{"id":27926,"date":"2020-04-26T22:39:13","date_gmt":"2020-04-27T01:39:13","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=27926"},"modified":"2020-04-27T23:23:57","modified_gmt":"2020-04-28T02:23:57","slug":"el-gobierno-de-san-juan-brindo-detalles-sobre-la-nuevas-actividades-y-quedate-en-tu-casa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/el-gobierno-de-san-juan-brindo-detalles-sobre-la-nuevas-actividades-y-quedate-en-tu-casa\/","title":{"rendered":"El Gobierno de San Juan brind\u00f3 detalles sobre la nuevas actividades y quedate en tu casa"},"content":{"rendered":"<p>El Gobierno de San Juan dio a conocer m\u00e1s precisiones sobre lo que ser\u00e1 la pr\u00f3xima fase del aislamiento social, preventivo y obligatorio que comenzar\u00e1 el lunes 27 de abril, luego del que el presidente Dr. Alberto Fern\u00e1ndez anunciara este s\u00e1bado la extensi\u00f3n de la cuarentena hasta el pr\u00f3ximo 10 de mayo.<\/p>\n<p>La Provincia de San Juan extiende el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 10 de mayo en los t\u00e9rminos y condiciones en que se viene desarrollando hasta la actualidad, recordando adem\u00e1s a toda la poblaci\u00f3n que contin\u00faa restringida la libre circulaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n de riesgo: personas mayores de 60 a\u00f1os, embarazadas y personas con patolog\u00edas cr\u00f3nicas y menores a 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Asimismo, se informa que la cuarentena obligatoria de 14 d\u00edas para aquellas personas que ingresen a la provincia puede ser ampliada por un m\u00e1ximo de 7 d\u00edasconforme a decisi\u00f3n adoptada por el Ministerio de Salud P\u00fablica de la Provincia.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que durante la semana se establecer\u00e1 el protocolo de prevenci\u00f3n para la circulaci\u00f3n en cuanto a las salidas de esparcimiento de la poblaci\u00f3ninformadas por la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>A las actividades ya exceptuadas, <a href=\"https:\/\/sisanjuan.gob.ar\/prensa\/2020-04-22\/21836-estas-son-las-actividades-exceptuadas-del-aislamiento-social-preventivo-obligatorio\">https:\/\/sisanjuan.gob.ar\/prensa\/2020-04-22\/21836-estas-son-las-actividades-exceptuadas-del-aislamiento-social-preventivo-obligatorio<\/a>a partir del lunes 27 se sumar\u00e1n nuevas excepciones a las restricciones generales.<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #ff0000;\">Las nuevas actividades exceptuadas<\/span><\/strong><\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #ff0000;\">Industrias<\/span><\/strong><\/p>\n<p>En virtud del DNU 524\/2020 y la posterior resoluci\u00f3n administrativa N\u00b0 179\/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Naci\u00f3n se consideran autorizadas a funcionar las empresas que realicen procesos de fabricaci\u00f3n con destino final de exportaci\u00f3n que cuenten con \u00f3rdenes de compra internacionales y aquellas actividades fabriles con procesos industriales espec\u00edficos que tengan por finalidad la producci\u00f3n de bienes destinados a la provisi\u00f3n directa de las actividades y sectores enumerados en el anexo I de la resoluci\u00f3n 179\/2020.<\/p>\n<p>Dichas autorizaciones se tornar\u00e1n efectivas a criterio de las autoridades provinciales conforme a los par\u00e1metros nacionales, provinciales y situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica determinada por el ministerio de Salud de la provincia de San Juan.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 requisito necesario para obtener dicha autorizaci\u00f3n, contar con un protocolo sanitario que deber\u00e1 garantizar el cumplimiento de las medidas y recomendaciones establecidas en el Protocolo Provincial COVID-19. El mismo deber\u00e1 ser elaborado por profesionales competentes en la materia debidamente matriculados y firmado por la m\u00e1xima autoridad legal de la empresa dando plena fe de su contenido. Estar\u00e1 supeditado a aprobaci\u00f3n del Ministerio de Salud P\u00fablica y la empresa quedar\u00e1 sujeta a estrictos controles para garantizar la real aplicaci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>El resto de las industrias no contempladas en las excepciones vigentes, deber\u00e1n presentar su pedido de autorizaci\u00f3n para producir y el protocolo de prevenci\u00f3n de COVID-19 ante el Ministerio de Producci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico de la provincia para su aprobaci\u00f3n conjunta con el Ministerio de Salud P\u00fablica. Una vez emitida dicha autorizaci\u00f3n y aprobado el protocolo, se elevar\u00e1 la propuesta al Ministerio de Producci\u00f3n de la Naci\u00f3n para solicitar su excepci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #ff0000;\">Profesiones<\/span><\/strong><\/p>\n<p>Las actividades profesionales se regir\u00e1n conforme a la normativa nacional y provincial vigente.