Una nueva propuesta del Gobierno de San Juan y los gremios docentes llegaron un acuerdo paritario salarial

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El 12 de Agosto de 2024, en la sede del Ministerio de Educación del Gobierno de San Juan, se reunió en su 3° sesión la Paritaria Docente con la participación de la Ministra de Educación, Lic. Silvia Fuentes, Secretaria de Educación Lic. Mariela Lueje, el Ministro de Economía, Finanzas y Hacienda CPN Roberto Gutiérrez, el Secretario General de la Gobernación Lic Emilio Achem y demás autoridades con los Secretarios Generales de UDAP, Lic. Patricia Quiroga, de UDA Prof. Karina Navarro y AMET Prof. Daniel Quiroga, quienes no aceptaron el aumento salarial propuesto por el Gobierno de San Juan.

Solicitaron

  • Que se apliquen 10 puntos al nomenclador en el mes de agosto. Es decir que los 5 puntos propuestos para septiembre se adelanten para agosto.
  • Que se incremente el porcentaje del salario familiar y se adecuen los tramos.
  • Que se mantenga el ítem conectividad por considerarlo indispensable para el aspecto pedagógico.
  • Que se aumenten los puntos del código E60.

Asimismo, la parte sindical manifiesta una serie de requisitorias e inquietudes sobre temas pedagógicos y administrativos, referidos a los procedimientos de la tramitación de expedientes y decretos del nomenclador, cuyo detalle se deja expreso en un documento por separado.

Ante ello, la parte patronal, toma un cuarto intermedio, y a posterior realiza la siguiente propuesta salarial para el bimestre de agosto y septiembre, con un incremento distribuido de la siguiente manera:

  • 5% en agosto 2024 sobre el valor índice del mes de julio 2024.
  • 5% en septiembre 2024 sobre el valor índice del mes de agosto 2024.
  • La asignación de 10 puntos en el nomenclador docente, aplicados en el mes de agosto 2024. Aumento del 100% de asignaciones familiares y readecuación de los tramos, con actualización trimestral de los mismos.
  • El monto equivalente a Conectividad y FONID por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedra queda traspasado en su totalidad a los puntos del nomenclador docente dando cumplimiento a lo que fuera oportunamente acordado en las sesiones anteriores. Creación del concepto denominado «Nueva Conectividad San Juan» por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedra por un monto de $25.000, viéndose incrementado en un 100%.
  • Pasar el ítem E60 de 31 puntos a 35 puntos a partir del mes de septiembre de 2024.

Ante esta propuesta, las entidades sindicales pasan a un cuarto intermedio para análisis en detalle de la misma y acto seguido deciden aceptarla en conjunto, y peticionan el compromiso de la patronal de ser convocados nuevamente en septiembre 2024, si hechos fortuitos de naturaleza económica, generan una inflación superior al porcentaje ofrecido para dicho mes, para su análisis y resolución.

Acuerdo Paritario

ARTÍCULO 1º; VALOR ÍNDICE PARA SALARIOS DE AGOSTO Y SEPTIEMBRE 2024: Fijar el valor índice, a partir de los salarios del mes de agosto de 2024, en 572,0105 y para el mes de septiembre 2024, en 600,6110.

ARTÍCULO 2º; PUNTOS DEL NOMENCLADOR DOCENTE AGOSTO 2024: Incrementar en 10 (diez) puntos para cada cargo que figura en el nomenclador docente vigente a julio del 2024.

ARTÍCULO 3º; VALOR SUELDO BASICO DOCENTE (A01) A PARTIR DEL SALARIO DE AGOSTO Y SEPTIEMBRE 2024: El sueldo básico (A01) del cargo testigo maestro de grado jornada simple queda determinado en $257.404,73 para el mes de Agosto de 2024 y de $270.274,95 para el mes de septiembre de 2024; el valor de la hora cátedra nivel medio en $ 17.160,32 y el valor de la hora cátedra nivel superior en $ 21.450,39 para Agosto 2024; y para el mes de septiembre 2024, el valor de la hora cátedra nivel medio en $18.018,33 y el valor de la hora cátedra nivel superior en $22.522,91.

