son iniciativas impulsadas por el Acuerdo San Juan que contemplan las modificaciones parciales de la Ley N\u00ba 863- A (Fondo PIEDE) y de la N\u00ba 789-A, ( L\u00ednea 500 Kv), que establecen ambas la reducci\u00f3n parcial y progresiva de los montos a incluir en la facturaci\u00f3n de los usuarios del Servicio P\u00fablico de Distribuci\u00f3n de Electricidad de la provincia de San Juan. Tambi\u00e9n, entrar\u00e1 en vigencia, a partir del 1 de noviembre de 2020, la modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Tributario y Ley Impositiva A\u00f1o Fiscal 2020 con reducciones en Ingresos Brutos e Impuesto a los Sellos y exenci\u00f3n al Impuesto Automotor en veh\u00edculos el\u00e9ctricos e h\u00edbridos. Y adem\u00e1s, la puesta en pr\u00e1ctica de un r\u00e9gimen de Compre Sanjuanino.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>Todos estos asuntos antes mencionados fueron aprobados durante la\u00a0decimosegunda sesi\u00f3n del per\u00edodo ordinario llevada a cabo durante la ma\u00f1ana del jueves 22 de octubre. Adem\u00e1s, en la ocasi\u00f3n, los diputados habilitaron la realizaci\u00f3n de sesiones virtuales en casos excepcionales mediante la modificaci\u00f3n del Reglamento Interno del Poder Legislativo, y\u00a0ratificaron un convenio espec\u00edfico de colaboraci\u00f3n entre el gobierno de San Juan y la Uni\u00f3n Iberoamericana de Municipalistas.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que la comunicaci\u00f3n oficial remitida por el Poder Ejecutivo, con tratamiento sobre tablas en el orden del d\u00eda, por la que da la noticia mediante mensaje n\u00ba 213 de la Ley de Necesidad y Urgencia N\u00ba 2132-P, pas\u00f3 para su tratamiento en comisiones en Legislaci\u00f3n y Asuntos Constitucionales y Hacienda y Presupuesto.<\/p>\n<p>La sesi\u00f3n estuvo conducida en forma alternada por el vicegobernador y presidente de la C\u00e1mara de Diputados, \u00a0Roberto Gattoni, y el vicepresidente primero del Poder Legislativo, diputado Eduardo Cabello, quienes estuvieron acompa\u00f1ados por el secretario Legislativo, Nicol\u00e1s Alvo.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Modificaci\u00f3n Ley N\u00b0 863-A- Fondo PIEDE<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Asimismo, trataron y aprobaron el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que se modifica parcialmente la Ley Provincial N\u00b0 863-A, sobre el \u201cFondo de Plan de Infraestructura El\u00e9ctrica Provincial para el Desarrollo Socioecon\u00f3mico y Productivo (fondo PIEDE)\u201d, destinado a la financiaci\u00f3n de obras el\u00e9ctricas para el incremento de la seguridad y calidad del abastecimiento de Energ\u00eda El\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>Este asunto del orden del d\u00eda fue fundamentado por la diputada Fernanda Paredes quien explic\u00f3 que \u201centre los cambios que propone el proyecto, est\u00e1 la reducci\u00f3n parcial y progresiva de los montos a incluir en la facturaci\u00f3n de los usuarios del Servicio P\u00fablico de Distribuci\u00f3n de Electricidad de la Provincia de San Juan, en relaci\u00f3n con los aportes al Fondo PIEDE, el cual extender\u00e1 su vigencia hasta diciembre del a\u00f1o 2030, limitando el aporte de los Usuarios al 31 de diciembre de 2027\u201d.<\/p>\n<p>Es decir, plantea reducir de inmediato el aporte de los usuarios en un 25% respecto del valor vigente al 30 de septiembre de 2020. Luego, en el a\u00f1o subsiguiente, deber\u00e1 aplicar una reducci\u00f3n del 10%, en forma progresiva durante los doce meses, desde octubre de 2021 hasta septiembre de 2022 inclusive. Finalmente, a partir del 1 de octubre de 2022 se reducir\u00e1 en un 25%, alcanzando al cabo del tercer a\u00f1o (2023) una reducci\u00f3n total del 60%. Adem\u00e1s, prev\u00e9 que en cada uno de los per\u00edodos mencionados, los valores del aporte a integrar por los usuarios se alineen considerando exclusivamente la variaci\u00f3n del Valor Agregado de Distribuci\u00f3n (VAD), aprobado en cada Revisi\u00f3n Tarifaria Ordinaria o Extraordinaria. Para las facturas a partir del 1 de enero de 2028, el aporte se reduce a cero.