{"id":28986,"date":"2020-06-11T22:38:33","date_gmt":"2020-06-12T01:38:33","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=28986"},"modified":"2020-06-11T23:10:32","modified_gmt":"2020-06-12T02:10:32","slug":"el-senado-aprobo-por-unanimidad-la-educacion-a-distancia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/el-senado-aprobo-por-unanimidad-la-educacion-a-distancia\/","title":{"rendered":"El senado aprob\u00f3 por unanimidad la educaci\u00f3n a distancia"},"content":{"rendered":"<div class=\"itemFullText jbintrotext\">\n<p>Durante la tarde del Jueves, 11 de Junio, los senadores llevaron a cabo una nueva sesi\u00f3n virtual en cuyo transcurso sancionaron por unanimidad la ley de educaci\u00f3n a distancia en casos excepcionales. En cuanto a los proyectos referidos a la regulaci\u00f3n de Alquileres\u00a0 y a las Sociedades por Acciones Simplificadas, el senado los convirti\u00f3 en ley sin la votaci\u00f3n de la oposici\u00f3n, quien decidi\u00f3 abandonar la sesi\u00f3n tras la aprobaci\u00f3n del primer asunto del orden del d\u00eda.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"itemFullText\">\n<p>La reuni\u00f3n fue conducida en forma simult\u00e1nea por la vicepresidente y titular del Senado, Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner y, la presidente provisional del Senado, Claudia Ledesma Abdala de Zamora.<\/p>\n<p>Cabe recordar que la C\u00e1mara de Diputados de San Juan puso una vez m\u00e1s a disposici\u00f3n a los senadores por San Juan, Dr. Rub\u00e9n U\u00f1ac y Roberto Basualdo, la sala de Vicegobernadores, con todo el equipamiento tecnol\u00f3gico y personal especializado de las distintas \u00e1reas que brindan asistencia permanente a la Direcciones de Inform\u00e1tica, Ceremonial, Mantenimiento, Mayordom\u00eda, Relaciones con la Comunidad, Seguridad y Prensa, para un eficaz desarrollo de la sesi\u00f3n remota.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Educaci\u00f3n a distancia<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El primer punto del temario tratado y aprobado con setenta votos afirmativos fue la iniciativa que modifica el art\u00edculo N\u00ba 109\u00ba de la Ley de Educaci\u00f3n Nacional N\u00ba 26.944, con el fin de dar un marco regulatorio a la \u201cexcepcionalidad a distancia\u201d transitoria para todos los niveles de educaci\u00f3n, en el contexto del aislamiento \u201csocial, preventivo y obligatorio\u201d por la pandemia de coronavirus.<\/p>\n<p>En la ocasi\u00f3n, habl\u00f3 la senadora por San Juan, Lic. Cristina L\u00f3pez Valverde, titular de la Comisi\u00f3n de Educaci\u00f3n, quien destac\u00f3 las medidas tomadas por el Ministerio de Educaci\u00f3n y asegur\u00f3 que \u00abcon esta norma se le da un marco a las decisiones que se ha visto obligado a tomar el ministro Nicol\u00e1s Trotta y el presidente Alberto Fern\u00e1ndez\u201d en cuanto a la suspensi\u00f3n de las clases presenciales en todo el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Durante su alocuci\u00f3n se\u00f1al\u00f3 que en la actualidad existe una discusi\u00f3n sobre \u201ceducaci\u00f3n a distancia vs. educaci\u00f3n presencial\u201d. Sobre esto enfatiz\u00f3 que la modalidad presencial \u201ces irremplazable por la comunicaci\u00f3n cara a cara, el aspecto emocional y el contexto que se va creando a trav\u00e9s de los v\u00ednculos y relaciones\u201d.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que la ley autoriza la educaci\u00f3n a distancia cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable y \u00fanicamente en caso de pandemias, epidemias, cat\u00e1strofes o razones de fuerza mayor que impiden la concurrencia a los establecimientos educativos. Esta excepcionalidad deber\u00e1 ser declarada previamente por el Ministerio de Educaci\u00f3n en acuerdo con el Consejo Federal de Educaci\u00f3n o con la jurisdicci\u00f3n seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>En consecuencia, deber\u00e1n adoptarse disposiciones para la reorganizaci\u00f3n pedag\u00f3gica e institucional del r\u00e9gimen acad\u00e9mico y de la capacitaci\u00f3n docente. Asimismo, tendr\u00e1 que atenderse\u00a0la provisi\u00f3n de recursos tecnol\u00f3gicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa\u00a0con condiciones de calidad y la adopci\u00f3n de condiciones de salud y seguridad en el trabajo.<\/p>\n<p>Tras la aprobaci\u00f3n de este asunto, cerca de las 18.30 horas, la oposici\u00f3n (bloque Junto por el Cambio y el interbloque Federal) decidi\u00f3 abandonar el debate para no tratar el asunto segundo y tercero del Orden del D\u00eda por considerar que incumplen con la regulaci\u00f3n de las sesiones bajo la modalidad remota.<\/p>\n<p>El resto de los senadores continuaron con la deliberaci\u00f3n de los proyectos de ley y propusieron su tratamiento en conjunto.