Reglamentación para acceder al Subsidio a la electricidad en Clubes de Barrio y de Pueblo en San Juan
El Gobierno Nacional ha establecido un nuevo procedimiento para que los Clubes de Barrio y de Pueblo, puedan acceder a los subsidios en las tarifas de los servicios de electricidad y gas por redes.
Nuevo Procedimiento vía TAD
Las solicitudes para obtener o mantener los subsidios energéticos deberán realizarse exclusivamente a través de la plataforma Nacional de Trámites a Distancia (TAD).
Doble Registro
Para acceder al subsidio, los clubes no solo deben estar inscriptos en el «Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo» a cargo de la Subsecretaría de Deportes de la Nación, sino que también deberán validar su condición e inscribirse en el «Registro de Beneficiarios – Clubes de Barrio Res. SE 992/21«, bajo la órbita de la Secretaría de Energía.
Reempadronamiento Obligatorio
Aquellas instituciones que actualmente reciben subsidios dispondrán de un plazo de 90 días para solicitar su revalidación a través del nuevo sistema TAD y así mantener el beneficio.
Requisitos para ser considerado Club de Barrio y de Pueblo
La normativa ratifica los requisitos establecidos en la Ley Nacional N° 27.098 para que una institución pueda ser considerada Club de Barrio y de Pueblo:
- Ser una asociación civil sin fines de lucro.
- Poseer personería jurídica vigente en Argentina.
- Tener una antigüedad mínima de tres años.
- Contar con una cantidad de entre 50 y 2.000 socios.
- Tener como objeto el desarrollo de actividades deportivas no profesionales y facilitar sus instalaciones para la educación no formal y el fomento cultural
Este E.P.R.E. como “Unidad Operativa de Implementación” coordina con la Secretaría de Deportes de la Provincia de San Juan los medios para comunicar a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, dependiente de la Secretaría de Energía de la Nación, el listado de las instituciones de San Juan cuya solicitud haya sido aprobada, instruyendo las empresas Distribuidoras de Electricidad Naturgy San Juan S.A. y D.E.C.S.A. para que apliquen la tarifa diferencial correspondiente a los clubes que figuren en el listado.
Directorio E.P.R.E.