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Modificaci\u00f3n Ley Provincial N\u00b0 789-A- Fondo L\u00ednea 500 kV<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Luego, \u00a0los diputados aprobaron el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo mediante el cual modific\u00f3 en forma parcial la Ley Provincial N\u00b0 789-A, referida al Fondo Especial para la L\u00ednea de Interconexi\u00f3n en 500 Kv entre Mendoza y San Juan.<\/p>\n<p>El diputado Jorge Barifusa fue el encargado de explicar, como miembro informante, los fundamentos del proyecto que tambi\u00e9n dispone, entre otros cambios, la reducci\u00f3n parcial y progresiva de los montos a incluir en la facturaci\u00f3n de los usuarios de Electricidad de la Provincia de San Juan y con una vigencia hasta el 31 de diciembre del a\u00f1o 2030.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Tributario y Ley Impositiva<\/strong><\/span><\/p>\n<p>M\u00e1s tarde, el cuerpo legislativo aprob\u00f3 el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo mediante el cual establece la modificaci\u00f3n de la Ley N\u00ba 151-1, C\u00f3digo Tributario de la Provincia de San Juan, y de la Ley N\u00ba 2026-1, Ley Impositiva A\u00f1o Fiscal 2020. Este asunto fue fundamentado por el diputado Rodolfo Jalife, quien explic\u00f3 las siguientes modificaciones:<\/p>\n<ul>\n<li>Impuesto de Sellos: Se incorporan exenciones en la Ley N\u00b0 151-1, relacionadas con actos y\/o instrumentos librados en relaci\u00f3n a constituci\u00f3n de sociedades y a sus modificaciones, aumentos de capital, transferencia de cuotas. Este beneficio proceder\u00e1 siempre que se constate el cumplimiento de las obligaciones materiales y formales de los impuestos provinciales correspondiente a las partes intervinientes.<\/li>\n<li>Impuesto a la Radicaci\u00f3n de Automotores: se incorpora en la C\u00f3digo Tributario la exenci\u00f3n para los veh\u00edculos h\u00edbridos y el\u00e9ctricos.<\/li>\n<li>Impuesto sobre los Ingresos Brutos:<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>En la Ley N\u00b0 2026-1 se reduce la al\u00edcuota de la actividad de Distribuci\u00f3n de Energ\u00eda El\u00e9ctrica del dos por ciento (2%) en la actualidad, al uno por ciento (1%).<\/li>\n<li>Se establece la al\u00edcuota del cero por ciento (0%), para los meses de noviembr\u00e9 y diciembre del a\u00f1o 2020, para los sujetos contribuyentes del R\u00e9gimen General que desarrollen las actividades detalladas seguidamente. Los contribuyentes del R\u00e9gimen Simplificado Provincial que desarrollen dichas actividades, no pagar\u00e1n el importe del Impuesto Fijo Mensual, correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del a\u00f1o 2020. Las actividades son: Prestadores de servicios tur\u00edsticos; Gu\u00edas de turismo y de monta\u00f1a; Empresas de Viajes y turismo; Alojamiento tur\u00edstico en todas sus modalidades; Transporte tur\u00edstico; Transporte escolar; Salones, espacios y servicios para eventos; Centros y espacios culturales; Productoras de eventos, audiovisuales, art\u00edsticas y t\u00e9cnicas; Compa\u00f1\u00edas art\u00edsticas; Gestores y trabajadores culturales independientes; Academias e institutos de danza; Jardines maternales.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Impuesto Adicional Lote Hogar: Se except\u00faa del pago del Adicional Lote Hogar para la actividad de Distribuci\u00f3n de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, previsto en el Art\u00edculo 8, Inciso c), Punto 2) de la Ley N\u00b0 833-P.<\/li>\n<\/ul>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>R\u00e9gimen de Compre San Juan<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Despu\u00e9s, los legisladores debatieron y otorgaron acuerdo al proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que crea el R\u00e9gimen de Compre Sanjuanino mediante el cual establece preferencias en las contrataciones del Estado Provincial para los empresarios locales que tengan establecimiento en la Provincia, contraten mano de obra sanjuanina y no tengan deudas impositivas con el Estado Provincial.<\/p>\n<p>En esta oportunidad, el diputado Jos\u00e9 Luis Esteve fue el encargado de brindar los detalles del proyecto y expuso que la preferencia consiste en descontar a la oferta realizada por el empresario local inscripto en el Registro, un porcentaje que var\u00eda de acuerdo a si el proveedor el Industrial, Comerciante, de Servicios, Empresa Constructora, Cooperativas o Proveedores Sociales y tambi\u00e9n var\u00eda seg\u00fan la mano de obra local que tiene contratado el proveedor. Al valor obtenido luego de aplicado el descuento se lo compara con las otras ofertas recibidas en el proceso.