ARTÍCULO 4°; ASIGNACIÓN REMUNERATIVA DECRETO N° 1380-1993 – ART. 20- «DEDICACIÓN A LA DOCENCIA» (A56): Fijar, a partir de los haberes del mes de Agosto 2024, el monto por persona liquidado bajo el código A56 en pesos Noventa y seis mil ochocientos cincuenta y seis 00/100 ($ 96.856,00) o su equivalente en horas cátedra nivel medio y superior, resultando en CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO 00/100 ($5.381) el valor por hora cátedra nivel medio y SEIS MIL CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 00/100 ($ 6.457) el valor por hora cátedra nivel superior; y para el mes de septiembre 2024 el monto por persona liquidado bajo el código A56 en pesos CIENTO UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 101.699) o su equivalente en horas cátedra nivel medio y superior, resultando en CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA 00/100 ($ 5.650) el valor por hora cátedra nivel medio y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA 00/100 ($6.780,00) el valor por hora cátedra nivel superior.

Los importes establecidos en el párrafo anterior se actualizan en el mismo porcentaje que el que en el futuro se incremente el valor indice y de manera automática.

ARTÍCULO 5°; ASIGNACIÓN REMUNERATIVA DECRETO N° 489-2012 – ART. 3° (E66): Fijar el monto de Decreto N° 489-2012 artículo 3º (E66) «SUMA REMUNERATIVA Y BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD» en el mes de agosto:

E 66 Cargo Docente HCNM HCNS
0 año $ 36826 $ 2046 $ 2455
1 a 4 años $ 42964 $ 2387 $ 2864
5 a 9 años $ 61377 $ 3410 $ 4092
10 a 16 años $ 67515 $ 3750 $ 4501
17 a 24 años $ 70589 $ 3921 $ 4706
25 a 29 años $ 73655 $ 4092 $ 4910
30 o más años $ 79790 $ 4433 $ 5319

Los importes establecidos en el cuadro anterior se actualizan en el mismo porcentaje que el que en el futuro se incremente el valor índice y de manera automática. Para el mes de septiembre de 2024 quedan establecidos los siguientes valores

 

E 66 Cargo Docente HCNM HCNS
0 año $ 38667 $ 2148 $ 2578
1 a 4 años $ 45112 $ 2506 $ 3007
5 a 9 años $ 6ª446 $ 3580 $ 4296
10 a 16 años $ 70891 $ 3938 $ 4726
17 a 24 años $ 74113 $ 4117 $ 4941
25 a 29 años $ 77338 $ 4297 $ 5156
30 o más años $ 783779 $ 4654 $ 5585

Los importes establecidos en el cuadro anterior se actualizan en el mismo porcentaje que el que en el futuro se incremente el valor índice y de manera automática.

ARTÍCULO 6°; (E60) 31 puntos para los cargos del nomenclador docente DECRETO N° 1890/2022 0197/2023 1900/2023 «SUMA REMUNERATIVA Y BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD» para el mes de Agosto 2024:

Antigüedad % Bonificable Antigüedad Monto
0 año 0 % 17732,33
1 año 10 % 19505,56
2 a 4 años 15 % 20392,17
5 a 6 años 30 % 23052,02
7 a 9 años 40 % 24825,26
10 a 11 años 50 % 26598,49
12 a 14 años 60 % 28371,72
15 a 16 años 70 % 30144,95
17 a 19 años 80 % 31918,19
20 a 21 años 100 % 35464,65
22 a 23 años 110 % 37237,88
24 años 120 % 39011,12
25 a 27 años 130 % 40784,35
28 a 29 años 140 % 42557,58
30 a 31 años 150 % 44330,81
32 a 33 años 160 % 46104,05
34 o más años 170 % 47877,28

 

ARTÍCULO 7°; (E60) 35 puntos para los cargos del nomenclador docente DECRETO N° 1890/2022 – 0197/2023 – 1900/2023 «SUMA REMUNERATIVA Y BONIFICABLE POR ANTIGÜEDAD» para el mes de septiembre 2024:

 