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Regulaci\u00f3n de contratos de alquileres<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El segundo punto del orden del d\u00eda, debatido y aprobado con 41 votos positivos y sin la participaci\u00f3n de la oposici\u00f3n, modifica el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n con el fin de regular los contratos de alquiler.<\/p>\n<p>Esta iniciativa plantea, entre otros aspectos, ampliar a tres a\u00f1os el plazo m\u00ednimo del alquiler de inmueble, cualquiera sea su destino; y con una actualizaci\u00f3n de precios anual y no semestralmente. El ajuste se realizar\u00e1 seg\u00fan una combinaci\u00f3n entre el \u00edndice de inflaci\u00f3n (IPC) y el de evoluci\u00f3n salarial (RIPTE) en partes iguales.<\/p>\n<p>Por otro lado, permite al inquilino proponer al menos dos alternativas de garant\u00eda, entre t\u00edtulo de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de cauci\u00f3n, fianza o una garant\u00eda personal, que podr\u00eda documentarse con recibo de sueldo o certificado de ingresos. El locador no podr\u00e1 requerir una garant\u00eda que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locaci\u00f3n, salvo en los casos donde el inquilino ofrezca una garant\u00eda personal, donde el m\u00e1ximo ser\u00e1 de hasta diez veces el valor del alquiler.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el locatario no podr\u00e1 exigir el pago de alquileres anticipados ni tampoco un dep\u00f3sito de garant\u00eda mayores al equivalente a un mes de alquiler. El reintegro del mes de garant\u00eda deber\u00e1 realizarse en efectivo al momento de la restituci\u00f3n del inmueble, al valor del \u00faltimo mes de alquiler.<\/p>\n<p>Respecto a los contratos de inmuebles destinados a vivienda, dentro de los tres \u00faltimos meses, cualquiera de las partes podr\u00e1 convocar a la otra para acordar la renovaci\u00f3n del contrato, en un plazo no mayor a quince d\u00edas corridos. Si el locador permanece en silencio o se niega a llegar a un acuerdo, el inquilino podr\u00e1 resolver el contrato de manera anticipada sin pagar indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En cuanto a una demanda de desalojo por falta de pago del alquiler, el locador deber\u00e1 intimar al inquilino otorgando un plazo no menor a diez d\u00edas corridos para el pago, contados a partir de la recepci\u00f3n de la intimaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Otro de los puntos que propone es el pago de las expensas extraordinarias a cargo del locador y no del inquilino; la obligatoriedad de declarar los contratos de locaci\u00f3n ante la AFIP; el desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resoluci\u00f3n de conflictos derivados de los contratos. Tambi\u00e9n crea un Programa Nacional de Alquiler Social para facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler, con especial consideraci\u00f3n por las personas en situaci\u00f3n de violencia de g\u00e9nero y por adultos mayores.<\/p>\n<p><span style=\"color: #800080;\"><strong>Regulaci\u00f3n de las Sociedades por Acciones Simplificadas<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El \u00faltimo punto del temario aprobado con fuerza de ley, tambi\u00e9n con 41 votos, fue la iniciativa propuesta por el senador \u00d3scar Parrilli que dispone suspender por 180 d\u00edas corridos la constituci\u00f3n e inscripci\u00f3n de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) regulado en el t\u00edtulo III de la ley 27.349 sobre el Apoyo al Capital Emprendedor y toda tramitaci\u00f3n de los actos concernientes a su operatoria, que requieran inscripci\u00f3n a trav\u00e9s del Sistema de Gesti\u00f3n Documental Electr\u00f3nica (GDE) aprobado por Decreto N\u00ba561\/2016.<\/p>\n<p>Durante el lapso previsto en el p\u00e1rrafo anterior, las inscripciones en el Registro P\u00fablico de todo tr\u00e1mite concerniente a la operatoria de las SAS que legalmente requieran inscripci\u00f3n, se efectuar\u00e1n en soporte papel conforme a las disposiciones y procedimientos previstos que al efecto dicte cada Registro P\u00fablico.<\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante la tarde del Jueves, 11 de Junio, los senadores llevaron a cabo una nueva sesi\u00f3n virtual en cuyo transcurso<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":28987,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-28986","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28986","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28986"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28986\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":28989,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28986\/revisions\/28989"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/28987"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28986"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28986"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28986"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}