<\/p>\n<p>El Proyecto de Ley define los empresarios locales y sus tipos, tambi\u00e9n establece los porcentajes de los beneficios que reciben los empresarios locales, segment\u00e1ndolos de acuerdo a la cantidad de mano de obra que emplea, m\u00e1s puestos de trabajo emplea m\u00e1s porcentaje lo beneficia y a la inversa. As\u00ed mismo establece la territorialidad del proveedor local que reciben los beneficios siendo condici\u00f3n necesaria que el mismo se encuentre radicado en la provincia de San Juan. Por \u00faltimo excluye de los beneficios a las empresas controladas o vinculadas a grupos econ\u00f3micos nacionales o extranjeros, exceptuando a las empresas que m\u00e1s del 50% de la facturaci\u00f3n se origine en San Juan.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\">\u00a0<strong>Sesiones Virtuales<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El cuerpo legislativo aprob\u00f3, luego de que la diputada Marcela Monti realizara la presentaci\u00f3n como miembro informante, \u00a0el proyecto de Resoluci\u00f3n Interbloque que propone incorporar al Reglamento Interno de la C\u00e1mara de Diputados la habilitaci\u00f3n para realizar sesiones y reuniones legislativas bajo la modalidad remota en casos excepcionales (fuerza mayor, hechos graves, cat\u00e1strofes naturales o sanitarias), y de car\u00e1cter restrictivo, priorizando siempre la realizaci\u00f3n de la sesi\u00f3n en el recinto de la C\u00e1mara de Diputados con la participaci\u00f3n de todas las diputadas y los diputados.<\/p>\n<p>El proyecto adem\u00e1s incluye un Protocolo de Sesi\u00f3n y Reuni\u00f3n Remota, como ANEXO 1 y establece que para llevarse a cabo una sesi\u00f3n legislativa en modo remoto, la presidencia de la C\u00e1mara debe habilitarla mediante la emisi\u00f3n de un decreto previo pedido efectuado por la Comisi\u00f3n de Labor Parlamentaria.<\/p>\n<p>Por otro lado, considera recinto al espacio f\u00edsico dispuesto en el edificio de la C\u00e1mara de Diputados para llevar a cabo las sesiones y al espacio virtual existente en la plataforma dispuesta para las sesiones remotas. Asimismo, considera banca al espacio f\u00edsico dispuesto en el recinto de la C\u00e1mara y a la secci\u00f3n de la plataforma dispuesta para la sesi\u00f3n remota. A los fines de la versi\u00f3n taquigr\u00e1fica, esta \u00faltima se denomina banca remota<\/p>\n<p>En cuanto al voto remoto de las diputadas y los diputados presentes en la secci\u00f3n de la plataforma, deber\u00e1n votar levantando la mano, o del modo en que establece el protocolo de sesi\u00f3n remota. Presidencia puede requerir que el voto sea nominal con expresi\u00f3n de la afirmativa o negativa.<\/p>\n<p>Durante su exposici\u00f3n la diputada Monti destac\u00f3 que \u201cfue muy importante que se sentaran todos los bloques a trav\u00e9s de sus presidentes para discutir esta modificaci\u00f3n la cual fue realizada por unanimidad. Participamos todos los diputados de una capacitaci\u00f3n para entender c\u00f3mo se iba a desarrollar, llegado el caso, las sesiones virtuales. Adem\u00e1s, por dichas modificaciones incorporamos las tecnolog\u00edas al proceso legislativo, no solamente en las sesiones sino tambi\u00e9n en las reuniones de comisiones\u201d.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Convenio con la UIM<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otro lado, \u00a0los legisladores ratificaron el Convenio Espec\u00edfico de colaboraci\u00f3n entre el gobierno de la provincia, representado por el Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Haciendas y Finanzas, y la Uni\u00f3n Iberoamericana de Municipalistas (UIM), suscripto el 24 de agosto de 2020, ratificado por Decreto Provincial.<\/p>\n<p>En esta ocasi\u00f3n, el diputado Juan Carlos Abarca fue el encargado de fundamentar este asunto que tiene como objetivo brindar Asistencia T\u00e9cnica para la elaboraci\u00f3n de los Planes Estrat\u00e9gicos de Desarrollo Local de los Departamentos de Albard\u00f3n, Caucete, 9 de Julio y San Mart\u00edn, de la Provincia de San Juan.