Antigüedad % Bonificable Antigüedad Monto
0 año 0 % 21021,39
1 año 10 % 23123,52
2 a 4 años 15 % 24174,59
5 a 6 años 30 % 27327,80
7 a 9 años 40 % 29429,94
10 a 11 años 50 % 31532,08
12 a 14 años 60 % 33634,22
15 a 16 años 70 % 35736,36
17 a 19 años 80 % 37838,49
20 a 21 años 100 % 42042,77
22 a 23 años 110 % 44144,91
24 años 120 % 46247,05
25 a 27 años 130 % 48349,19
28 a 29 años 140 % 50451,33
30 a 31 años 150 % 52553,46
32 a 33 años 160 % 54655,60
34 o más años 170 % 56757,74

 

Los importes establecidos en el cuadro anterior se actualizan en el mismo porcentaje que el que en el futuro se incremente el valor índice y de manera automática.

ARTÍCULO 8°: FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE Y EL ADICIONAL POR CONECTIVIDAD NACIONAL (montos del que se hace cargo la provincia desde enero de 2024): Fijar, a partir de los haberes del mes de agosto 2024, el monto liquidado bajo la denominación estipulada (FONID Y CONECTIVIDAD SAN JUAN), en pesos veinticinco mil ($25.000) liquidados por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedras, según los mismos parámetros ya liquidado en meses anteriores. Siendo el mes de agosto el último mes en que se abonan estos conceptos.

ARTICULO 9: SE CREA EL CONCEPTO NUEVA CONECTIVIDAD SAN JUAN en pesos VEINTICINCO MIL ($25.000) liquidado por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedras a todo el escalafón docente.

ARTÍCULO 10°: SALARIO FAMILIAR. Se actualizan los valores de las asignaciones familiares, actualizándose los tramos; dejándose establecidos: A) Asignación Hijo: cuatro tramos de remuneraciones, que definen cuatro importes distintos para las asignaciones familiares, ello según los distintos ingresos, a mayor ingreso menor importe de Salario Familiar y viceversa, determinando así los nuevos tramos correspondientes a la asignación familiar por hijo

 

Tramo Desde Hasta Asignación
1 $ 0 $ 500000,00 28000
2 $ 500001,00 $ 750000 20000
3 $ 750001,00 $ 900000 12000
4 $ 900001,00 6000

 

  1. B) Hijo con Discapacidad:

 

Tramo Desde Hasta Asignación
1 $ 0 $ 500000,00 $ 84000
2 $ 500001,00 $ 750000 $ 72000
3 $ 750001,00 $ 900000 $ 46000

 

  1. C) Ayuda Escolar Anual: $24.000
  2. D) Ayuda Escolar Anual para hijo con discapacidad: $32.000.
  3. E) Nacimiento: $36.000.
  4. F) Adopción: $200.000.
  5. G) Matrimonio: $56.000.

Los presentes valores rigen desde el mes de agosto 2024 y al igual que los tramos se actualizarán trimestralmente.

ARTÍCULO 11; GARANTÍA DE LA PARITARIA DOCENTE NACIONAL: Establecer que el Gobierno de San Juan ratifica su total garantía de cumplimiento de lo que establezca la Paritaria Nacional Docente acordada y las a acordar en el futuro. Es decir, cualquier convenio que implique una mejora en las condiciones para los docentes en la paritaria nacional, dicha mejora será implementada en la Provincia de San Juan.

ARTÍCULO 12°: SALARIO DOCENTE PROVINCIAL NETO CARGO TESTIGO:

Establecer que, a partir del mes de Agosto de 2024, el Gobierno de la Provincia de San Juan, garantiza un Salario Docente Provincial Neto equivalente a pesos CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO ($453.548), valorizado por cargo y hasta dos cargos o su equivalente en horas cátedra, incluido en éste el Fondo de Incentivo Docente y el adicional por Conectividad San Juan (montos del que se hace cargo la provincia desde enero de 2024). A los fines de las horas cátedra, se considera la proporción de 12 horas cátedra para la educación superior y 15 horas cátedra para la educación secundaria.

De esta manera, finalizó la 3° Sesión de la Reunión paritaria entre el Gobierno de San Juan y los Gremios Docentes UDAP, UDA y AMET.