{"id":100499,"date":"2026-06-09T23:00:29","date_gmt":"2026-06-10T02:00:29","guid":{"rendered":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/?p=100499"},"modified":"2026-06-09T23:00:29","modified_gmt":"2026-06-10T02:00:29","slug":"san-juan-envia-a-la-legislatura-la-ley-de-desarrollo-local-minero-para-que-el-crecimiento-minero-llegue-a-cada-familia-sanjuanina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/san-juan-envia-a-la-legislatura-la-ley-de-desarrollo-local-minero-para-que-el-crecimiento-minero-llegue-a-cada-familia-sanjuanina\/","title":{"rendered":"San Juan env\u00eda a la Legislatura la Ley de Desarrollo Local Minero para que el crecimiento minero llegue a cada familia sanjuanina"},"content":{"rendered":"<p>El Poder Ejecutivo provincial remiti\u00f3 hoy a la C\u00e1mara de Diputados un proyecto que establece, por primera vez en la historia de San Juan, reglas claras y medibles para que los grandes proyectos mineros contraten trabajadores y proveedores locales. La norma fija metas progresivas de empleo y compras, crea un registro p\u00fablico de proveedores y prev\u00e9 incentivos para las empresas que cumplan. El nombre es deliberado: no es una ley de proveedores, es una ley de desarrollo.<\/p>\n<p>San Juan est\u00e1 ante la mayor oportunidad de desarrollo econ\u00f3mico de su historia. Con compromisos de inversi\u00f3n bajo el R\u00e9gimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) que superan los USD\u00a031.200 millones distribuidos en cinco proyectos mineros, y con cuatro de los siete yacimientos de cobre de clase mundial del pa\u00eds concentrados en su territorio, la provincia tiene los recursos para transformar su econom\u00eda. La pregunta que esta ley responde es c\u00f3mo hacer que esa transformaci\u00f3n llegue tambi\u00e9n a Calingasta, a Iglesia, a J\u00e1chal: a cada familia sanjuanina.<\/p>\n<p>El Gobernador Dr. Marcelo Orrego, quien hab\u00eda comprometido el env\u00edo del proyecto, firm\u00f3 hoy la iniciativa formal denominada \u201cLey para el Desarrollo Local Minero\u201d. La norma establece que las empresas mineras y sus principales contratistas deben presentar Planes de Desarrollo de Empleo y de Proveedores con objetivos progresivos, crecientes y medibles, con reporte p\u00fablico de avance. No impone cupos obligatorios ni restricciones contrarias a la libre competencia: obliga a planificar, a medir y a rendir cuentas.<\/p>\n<p>\u201cLa experiencia internacional demuestra que el impacto positivo de la miner\u00eda no depende del volumen extra\u00eddo, sino de la capacidad de transformar esa riqueza en empleo de calidad y desarrollo empresarial a largo plazo. Eso es exactamente lo que esta ley viene a garantizar: que San Juan tenga las reglas claras para que la riqueza mineral se quede, se multiplique y llegue a las familias.\u201d<\/p>\n<p>Dr. Juan Pablo Perea, Ministro de Miner\u00eda de San Juan<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #0000ff;\">No una solo una ley de proveedores, es tambi\u00e9n una ley de desarrollo<\/span><\/strong><\/p>\n<p>El Ministro de la Producci\u00f3n, Gustavo Fern\u00e1ndez, quien trabaj\u00f3 junto al Ministerio de Miner\u00eda en la elaboraci\u00f3n del proyecto, fue preciso al describir su alcance: la norma es, en sus palabras, una \u201cmal llamada ley de proveedores\u201d. \u201cA nosotros tambi\u00e9n nos importa promover el empleo en general, que las propias compa\u00f1\u00edas mineras y las propias contratistas empleen personas que residan en la provincia de San Juan\u201d, explic\u00f3 en declaraciones a medios especializados.<\/p>\n<p>El proyecto se sostiene sobre tres ejes. El primero es el desarrollo del empleo local, con la meta de que el 80% de los trabajadores de cada operaci\u00f3n minera sean residentes de San Juan, con prioridad para los departamentos de influencia directa. El segundo es el fortalecimiento de los proveedores locales, con un objetivo del 60% del monto anual de contrataciones orientado a empresas sanjuaninas. El tercer eje es menos visible pero igualmente sustantivo: la vinculaci\u00f3n de las acciones voluntarias de las empresas con los planes estrat\u00e9gicos municipales, para que las inversiones en educaci\u00f3n, salud e infraestructura no sean esfuerzos aislados sino parte del desarrollo planificado de cada departamento.<\/p>\n<p>Un elemento central que distingue a esta ley de iniciativas anteriores es su apuesta por la previsibilidad. Las empresas mineras deber\u00e1n publicar sus planes de demanda de bienes y servicios con cronogramas estimados de compras, de manera que un metalm\u00e1nico de J\u00e1chal, una empresa log\u00edstica de Iglesia o un proveedor de Calingasta pueda saber con antelaci\u00f3n qu\u00e9 va a necesitar la mina y prepararse para competir. El objetivo es que las empresas realicen un an\u00e1lisis de brechas de mercado para saber qu\u00e9 necesita la compa\u00f1\u00eda y qu\u00e9 hay disponible en la provincia.<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #0000ff;\">Puntos clave del proyecto<\/span><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>Planes de Desarrollo obligatorios: <\/strong><\/span>las empresas mineras y sus principales contratistas deber\u00e1n presentar planes con metas progresivas de empleo y proveedores, actualizables cada dos a\u00f1os, con reporte peri\u00f3dico de cumplimiento.<\/li>\n<li><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>Objetivo del 80% de trabajadores sanjuaninos:<\/strong><\/span> con prioridad para los departamentos de influencia directa del proyecto.