{"id":10248,"date":"2018-02-26T23:56:29","date_gmt":"2018-02-27T02:56:29","guid":{"rendered":"http:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=10248"},"modified":"2018-03-10T15:33:18","modified_gmt":"2018-03-10T18:33:18","slug":"sobre-suspension-de-inscripcion-en-educacion-superior-y-traslados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/sobre-suspension-de-inscripcion-en-educacion-superior-y-traslados\/","title":{"rendered":"Sobre suspensi\u00f3n de inscripci\u00f3n en Educaci\u00f3n Superior y Traslados"},"content":{"rendered":"<p>UDAP informa que, habiendo tomado conocimiento de la existencia de una Resoluci\u00f3n Ministerial \u2013 la 0320 ME, fechada el 20 de febrero de 2017- que resuelve la suspensi\u00f3n de la inscripci\u00f3n 2018 para determinadas carreras docentes en San Juan, con motivo de la implementaci\u00f3n del Plan de Mejora Integral del Sistema de Formaci\u00f3n Docente, la Secretaria General\u00a0 de UDAP, Graciela L\u00f3pez, se reuni\u00f3 con el Ministro de Educaci\u00f3n en la fecha para recabar informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>De ella surge que existe un principio de decisi\u00f3n ministerial que podr\u00eda implicar achicar la oferta de la formaci\u00f3n docente en San Juan; a lo que UDAP ha expresado su total y en\u00e9rgico rechazo, entendiendo que es una forma de achicamiento del tipo del que sufriera este mismo sector en la d\u00e9cada de los `90 y coincidente con semejantes medidas de ajuste que aquejan a la Formaci\u00f3n Docente en otras provincias del territorio nacional.<\/p>\n<p>Ratificando que UDAP no participa ni comulga con ese tipo de medidas, que si se perpetran ser\u00e1n unilaterales de la Cartera Educativa Provincial; se ha requerido un plazo para que UDAP formalice su posicionamiento al respecto. Este sindicato est\u00e1 trabajando propuestas vinculadas a lo expresado en la Resoluci\u00f3n arriba mencionada y en otros temas que son inherentes a la Formaci\u00f3n Docente y que podr\u00edan surgir en torno a lo expresado por autoridades del INFD.<\/p>\n<p>Por otro lado, se expresa a los docentes de Educaci\u00f3n Superior, que cualquier medida de pol\u00edtica educativa que se adopte, a\u00fan contra nuestra posici\u00f3n; no podr\u00e1 implicar la afectaci\u00f3n de puestos de trabajo ni de las condiciones laborales de los docentes, con relaci\u00f3n a su estado de situaci\u00f3n laboral a la fecha; en tanto se ha acordado que todo aquello relacionado con\u00a0 las condiciones institucionales, laborales y salariales ser\u00e1 objeto de tratamiento en mesa paritaria. El Sector debe mantenerse alerta he informado por v\u00eda de sus delegados sindicales y dem\u00e1s autoridades sindicales, en los lugares de trabajo o en la Sede de UDAP. Es necesario valerse de informaci\u00f3n y fuentes sindicales oficiales.<\/p>\n<p>En cuanto a reclamos varios sobre cargos aparecidos a la oferta p\u00fablica en los actos de traslado, luego retirados o modificados en sus modalidades, que han merecido quejas de docentes afectados; UDAP formalizar\u00e1 los planteos legales del caso; particularmente reclamar\u00e1 que se analice la responsabilidad disciplinaria y\/o penal de los integrantes de la Junta de Clasificaci\u00f3n Docente que habr\u00edan incurrido en modificaciones y\/o adulteraciones de datos indebidos.<\/p>\n<p>Con relaci\u00f3n a este peculiar fen\u00f3meno, expresamos que se respetan todos los derechos\u00a0 a expresarse, pero a la vez se exige el respeto de los que corresponden a UDAP como Sujeto Paritario Mayoritario en el r\u00e9gimen de Negociaci\u00f3n Colectiva de Trabajo de San Juan y a todos sus afiliados y Delegados Sindicales que integran esta Asociaci\u00f3n Sindical.<\/p>\n<p>Frente a las ilicitudes que se perpetren se radicar\u00e1n las denuncias civiles y penales que corresponda.