<\/p>\n<p>Las profesiones que por su naturaleza tengan un menor distanciamiento social y contacto con las personas, tales como: m\u00e9dicos, odont\u00f3logos, bioqu\u00edmicos, kinesi\u00f3logos, psic\u00f3logos, trabajadores sociales, nutricionistas, fonoaudi\u00f3logos, psicopedagogos, sus colegios y\/o asociaciones representantes deben presentar al Ministerio de Salud P\u00fablica de la Provincia un protocolo en el marco de la Emergencia COVID-19 para el ejercicio de la profesi\u00f3n, siendo su aprobaci\u00f3n necesaria por resoluci\u00f3n ministerial de Salud P\u00fablica para el ejercicio de la actividad.<\/p>\n<p>Las profesiones que por su naturaleza tengan un mayor distanciamiento social y poca frecuencia de contacto con las personas, tales como, abogados, contadores, escribanos, ingenieros, arquitectos, administradores de empresa, marketing, comercio exterior, higiene y seguridad, consultor\u00eda de empresas, deben adecuar su actividad a las exigencias determinadas por Salud P\u00fablica detalladas en el Cap\u00edtulo 2 del Protocolo Provincial COVID- 19 vigente. Asimismo, deben tener en cuenta las recomendaciones para preservar la salud, tanto personal, como de la sociedad, teniendo especial consideraci\u00f3n en la solidaridad que implica cumplir con los recaudos que se detallan en el Protocolo Provincial COVID-19 vigente.<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #ff0000;\">Servicio de peluquer\u00edas<\/span><\/strong><\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con el servicio brindado por las peluquer\u00edas y barber\u00edas, las mismas se encuentran habilitadas para funcionar bajo estricto cumplimiento de las medidas indicadas en el Protocolo Provincial COVID-19 vigente.<\/p>\n<p>Su funcionamiento se encuentra habilitado exclusivamente en los siguientes d\u00edas y horarios: lunes a viernes de 10:00 hs. a 16:00 hs.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, se detallan medidas espec\u00edficas que deber\u00e1n respetar los prestadores de estos servicios:<\/p>\n<ol>\n<li>Se deber\u00e1 colocar en la puerta del sal\u00f3n un pa\u00f1o humedecido con lavandina, con el fin de desinfectar las suelas de los zapatos antes del ingreso del cliente, el mismo debe ser peri\u00f3dicamente desinfectado.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"2\">\n<li>Se deber\u00e1, al momento del ingreso del personal del sal\u00f3n, como as\u00ed tambi\u00e9n el de los clientes, tomar la temperatura de cada persona previendo medidas de higiene del term\u00f3metro. En caso de superar la misma los 37,5\u00b0, se deber\u00e1 impedir el ingreso y comunicar la situaci\u00f3n a la autoridad sanitaria.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"3\">\n<li>El personal de trabajo debe contar con: cubreboca o mascarillas, guantes en la medida de lo posible y pechera de trabajo. Estos deber\u00e1n ser provistos por el empleador. En caso de ser descartables, deber\u00e1n ser desechados despu\u00e9s de ser utilizados con cada cliente. En caso de ser reutilizables deber\u00e1n ser desinfectados correctamente antes de atender al siguiente cliente, siempre que conserven su funcionalidad intacta, no presentando rotura alguna.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"4\">\n<li>El personal de trabajo deber\u00e1 limpiar y desinfectar todos los elementos que utilice el profesional y que est\u00e9n en contacto con el cliente antes de comenzar con la atenci\u00f3n del siguiente y al finalizar la jornada laboral.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"5\">\n<li>La atenci\u00f3n se brindar\u00e1 exclusivamente mediante turno previamente pactado por v\u00eda telef\u00f3nica o electr\u00f3nica.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"6\">\n<li>El otorgamiento de los turnos debe garantizar el distanciamiento entre personas, considerando para ello: a. Tipo de trabajo a realizar al cliente (corte, tintura, etc.). b. Demora del trabajo a realizar. c. Circulaci\u00f3n dentro del establecimiento seg\u00fan el trabajo a realizara cada cliente. d. Cantidad de personal que trabaja en simult\u00e1neo. Entre ellos deber\u00e1n conservar la distancia m\u00ednima establecida entre personas, si no fuera posible cumplir lo anterior por las dimensiones del local, establecer turnos de trabajo. e. El factor de ocupaci\u00f3n del establecimiento debe ser del 50% del factor de ocupaci\u00f3n autorizado.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"7\">\n<li>En caso de existir clientes con necesidad de asistir con acompa\u00f1ante, el otorgamiento del turno se har\u00e1 considerando al acompa\u00f1ante dentro del factor de ocupaci\u00f3n del local, debiendo ambos (cliente y acompa\u00f1ante) acogerse a las normas sanitarias establecidas. 