<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #0000ff;\">Objetivo del 60% de compras locales:<\/span> <\/strong>sobre el monto total anual de adquisiciones de bienes, obras y servicios disponibles en condiciones competitivas de mercado. Las empresas deber\u00e1n justificar t\u00e9cnicamente cuando no exista oferta local competitiva.<\/li>\n<li><strong><span style=\"color: #0000ff;\">Creaci\u00f3n del RE.PRO.MIN:<\/span> <\/strong>un Registro de Proveedores Mineros de San Juan, p\u00fablico y digital, con requisitos de arraigo real (domicilio operativo, tributaci\u00f3n local, 80% de personal sanjuanino). Solo las empresas inscriptas ser\u00e1n computadas dentro de las metas.<\/li>\n<li><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>Premio al cumplimiento: <\/strong><\/span>las operadoras que alcancen simult\u00e1neamente el 80% de empleo y el 60% de compras locales recibir\u00e1n un Certificado de Cr\u00e9dito Fiscal transferible, que podr\u00e1 cederse a las pymes proveedoras mineras para cancelar impuestos provinciales.<\/li>\n<li><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>Transparencia en contrataciones: <\/strong><\/span>procedimientos p\u00fablicos tanto para la convocatoria de bienes y servicios como para la comunicaci\u00f3n de adjudicaciones. La sociedad podr\u00e1 verificar el desempe\u00f1o de cada empresa.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><span style=\"color: #0000ff;\">El Estado como \u00e1rbitro, no como promotor<\/span><\/strong><\/p>\n<p>La ley se fundamenta en una premisa institucional clara: la actividad minera metal\u00edfera no es cualquier actividad privada. Es una actividad que realiza un privado, pero explotando bajo un sistema de concesi\u00f3n un recurso que es del Estado provincial. Esa concesi\u00f3n de un bien p\u00fablico justifica que el Estado fije condiciones de retorno a la comunidad.<\/p>\n<p>El Ministerio de Miner\u00eda funcionar\u00e1 como Autoridad de Aplicaci\u00f3n, asistido por un Consejo Consultivo p\u00fablico-privado y una Unidad T\u00e9cnica Interministerial que auditar\u00e1 la trazabilidad de los planes y el valor agregado local real. Las omisiones en las declaraciones o el incumplimiento injustificado de las metas propuestas dar\u00e1n lugar a sanciones que van desde el apercibimiento hasta multas de hasta 60.000 Unidades Tributarias. La norma, al mismo tiempo, prev\u00e9 que no se sancionar\u00e1 el incumplimiento de metas cuando la empresa demuestre haber realizado acciones de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n y acredite la inexistencia de oferta local competitiva.<\/p>\n<p>La iniciativa abroga la Ley 1208-M, que nunca fue implementada, y establece plazos de entre 60 y 90 d\u00edas corridos desde su vigencia para que las empresas presenten sus planes iniciales. En la C\u00e1mara de Diputados existe una base de consenso transversal: el oficialismo confirm\u00f3 tras reuniones con distintos bloques que la iniciativa contar\u00e1 con el apoyo necesario para su tratamiento.<\/p>\n<p>Con esta legislaci\u00f3n, San Juan busca dar respuesta institucional a una pregunta que las comunidades mineras vienen haciendo desde hace d\u00e9cadas: \u00bfqu\u00e9 queda en la provincia despu\u00e9s de que se extrae el mineral? La respuesta que propone el Gobierno de Marcelo Orrego tiene nombre propio: trabajo registrado, empresas sanjuaninas integradas a la cadena de valor, y un Estado que mide, audita y rinde cuentas.<\/p>\n<figure id=\"attachment_37951\" aria-describedby=\"caption-attachment-37951\" style=\"width: 800px\" class=\"wp-caption alignnone\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-37951\" src=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO.jpg\" alt=\"\" width=\"800\" height=\"515\" srcset=\"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO.jpg 800w, https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO-300x193.jpg 300w, https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/CAMARA-EDIFICIO-768x494.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 800px) 100vw, 800px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-37951\" class=\"wp-caption-text\">Legislatura Provincial de San Juan, Rep\u00fablica Argentina<\/figcaption><\/figure>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Poder Ejecutivo provincial remiti\u00f3 hoy a la C\u00e1mara de Diputados un proyecto que establece, por primera vez en la<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":65642,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_seopress_robots_primary_cat":"none","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","colormag_page_container_layout":"default_layout","colormag_page_sidebar_layout":"default_layout","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-100499","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/100499","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=100499"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/100499\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":100502,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/100499\/revisions\/100502"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/65642"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=100499"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=100499"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vocesparalelas.com.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=100499"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}