<\/p>\n<p>Para la realizaci\u00f3n de la Asistencia T\u00e9cnica, el Gobierno de la provincia, a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de Hacienda y Finanzas, se compromete a abonar a la UIM la suma de U$S 76.700 d\u00f3lares.<\/p>\n<p>Para ello se implementar\u00e1 una metodolog\u00eda de trabajo que contempla cinco fases: I-Formaci\u00f3n para innovar (IN); II-Diagn\u00f3stico y An\u00e1lisis Prospectivo (DP); III-Construcci\u00f3n de un Nuevo Modelo de Desarrollo Municipal (M); IV-Proyectos y Recursos Necesarios; V-Impulso y Seguimiento.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que este convenio espec\u00edfico se ha celebrado seg\u00fan lo acordado en el Convenio Marco de Colaboraci\u00f3n entre el gobierno de San Juan- Argentina, por una parte, y por la otra parte, el Consorcio para el Desarrollo De La Vega \u2013Sierra Elvira, Granada- Espa\u00f1a y La Uni\u00f3n Iberoamericana de Municipalistas (UIM), suscripto el 2 de septiembre de 2016, ratificado por Decreto N\u00ba 1532- MG-2016 y aprobado por Ley N\u00ba 1511-P.<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Resoluciones<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Seguidamente, los legisladores aprobaron, sobre tablas, los siguientes proyectos de resoluci\u00f3n que proponen declarar de inter\u00e9s:<\/p>\n<ul>\n<li>Social, Cultural y Educativo, la celebraci\u00f3n del 80\u00ba Aniversario del RIM 22 ubicado en Marquesado, departamento Rivadavia. (Autor\u00eda diputado Sergio Miodowsky)<\/li>\n<li>Legislativo, Cultural, Social y Educativo, el aniversario de la escuela \u201cPedro M\u00e1rquez\u201d del departamento Rivadavia, al cumplirse 102 a\u00f1os de su creaci\u00f3n, el 24 de octubre de 2020. (Autor\u00eda diputado Sergio Miodowsky)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n otorgaron acuerdo a un proyecto de Resoluci\u00f3n de autor\u00eda del diputado Rodolfo Jalife mediante el cual resuelve designar al Titular de Vocal\u00eda N.\u00b0 IV del Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Juan, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el art\u00edculo N.\u00b0 120 de la Ley 1.100-E, quien tendr\u00e1 intervenci\u00f3n en la Cuenta General del Ejercicio 2.020 de este Organismo.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, aprobaron un proyecto de Declaraci\u00f3n que expresa: \u201cReconocer en el D\u00eda Nacional del Derecho a la Identidad, la egregia tarea comprometida con la defensa y vigencia de los Derechos Humanos, <span style=\"color: #993366;\">realizada<\/span> en\u00a0 43 a\u00f1os de vida institucional por Abuelas de Plaza de Mayo, compromiso emblem\u00e1tico encarnado en los 90 a\u00f1os de vida de su presidente, Estela de Carlotto, referente indiscutida en la construcci\u00f3n del derecho a la Identidad de nietos y nietas apropiados por el Terrorismo de Estado. (Autor\u00eda Interbloque Justicialista Frente Grande CONFE)<\/p>\n<p><span style=\"color: #993366;\"><strong>Saludo por el D\u00eda de los legisladores y legisladoras en Argentina<\/strong>\u00a0<\/span><\/p>\n<p>Antes de finalizar la sesi\u00f3n, el vicegobernador expres\u00f3 un afectuoso saludo a los diputados y diputadas de la C\u00e1mara en su d\u00eda. Record\u00f3 que el motivo de esta celebraci\u00f3n se debe a el 22 de octubre de\u00a01854 se realiz\u00f3 la primera reuni\u00f3n de Asamblea en el Congreso,\u00a0tras la sanci\u00f3n de la Constituci\u00f3n nacional el a\u00f1o anterior.<\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Son iniciativas impulsadas por el Acuerdo San Juan que contemplan las modificaciones parciales de la Ley N\u00ba 863- A (Fondo<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":32123,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-32122","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32122","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=32122"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32122\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":32124,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32122\/revisions\/32124"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/32123"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=32122"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=32122"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=32122"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}