<\/p>\n<p>Ante mentiras, manipulaciones y fines espurios que se observan en algunos de los voceros del grupo denominado Autoconvocados, debemos precisar que el SE\u00d1OR VALDEMOROSY OTROS fueron expulsados de UDAP, por violaci\u00f3n al Estatuto Sindical, mediante un proceso legal que fue revisado por la Justicia Laboral de San Juan, con dos fallos (1\u00ba y 2\u00ba instancia) que no revocaron ni tacharon punto alguno del proceder de UDAP, quedando las expulsiones convalidadas judicialmente. Existen otros personajes tambi\u00e9n expulsados o auto excluidos, que tambi\u00e9n a veces operan como voceros.<\/p>\n<p>Las trampas y maledicencias de estos personajes llegan a tales grados, que hemos visto con estupor que plantean una cl\u00e1usula gatillo salarial que perjudica a los docentes. Sin saber si lo hacen por mala intenci\u00f3n o ignorancia. Disparan la misma cuando la inflaci\u00f3n de 2017 llegue a 25%, cuando UDAP ha exigido que debe operar esa cl\u00e1usula cuando llegue al 22% de inflaci\u00f3n. Condicionan la cl\u00e1usula gatillo a que se llame a nueva paritaria salarial, cuando UDAP ha planteado que en forma autom\u00e1tica debe incrementarse el valor \u00edndice en el porcentaje que la inflaci\u00f3n supere al porcentaje del 22%, debiendo pagarse esa diferencia desde el mes inmediato posterior a verificado el desfasaje. Las cl\u00e1usulas gatillo son en esencia autom\u00e1ticas (GATILLAN).<\/p>\n<p>No existe negociaci\u00f3n salarial fuera de la Negociaci\u00f3n Colectiva de Trabajo, que se rige por las normas sindicales nacionales. Estas, garantizan la participaci\u00f3n democr\u00e1tica de todos los docentes afiliados a los sindicatos paritarios por medio de sus delegados sindicales y del Plenario Provincial de Delegados. En cuanto a los mandatos, el proceder democr\u00e1tico es mayor, dado que tambi\u00e9n los llenan los docentes no afiliados, a pesar que estos no asumen un compromiso activo con la vida institucional del sindicato, ni lo sostienen solidariamente como lo hacen los afiliados.<\/p>\n<p>Debemos repetir que lo que algunos llaman \u201cpersecuciones\u201d, son procesos legales convalidados por la Justicia frente a la expulsi\u00f3n de un grupo de ex afiliados por violar el Estatuto Sindical y malos comportamientos.<\/p>\n<p>Denominan \u201cnegociaciones poco claras\u201d a las que se llevan a cabo con los mayoritarios mandatos de rechazo, lo que se comunic\u00f3 a la Patronal como corresponde. Todo con expresa y detallada informaci\u00f3n al Plenario Provincial de Delegados que paso a paso va instruyendo y avalando a la Conducci\u00f3n Sindical de UDAP que integra la Paritaria Provincial como Parte Trabajadora Mayoritaria.<\/p>\n<p>Los docentes afiliados y no afiliados, deben acudir a sus Delegados Escolares o a la Sede Sindical de UDAP y recabar toda la informaci\u00f3n oficial que necesiten; dado que estos personajes, desinforman y tergiversan la informaci\u00f3n oficial, para confundir y encubrir sus fines espurios y odios personales por haber sido legalmente expulsados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>UDAP informa que, habiendo tomado conocimiento de la existencia de una Resoluci\u00f3n Ministerial \u2013 la 0320 ME, fechada el 20<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":5108,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-10248","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10248","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10248"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10248\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5108"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10248"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10248"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10248"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}