8. Se le colocar\u00e1 a cada cliente una bata o toalla, debidamente higienizada y desinfectada, debiendo luego de su uso, colocarse dicha bata y\/o toalla para ser lavada (no secada) en un cesto. 9. Se encuentra prohibido el uso de revistas o material de lectura en el local, como as\u00ed tambi\u00e9n el consumo de bebidas o alimentos dentro del mismo. Por el momento, quedan inhabilitados para operar los siguientes oficios: masajistas, manicuras, centros de est\u00e9tica, entre otros.<\/li>\n<\/ol>\n<p><span style=\"color: #ff0000;\"><strong>Trabajadores de casas particulares<\/strong><\/span><\/p>\n<p>La actividad de trabajadores de casas particulares se encuentra habilitada para ser ejercida bajo estricto cumplimiento del Protocolo Provincial COVID-19 vigente.<\/p>\n<p>A las mismas, se adicionan las siguientes medidas espec\u00edficas de esta actividad:<\/p>\n<ol>\n<li>El empleador deber\u00e1, al momento del ingreso al domicilio, controlar la temperatura del trabajador. En caso de superar la misma los 37,5\u00b0, se deber\u00e1 impedir el ingreso del trabajador y comunicar la situaci\u00f3n a la autoridad sanitaria.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"2\">\n<li>El empleador deber\u00e1 poner a disposici\u00f3n del trabajador: alcohol en gel, jab\u00f3n, cubreboca o m\u00e1scaras y guantes descartables.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"3\">\n<li>El trabajador deber\u00e1, al momento de ingresar al domicilio, higienizarse las manos, pulverizar la ropa con desinfectante, como tambi\u00e9n hacerlo con las suelas del calzado y la parte superior del mismo.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"4\">\n<li>El trabajador deber\u00e1 realizar sus tareas utilizando cubreboca o mascarilla y guantes descartables. Al finalizar la jornada laboral deber\u00e1 desechar los elementos descartables mencionados.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"5\">\n<li>En el desarrollo de la actividad el trabajador y los habitantes del hogar deber\u00e1n permanecer siempre a distancia reglamentaria de las personas. As\u00ed mismo los habitantes deber\u00e1n organizar sus desplazamientos dentro del domicilio de manera de no entorpecer la labor del trabajador, preservando siempre la distancia y las normas mencionadas.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\"6\">\n<li>En caso de que el trabajador presente s\u00edntomas compatibles con infecci\u00f3n por COVID-19 (fiebre, dolor de garganta, tos, dificultad respiratoria, entre otros, de acuerdo a la definici\u00f3n de caso sospechoso COVID-19 vigente) se deber\u00e1 cumplir con el protocolo de actuaci\u00f3n seg\u00fan lo establece la autoridad sanitaria. Se recomienda, adem\u00e1s, evitar la utilizaci\u00f3n del transporte p\u00fablico por parte del\/la trabajador\/a, promoviendo el uso de movilidades propias como motocicleta, bicicleta, veh\u00edculos particulares u otros similares.<\/li>\n<\/ol>\n<p><a href=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/AV5x9-Solicitada-26-4-Covid.pdf\">AV5x9-Solicitada 26-4 Covid<\/a><\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #ff0000;\">Protocolo COVID 19<\/span><\/strong><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/Protocolo-COVID19-18.04.2020.pdf\">Protocolo COVID19 &#8211; 18.04.2020<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-27932 size-large aligncenter\" src=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/UNIDOS-574x800.jpg\" alt=\"\" width=\"574\" height=\"800\" srcset=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/UNIDOS-574x800.jpg 574w, https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/UNIDOS-215x300.jpg 215w, https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/UNIDOS.jpg 735w\" sizes=\"auto, (max-width: 574px) 100vw, 574px\" \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno de San Juan dio a conocer m\u00e1s precisiones sobre lo que ser\u00e1 la pr\u00f3xima fase del aislamiento social,<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":27927,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[6],"tags":[],"class_list":["post-27926","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-eventos"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27926","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=27926"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27926\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":27934,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27926\/revisions\/27934"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/27927"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27926"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27926"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27926"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}