Periodos habilitados para la pescar en San Juan

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La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Gobierno de San Juan, por medio de la Subsecretaría de Conservación, reglamentó los periodos habilitados para pescar en San Juan.

La actividad está vedada desde el 1 de Julio al 14 de Septiembre de 2024, inclusive, para la pesca de

  • trucha arco iris,
  • trucha marrón,
  • trucha de arroyo o salmonada

El periodo de pesca con devolución obligatoria se extiende desde el 1 de Mayo al 30 de Junio, inclusive; y del 15 de Septiembre al 31 de Octubre. La posibilidad de extracción comienza el 1 de Noviembre de 2024 hasta el 30 de Abril de 2025, con sacrificio de hasta cinco ejemplares por pescador por día. No hay límites de tamaño.

En la resolución 337 que se publicó en el Boletín Oficial se establece que se mantiene la obligatoriedad de la devolución de especies nativas como trucha criolla, todas las especies de bagres, anguilas y cangrejos. La duración del día de pesca coincide con las horas de luz diurna, quedando estrictamente prohibida la pesca fuera de dicho horario.

En los cursos de agua habilitados para la pesca de salmónidos puede emplearse solamente una caña por pescador, la que únicamente puede contar con señuelos artificiales, con anzuelos con o sin rebaba, indistintamente la modalidad de pesca.

Está prohibido el uso de carnada natural viva o muerta, como así también todo tipo de carnada procedentes de especies autóctonas. Únicamente puede contar con un solo señuelo artificial con un anzuelo simple, doble o triple respetando las restricciones particulares previstas en cada área de manejo.

Reglamentación en Diques y Embalses

El periodo de extracción es desde el 1 de Diciembre hasta el 14 de Agosto, inclusive; mientras que la veda rige desde el 15 de Agosto al 30 de Noviembre, aunque en Los Cauquenes y Caracoles se mantiene durante todo el año.

En el Dique San Agustín se puede pescar hasta quince ejemplares de pejerrey y/o diez de sogyo por pescador por día. En el de Ullum son veinticinco ejemplares de pejerrey por pescador por día. En Punta Negra son diez ejemplares de pejerrey y hasta una trucha por pescador por día. En Cuesta del Viento se habilitó veinticinco pejerreyes por pescador diario.

Para la pesca en diques y embalses se pueden usar dos cañas por pescador con un máximo de dos anzuelos simple.

Se permite la pesca durante todo el año y sin límite de extracción de las siguientes especies: Carpas; Chanchitas; Dientudos; Viejas del Agua y todas las especies de Mojarras.

Con el fin de motivar el turismo en épocas de veda, se permite la pesca deportiva de pejerrey con máximo de extracción de tres ejemplares por pescador por día. Esto regirá solamente sábados, domingos y feriados.